El Ayuntamiento de Madrid contra los Airbnb

La medida podría contener el precio del alquiler residencial si aumenta la oferta para este fin, no obstante las demandas se van a suceder de quienes tienen negocios relacionados con el alquiler vacacional. Es un claro ejemplo de la defensa de intereses mercantiles de una sociedad.

El plan del Ayuntamiento de Madrid para frenar la conversión de las viviendas en alojamientos turísticos ha salido adelante en el Pleno de Cibeles con el apoyo de Ahora Madrid y PSOE y el rechazo de PP y Cs. Supone, entre otras medidas, que todos los alojamientos turísticos, incluidas las viviendas de uso turístico, tendrán que tener acceso independiente y licencia.

Este plan especial para la regulación de uso terciario en su clase de hospedaje busca «preservar el uso residencial del centro urbano, frenando la conversión de viviendas del centro en alojamientos temporales turísticos y, en segundo lugar, buscar que la actividad del hospedaje se extienda a otras zonas de la ciudad redistribuyendo la actividad económica, a la vez que descargando la concentración del centro histórico», ha defendido el delegado de Desarrollo Urbano Sostenible, José Manuel Calvo.

El edil ha dado cuenta de las 598 enmiendas presentadas, 41 de ellas estimadas parcialmente, y ha destacado que el plan cuenta con el correspondiente informe ambiental de la Comunidad y con el de la consejería de Turismo.

A partir de ahora, cualquier casa que se alquile con fines vacacionales durante más de 90 días al año debe ser considerada como un establecimiento dedicado al hospedaje. Es decir, un local que efectúa una actividad comercial y que, por lo tanto, debe tener una licencia de uso terciario para poder abrir sus puertas.

Actualmente basta con que las viviendas estén inscritas en un registro habilitado por la Comunidad de Madrid, pero ahora tendrán que ir un paso más allá. El problema estará en que no será tan fácil conseguir esas licencias. Según se desprende de los propósitos del Ayuntamiento, la concesión de los permisos dependerá de cuatro factores: la zona de ubicación, el nivel de usos admitido, el nivel de protección del edificio y, por último, el uso implantado en él. 

Anillos

El plan se desarrolla sobre un ámbito que afecta a una superficie de 52,7 millones de euros distribuido en tres zonas o anillos concéntricos establecidos en función de la saturación de alojamientos turísticosque soportan cada uno de los barrios madrileños.

El primer anillo coincide con los límites del distrito de Centro. El segundo lo forman los barrios del resto del centro histórico, comprende el distrito de Chamberí completo y parte de los distritos de Chamartín, Salamanca, Retiro, Arganzuela y Moncloa-Aravaca. El tercero se corresponde con los barrios de la almendra Central, a los que se suman otros de los distritos de Usera, Carabanchel y Latina.

El cálculo que maneja el Consistorio es que en torno al 95 por ciento de las viviendas de uso turístico, inscritas en el registro de la Comunidad, podían verse afectadas por la normativa del plan, con vocación de «limitar y restringir la implantación de vivienda de uso turístico por los problemas que genera de convivencia e incompatibilidad de actividad terciaria con residencial». En este momento hay establecimientos de hospedaje con su correspondiente licencia y sólo les afectaría el plan en el momento de reformar esa licencia o cuando acometiera una obra estructural.

Eliminada la implantación directa

Para la sustitución del uso residencial por uso de hospedaje en edificios completos para implantar un hotel u otro establecimiento similar, el nuevo plan prácticamente elimina la posibilidad de implantación directa. Es necesario contar con un plan especial que estudie el impacto en el entorno y que deberá ser aprobado previamente por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid y posteriormente por el Pleno municipal.

En caso de que el edificio en el que se pretende implantar este tipo de establecimiento ya posea un uso terciario, el Plan General vigente permite la implantación mediante licencia directa en casi cualquier edificio, excepto en los edificios protegidos, que requerirán la aprobación de un plan especial. Cuando el hotel pretenda implantarse en un edificio protegido de uso residencial, el plan especial deberá acreditar que no es viable rehabilitarlo para el uso residencial.

Acceso independiente

La principal novedad para los nuevos alojamientos turísticos que compartan edificio con otras viviendas de uso residencial es la exigencia de que cuenten con un acceso independiente. El plan no diferencia las exigencias para la implantación de las viviendas de uso turístico de otras formas del uso de hospedaje (pensiones, etc.) cuando se realicen en parte de un edificio residencial.

En los edificios de uso residencial en los anillos 1 y 2 en los que se desee solicitar una licencia de uso de hospedaje para una parte del mismo, el nuevo plan exige la existencia de un acceso independiente a los alojamientos turísticos. No podrán utilizar puertas de entrada, portales o ascensores comunes a las viviendas. En el anillo 3, esa exigencia de acceso independiente se mantiene cuando el uso de hospedaje pretenda implantarse en situaciones donde no estén permitidos otros usos terciarios.

«Habrá demandas» por parte de los propietarios

Mientras tanto, los propietarios de viviendas turísticas han aseverado que continuarán con su actividad pese al plan del Ayuntamiento de Madrid para frenar la conversión de las viviendas en alojamientos turísticos a la vez que han anunciado que habrá demandas tanto individuales como colectivas contra la medida, pues están seguros de que la ley los «amparará».

«Nosotros vamos a seguir funcionando porque estamos convencidos de que la ley nos ampara y nos amparará. El problema es que lleguemos a juicio, serán cientos de demandas, es lastimoso porque por una parte es dinero público y por el otro privado», ha expresado ante los medios de comunicación Manuel, miembro de Madrid Aloja, a las puertas de Cibeles.

Para los propietarios de este tipo de viviendas, el plan de hospedaje es «un plan de prohibición que se enmascara en una regulación». «Solamente hay que ver cuáles son las características que se exigen, entradas independientes, ascensor… es una prohibición pese a que los políticos querrán hablar de regulación», ha precisado.

En este punto ha señalado que para acceder a las pensiones, los huéspedes «entran por la misma puerta» que los vecinos del edificio. