Reforma del Código Procesal Penal sobre el administrador concursal

La administración concursal, tiene una serie de responsabilidades a fin de que el concurso cumpla con el reflotamiento de la unidad productiva.

Funciones del Administrador Concursal:

  • Realizar, hasta la aprobación judicial del convenio o la apertura de la liquidación, los actos de disposición para garantizar la viabilidad de la empresa o las necesidades de tesorería que exija la continuidad del concurso.
  • Efectuar los actos de disposición que no sean necesarios para la continuidad de la actividad.
  • Solicitar al juez del concurso la revocación del nombramiento del auditor de cuentas
  • Autorizar o confirmar los actos de administración y disposición del órgano de administración.

Pero, ¿quién es el administrador del concurso?

El administrador de concurso es la persona encargada de reflotar la empresa, así como, satisfacer las obligaciones pendientes.

Previo a la reforma del Código Penal de 2015, cuando un administrador de concurso incurría en ciertas conductas las mismas eran tachadas de “negligentes o culposas”.

Desde la reforma del Código Penal, se castiga a la persona jurídica por delitos económicos lo que hoy día es materia de compliance penal.

¿Qué conductas son consideradas como incursión en delito por parte del administrador?

  • Favorecer de manera desleal los intereses de un deudor por encima de otro.
  • La imprudencia en la toma de decisiones

La incursión en alguna de estas conductas punibles puede conllevar a la privación de libertad.

Es deber del administrador ejercer sus funciones de la manera más ética posible, respetando el orden de prelación de los acreedores.

El ejercicio de la función de administrador de concurso es una tarea bastante ardua.

La ley establece que deben ser personas conocedoras de las leyes exigiendo que sean:

  • Abogados con 5 años de experiencia en derecho concursal
  • Economistas, con 5 años de experiencia.
  • Auditores de cuentas, con 5 años de experiencia.

Además, en aras de evitar el conflicto de intereses entre acreedores y miembros de la junta directiva el administrador concursal se obliga a:

  • Extinguir o suspender los contratos del concursado con el personal de alta dirección.
  • Solicitar que el pago de las indemnizaciones derivadas de los contratos de alta dirección, se aplace hasta que sea firme la sentencia.

Esperamos haberte ayudado. Si quieres declarar el concurso de tu empresa, ponte en contacto con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre quiebras, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte informado!

Leer más...

ETIAS: sistema Europeo de Información y autorización de viajes

El Sistema Europeo de información y autorización de viajes, ETIAS por sus siglas en Ingles, (European Travel Information autorization system), es un nuevo sistema de autorización de viajes hacia La Unión Europea y la zona Schengen. El sistema de visa Weiber, permitirá a los viajeros de la lista de países seleccionados, una estancia corta de 90 días, bien sea por razones médicas, turísticas o de negocios.

La ETIAS, nace como una protección de la UE hacía sus fronteras, y a fines de prever cualquier ataque terrorista dentro de los estados de la Unión, por lo que los interesados en viajar a la zona de la Schengen, deberán completar un formulario en línea con su información personal, el cual posteriormente, será corroborado en una base de datos, a fin de que sea evaluado cada perfil antes de su ingreso a la comunidad.

A razón de la ETIAS, nacionales de 60 países, incluidos países que anteriormente no requerían visado para entrar a la UE, deberán realizar la solicitud previa al viaje.

Dicho requisito comenzará a regir, a finales de 2022.

Para obtener un ETIAS aprobado, los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Los Mayores de edad deberán pagar la tarifa de exención de visa de 7 Euros,  con una tarjeta de crédito o débito
  • Poseer una dirección de correo electrónico válida.

Una vez que se otorga el ETIAS, la autorización de viaje aprobada se enviará a los titulares en formato PDF vía correo electrónico al e-mail proporcionado.

La autorización de viaje ETIAS permitirá a los viajeros de países elegibles, múltiples entradas de corta estancia a los países enumerados anteriormente durante un periodo de 3 años a partir de la fecha de aprobación. En caso de que el pasaporte del solicitante expire antes de que finalice el período de validez de ETIAS, la autorización de viaje se anulará automáticamente tan pronto como el pasaporte supere su fecha de vencimiento

A continuación, te presentamos los requisitos que deben acompañar la solicitud:

  • Nombre completo, tal y como aparece en las primeras páginas de su pasaporte
  • Información del pasaporte como país y fecha de emisión, fecha de vencimiento y número de pasaporte
  • Planes de viaje, como el país de entrada previsto y la fecha de llegada, así como la fecha de salida

Los ciudadanos  que completen el formulario de solicitud deberán tener adjuntar

  • Un pasaporte biométrico en rigor, legible por máquina; excepto para los nacionales Venezolanos, los cuales por razones humanitarias se les permite entrar con pasaporte vencido a España.
  • Una dirección de correo electrónico actual, en la que puedan recibir la exención de su visa de forma segura en formato digital.
  • Una tarjeta de débito o crédito para cubrir la tasa de ETIAS

La aplicación a la solicitud, es simple y se prevé no demore más de 15 minutos, evita traslados a cualquier consulado, ya que el formulario se completa en línea desde un ordenador o un móvil.

Es importante destacar que en caso de que el solicitante que requiera ingresar a la Schengen por razones que no sean turismo, razones médicas, deberá, solicitar la visa Schengen.

“Antes del embarque, los transportistas aéreos y marítimos tendrán la obligación de verificar que los nacionales de terceros países sujetos a una autorización estén en posesión de una autorización de viaje válida», U.E.

Todas las solicitudes de ETIAS, serán sometidos a un procedimiento de preselección antes de que se les otorgue la autorización electrónica para viajar a Europa. Este registro y verificación se realiza con el propósito de mantener alejado cualquier ataque terrorista dentro de la unión y verificar los perfiles de los ciudadanos que ingresan en razón de la crisis migratoria, en razón de todo ello el 5 de agosto en España se promulgó el REAL DECRETO 734/2020, de 04 de Agostopor el que se desarrolla La estructura orgánica modifica la estructura orgánica del Ministerio de interior, en la cual se crea la Policía Marítima y de fronteras

Una vez aprobada la autorización Waiber de un ciudadano, esta seguirá siendo válida por un plazo de 3 años consecutivos o hasta que expire el pasaporte del ciudadano asociado al ETIAS, lo que ocurra primero.

Esperamos haberte ayudado. Si tienes cualquier duda o problema con tu tu visado, ponte en contacto con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre permisos de residencia y visados, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte informado!

Leer más...

Comprar unidad productiva en concurso

¿Cómo comprar una unidad productiva en concurso?

En el concurso de acreedores, una empresa que se ve en incapacidad de cumplir con sus obligaciones solicita el concurso.

Normalmente, las empresas entran en incapacidad de pago es porque acuden muy tarde ante el juez.

Una vez que se declara el concurso, estas empresas son una buena oportunidad para emprendedores que desean invertir en ellas.

Pasos a seguir para la compraventa de una unidad productiva, en concurso de acreedores:

  • Realizar una auditoria para verificar el estado real de la empresa.
  • Enviar una oferta bien fundamentada.
  • Liquidación anticipada, en este caso es necesario un consenso previo entre el deudor y el comprador.
  • Adjudicación a ofertas durante el proceso concursal

Con la Adjudicación del juez, que es equivalente y se equipara  a la escritura notarial de compraventa, se produce la cesión de los activos y pasivos al nuevo propietario.

La compraventa puede cerrarse en cualquier fase del proceso concursal.

Al inicio del procedimiento, es necesaria la autorización del juez para poder abordar una operación de compraventa.

En la fase de convenio, la empresa puede abordar un convenio de asunción, siempre que se cumplan con los compromisos y plazos de pago.

Y en la fase de liquidación, siempre que el Juez esté conforme con el plan de liquidación presentado.

Existen infinidad de casos de empresarios que han arrancado actividades en empresas concursadas y han logrado la creación y apalancamiento de empresas sólidas.

Para que la compra de empresas en concurso resulte satisfactoria y exitosa es necesario contar con asesoría de expertos que puedan realizar el avalúo de la situación real en el mercado de la empresa, gestiones planes de expansión y crecimiento, planes de crecimiento y beneficios para los empleados a  los fines de crear vínculos de sentido corporativo entre el nuevo patrono –nueva administración-  y la masa laboral.

La ley Concursal, ofrece ventajas fiscales al comprador con el fin de fomentar la enajenación de unidades productivas de negocio “UP”.

La responsabilidad por las deudas tributarias derivadas de la empresa no se trasladan al comprador cuando tiene lugar un concurso.

Esperamos haberte ayudado. Si eres inversor en quiebras, ponte en contacto con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre concursos y deudas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte informado!

Leer más...

¿Cómo homologo mi título para trabajar en España?

La homologación otorga al título extranjero, desde la fecha en que sea concedida y se expida la correspondiente credencial, los mismos efectos del título español al que se homologa en todo el territorio nacional.

¿Qué títulos deben ser homologados?

Según el RD 967/2014, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

“Para la determinación de la equivalencia del título extranjero a titulación, se ha considerado importante contar con un sistema de referencias que cumpla en la medida de lo posible los siguientes requisitos:

  • ser compatible con la normativa española y al mismo tiempo, reconocido y compartido internacionalmente
  • adaptarse a los diversos contextos de educación superior
  • dar lugar a una adscripción clara y objetiva por parte de la titulación de origen al ámbito disciplinar de pertenencia”

La homologación de un título extranjero conllevará la posibilidad del ejercicio de la profesión regulada de que se trate en las mismas condiciones de los poseedores de los títulos españoles que habiliten para tal ejercicio.

