El gobierno de España ha impedido la tramitación de las propuestas a favor de la nacionalidad de los descendientes de emigrantes españoles

El actual gobierno, lidereado por Pedro Sánchez, del partido socialista, ha denegado e impedido que se tramiten las enmiendas que se han presentado por parte del PP y Esquerra Republicana de Catalunya, respecto a la Ley de modificación del Registro Civil.

Lo que pretendían estas enmiendas era poder ampliar el acceso a la nacionalidad española por opción y poder dar la solución a aquellos casos que no se tuvieron en cuenta con la Ley de Memoria Histórica de 2007.

Esto viene a significar, en pocas palabras, que el PSOE, tiene como objetivo excluir a los nietos de emigrantes españoles, del grupo de personas que pueden optar por la nacionalidad.

Esta decisión ha causado bastante controversia, sobre todo ha sido criticada por el Centro de Descendientes Españoles en el Extranjero.

¿Cuál ha sido el motivo por el que no han sido aprobadas?

Muy fácil, el motivo principal ha sido el “dinero”, ya que el Ejecutivo ha declarado, que el hecho de aprobar estas enmiendas supondría un aumento de presupuesto tasado en 2 millones de euros, alegando que se tendrían que ampliar las dotaciones humanas y materiales de cada consulado, además de otros gastos de gestión.

Debido a que el Gobierno actual de España, se ha manifestado en contra de su tramitación, estas van a ser rechazadas sin tan si quiera haber sido votadas, ya que, si eran aprobadas, se podrían haber votado el pasado 16 de marzo.

El gobierno ha basado sus cálculos, en el proceso de solicitud de la nacionalidad española, que fue iniciado a partir de La Ley de Memoria Histórica, y que, según Asuntos Exteriores, supuso que se tramitaran mas de 400.000 solicitudes en todo el mundo.

Esto ha provocado, que el Partido Popular se manifieste enfadado y completamente en desacuerdo con esta decisión tomada, ya que deja desamparados a muchos descendientes de españoles, que se han visto afectados por la Ley de Memoria Histórica.

Además, Ana Belén Vázquez, responsable de Emigración y diputada por Ourense, se ha manifestado declarando literalmente que “es vergonzoso que el derecho de un español se mire en euros”.

Esperamos haberte ayudado.

Para cualquier consulta adicional sobre nacionalidad o permiso de residencia, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Consejos para dimitir en tu trabajo

En nuestro post anterior acerca del reajuste que está sufriendo el corte inglés os ofrecimos una serie de consejos para dimitir a todos aquellos que estáis pasando por esta situación:

1.- ASESÓRATE

Es muy aconsejable contar con un abogado experto en la materia, para asegurarnos de que todo lo que negociamos con la empresa a la hora de salida se ajuste correctamente con lo establecido en la ley.

A veces nos confiamos de los consejos o la información que leemos en internet, pero siempre es muy importante preguntar a profesionales.

Son ellos los que están en contacto directo con este tipo de conflictos y sobre todo, los que mejor os pueden asesorar legalmente.

2.- MANTENTE CALMADO Y CENTRADO EN LOS OBJETIVOS QUE DESEAS ALCANZAR

A la hora de entablar la negociación con la empresa, se debe mantener una postura profesional, evitando dejarse llevar por las emociones o la frustración.

Ésto nos permitirá negociar mejores condiciones y si no te ves con la capacidad suficiente para aguantar la negociación tú solo, puedes dejarlo en manos de tus abogados.

Mantén tu postura firme para poder fijar con la empresa la compensación que consideres justa basándote en el previo análisis de tu trayectoria a lo largo del tiempo que has pasado prestando tus servicios allí. Este debe ser el punto de partida en la negociación.

No te olvides de incluir tus derechos laborales respectivos, por ejemplo, la retribución de tus vacaciones u horas extras no compensadas.

¡CUIDADO! A la empresa le interesa que sea un acuerdo rápido y sin conflicto, por lo que si la indemnización que pretendes es desproporcionada, no facilitaras la conciliación.

3.- NO TE CENTRES SOLO EN LA REMUNERACIÓN ECONÓMICA:

Debes tener en cuenta otros aspectos.

Pueden interesarte temas como, por ejemplo:

  • que la empresa siga asumiendo tu seguro de salud durante un tiempo
  • que te financien un programa de recolocación laboral, que te ayudara a conseguir trabajo más rápido, si es lo que buscas.

Más opciones como estas se pueden poner sobre la mesa, el «NO» inicial ya lo tenemos.

Por último, si la negociación es exitosa, no olvides, en caso de que lo necesites, pedir cartas de recomendación y despedirte de la mejor manera posible, ya que, si necesitas encontrar un nuevo empleo, los antecedentes favorables siempre serán un plus para tu currículum.

Esperamos haberte ayudado. Si necesitas asesoría laboral o un abogado laboralista, escríbenos.

Para cualquier consulta adicional sobre despidos, reclamaciones o prestaciones, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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La rectificación de sexo con la nueva Ley Trans

La ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans, elaborada por el Ministerio de Igualdad, encabezado por Irene Montero, establece que a partir de los 16 años cualquier persona podrá solicitar la “rectificación registral” de la mención relativa al sexo con “una declaración expresa” de la persona interesada. Se elimina cualquier requisito médico o psicológico, como establecía la normativa anterior.

