¡La nueva Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos ya ha entrado en vigor!
Como ya hemos mencionado en alguna ocasión, la legislación española establece cinco
formas de adquirir la nacionalidad: por residencia, por carta de naturaleza, por ser español
de origen, por posesión de Estado, y por opción.
Pero además, con la entrada en vigor de la reciente Ley 20/2022 de Memoria
Democrática (la puedes encontrar aquí), se contemplan tres nuevos supuestos para obtener la nacionalidad
española.
¿Cómo puedo obtener la nacionalidad?
Estos son los 3 supuestos para obtener la nacionalidad según la Ley de Memoria Democrática
¿Puedes realmente beneficiarte de esta ley?
Depende. Deberás asegurarte de estar en uno de los siguientes tres supuestos contemplados para obtener una respuesta afirmativa.
En primer lugar, aquellos nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela,
fuese español de origen y tuviera que haber acudido al exilio o expatriación por
circunstancias de la Guerra Civil.
También se plantea la posibilidad para aquellos hijos que nacieron fuera de España con
madre española que tuvo que renunciar a su nacionalidad al casarse con un extranjero
antes del 29 de diciembre de 1978 (fecha de entrada en vigor de la Constitución
Española).
Y finalmente, para aquellos hijos mayores de edad de padres que adquirieron la
nacionalidad española por la antigua Ley de Memoria Histórica.
Aunque esta nueva legislación se conozca como “Ley de Nietos”, existe la posibilidad de
adquirir la nacionalidad española si eres bisnieto. Pero debes tener presente que esta Ley
es temporal y que, si quieres ser ciudadano español, deberás comenzar tus trámites para
adquirir la nacionalidad en un plazo máximo de dos años debido a que la vigencia de esta
legislación finaliza el 21 de octubre de 2024, salvo que se apruebe una prorroga de la
misma, que todavía no se contempla. No obstante, las tramitaciones de nacionalidad por
esta Ley están siendo resueltas, en líneas generales y dependiendo del país de origen o
residencia donde se tramite, en no más de dos meses.
¿Qué documentación es necesaria?
Los documentos que necesitas presentar deben cumplir dos objetivos principales:
- En primer lugar, prueba del parentesco del solicitante con sus ascendientes (antiguos ciudadanos españoles que perdieron la nacionalidad).
- Por otro lado, la prueba de que un ascendiente que fue español fue exiliado o perseguido (puede perder su ciudadanía)
¿Donde la puedo solicitar?
Una vez que haya preparado todos los documentos (podemos ayudarte a garantizar que todos los requisitos se cumplan correctamente), deberá presentarlos todos.
Puedes iniciar el trámite en España y en tu país de origen, por lo que no es necesario viajar a España para tramitar la ley de nietos. Por tanto, en ambos casos, presentarás todos los documentos en el registro civil de España o en el registro consular de tu país de origen.
Si el documento se presenta en el registro civil en España, siempre se enviará al registro civil de tu país de nacimiento para que coincida.
Si crees que puedes estar dentro de alguno de los supuestos mencionados, en Perea
Abogados contamos con profesionales expertos en materia de Extranjería que podrán
resolver y tramitar tu nacionalidad de manera eficaz y rápida.
Así que si te gustaría beneficiarte de esta ley, ponte en contacto con nuestros abogados y empieza con la solicitud hoy mismo:
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