“Ni la homologación, ni la equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial, ni la convalidación, presuponen en ningún caso la posesión de cualquier otro título ni nivel académico del Sistema Educativo Español”.

Los Requisitos que debe cumplir el titulo para ser homologado en España, son:

  • Haber sido expedidos por una autoridad competente del país de origen
  • Acreditar que cumple los requisitos de nivel de estudios exigidos en España para el acceso a la formación de Grado o Máster
  • Acreditar un nivel académico equivalente a la de los títulos de Grado o Máster;
  • Acreditar que se han obtenido las competencias formativas propias del título al que se solicita la homologación.

Las solicitud debe realizarla el interesado o su representante al Ministerio de Universidades y dicha solicitud también podría presentarse por vía electrónica en el Registro Electrónico.

¿Qué documentos deben acreditarse para acompañar la solicitud?

  • Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería.
  • Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
  • Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
  • Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada.

Adicionalmente, el Ministerio podrá solicitar requisitos adicionales, inherentes a la profesión qué se trate.

¿Dónde debe realizarse la presentación de la solicitud?

Puede presentar la solicitud en cualquier Registro Público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunos de las Administraciones Locales.

Una vez que sea verificado el cumplimiento de los extremos de ley, la Subdirección General de Títulos del Ministerio de Universidades dictará la resolución de homologación de títulos extranjeros de educación superior, si procede, por medio de una credencial, para que el solicitante pueda ejercer la profesión regulada.

Esperamos haberte ayudado. Si necesitas homologar tu título universitario extranjero, escríbenos.

Para cualquier consulta adicional sobre homologaciones, convalidaciones o equivalencias, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte informado!

Mediación concursal y Pago extrajudicial

El legislador plantea la posibilidad de darle trato especial a los emprendedores, introduciendo el “acuerdo extrajudicial de pagos”.

La mediación es un método alternativo al proceso, cuya finalidad es fungir como una figura extra para la resolución de conflictos, evitando la vía judicial.

Cuando colocamos ambas figuras en un mismo escenario,  nos encontramos que el acuerdo extrajudicial de pagos no es más, que el reconocimiento que hace el deudor, al juez de que se está perfeccionando un punto medio de acuerdo con su acreedor.

Para ello las partes solicitantes, deberán asistir previamente, bien sea ante el registrador mercantil o un notario para proceder con la designación del mediador concursal.

El funcionario a cargo de realizar la designación deberá emitir un oficio al juez competente de la declaración del concurso.

A tales efectos, el secretario judicial procederá a dejar constancia de la comunicación presentada por el deudor, por el notario o por el registrador mercantil.

El juzgado otorgará al deudor un plazo de tres meses, en los cuales se compromete a comunicarle al juzgado el resultado de sus negociaciones.

Podrían presentarse tres supuestos:

1.-  El alcance o no de un acuerdo de refinanciación,

2.- Que se produzca efectivamente acuerdo extrajudicial de pagos;

3.- Las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de una propuesta anticipada de convenio, y en cuyo caso deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes hábil siguiente.

La solicitud se podrá realizar siempre que su pasivo no supere los cinco millones de euros, y lo demuestre aportando el correspondiente balance.

La ley contempla la posibilidad de que también puedan acogerse a este procedimiento “personas jurídicas, sean o no sociedades de capital, además de autónomos.

“El acuerdo deberá ser  informado favorablemente por un experto independiente, designado por el registrador mercantil del domicilio del deudor. Si el acuerdo de refinanciación afectara a varias sociedades del mismo grupo, el informe podrá ser único y elaborado por un solo experto, designado por el registrador del domicilio de la sociedad dominante, si estuviera afectada por el acuerdo o en su defecto por el del domicilio de cualquiera de las sociedades del grupo. “

El informe del experto deberá contener:

  • un juicio técnico sobre la suficiencia de la información proporcionada por el deudor,
  • sobre el carácter razonable y realizable del plan en las condiciones definidas en el párrafo primero y
  • sobre la proporcionalidad de las garantías conforme a condiciones normales de mercado en el momento de la firma del acuerdo.

La norma es muy clara al no permitir acogerse a estos actos a:

  • El emprendedor que haya sido condenado en sentencia firme por delito contra el patrimonio, el orden socioeconómico;
  • El obligado a inscribirse en el Registro Mercantil que no lo haya hecho ,previo a la solicitud del acuerdo;
  • Tampoco lo podrán solicitar quienes, en los últimos tres años, hayan llegado a un acuerdo extrajudicial con sus acreedores, o hayan obtenido la homologación judicial de un acuerdo de refinanciación o hayan sido declaradas en concurso de acreedores.

Esperamos haberte ayudado. Si quieres declarar el concurso de tu empresa, ponte en contacto con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre quiebras y concursos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte informado!

Leer más...

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

Consulte la política de privacidad y nuestro aviso legal

ACEPTAR
Aviso de cookies
¿Hablamos?