En el texto, «se considera perjudicial para desarrollo social del menor, no respetar su identidad de género en lo que concierne al entorno familiar, por lo que en el caso de los menores de 16 años que no cuenten con el apoyo de sus progenitores, se procederá al nombramiento de un defensor judicial”.

Con respecto al cambio del sexo en el DNI, se podrá hacer sin tener que cambiar el nombre.

En cuanto al ámbito deportivo:

Con respecto al aérea de deportes, establece que las personas trans podrán participar en actividades deportivas en función del sexo que tenga registrado, y en caso de los menores será de acuerdo con su identidad de género.

Es decir, por ejemplo, si eres una persona trans, y tu sexo registrado es el femenino, podrías participar en cualquier deporte realizado por mujeres, sin ningún tipo de discriminación por parte del colectivo.

En cuanto al ámbito educativo:

En relación con la educación, podrán elegir la indumentaria que ellos prefieran, para expresar su identidad.

Se garantizará el derecho de los alumnos a expresar su identidad de género, la elección de la indumentaria y el acceso a las instalaciones conforme a la identidad elegida, aunque no haya cambio en el DNI. 

Los centros educativos adoptarán un procedimiento para que la persona interesada pueda comunicar el sexo y el nombre con los que debe ser tratada.

En cuanto al ámbito laboral:

Las empresas que contraten a personas trans, en una situación de vulnerabilidad, serán bonificadas.

En cuanto al ámbito de extranjería:

Por último, respecto a los extranjeros que tienen TIE y viven en España, podrán gozar en este sentido de los mismos derechos que los nacionales con respecto a este borrador de ley. Eso sí, cualquier cambio de nombre no tendrá efectos sobre ninguna causa judicial que estuviese abierta.

El Gobierno ha querido dejar claro que el borrador de la Ley Trans elaborado por el Ministerio de Igualdad es la propuesta de este departamento, pero no la del Ejecutivo. Según fuentes gubernamentales, el texto solo recoge de momento los postulados de Unidas Podemos y todavía debe concluir su trámite y ser estudiado por el resto de Ministerios que tienen competencias en materias afectadas.

¿Y tú que opinas de esta ley?

Para cualquier consulta adicional sobre rectificación de sexo registral o derechos lgtbiq+, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta ajena

Esta modificación deberá gestionarla el extranjero siempre qué, su supuesto sea alguno de los que mencionaremos a continuación:

  • Descendientes que hayan cesado su condición de dependencia
  • Descendientes del excónyuge o la ex pareja del ciudadano de la Unión.
  • Excónyuges o exparejas que no pueden mantener a título personal el derecho de residencia en el régimen de ciudadano de la Unión, por no poder acreditar:
  • Que el matrimonio o la situación de pareja registrada ha durado al menos tres años.

Tener otorgada la custodia de los hijos del ciudadano de la Unión.

Haber sido víctima de violencia doméstica.

Haber sido sometido a trata de seres humanos por su cónyuge o pareja.

Acreditar la existencia de resolución judicial o mutuo acuerdo sobre el derecho de visita al hijo menor que reside en España.

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar esta modificación?

  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

Además de los requisitos puntuales asociados al trámite, que se determinarán haciendo un estudio personalizado de cada caso, recuerda que si deseas que estudiemos tu caso tienes a tu disposición nuestro formulario de contacto, los números del despacho y todas nuestras redes sociales activas para ti en todo momento.

Los ‘influencers’ y sus derechos de imagen

Es innegable que las nuevas tecnologías han venido para quedarse abriéndose camino en todas las áreas de la vida cotidiana, incluida la publicidad, que con el paso de los años se ha venido diversificando y hoy es la primera en apostar por las redes sociales.

Y esto no ha pasado desapercibido por las empresas, que buscan estar en constante conexión con sus clientes, recurriendo a «influencers» como un medio de comunicación más cercana, inmediata y directa.

¿Cómo pueden proteger su imagen para que ningún tercero utilice la misma sin su consentimiento?

A la hora de iniciar la relación se debe suscribir un contrato de cesión de derechos de imagen, y hay que tener en cuenta que esta relación contractual puede dar lugar a intromisiones o incumplimientos.

Las clausulas que hay que tener presentes en el contrato, son:

  • La cesión de derechos de imagen debe estar sujeta a un periodo de tiempo determinado.
  • Que sea exclusiva, o dejar detallado a quien se puede transmitir esos derechos.
  • Marcar el alcance territorial de la cesión y los canales de difusión de la imagen.
  • Los usos de imagen que se autorizan.
  • Autorizar o no a hacer montajes o alterar la imagen captada

Siempre e independientemente a que la persona sea mayor o menor de edad, se deberá informar previamente y solicitar autorización expresa, especialmente si se va a realizar un uso promocional de la misma.

Y recuerda:

El consentimiento a prestar tu imagen siempre ha de ser expreso. Si no es así, podrás ejercitar las acciones legales por la vulneración de tus derechos.

Además, si la marca realiza cambios de última hora, usando la imagen del ‘influencer’ sin contar con el beneplácito de este, también se entenderá como una violación de sus derechos.

Esperamos haberte ayudado. Si eres creador de contenido o te dedicas al mundo de la imagen y necesitas asesoramiento, ponte en contacto con nosotros.

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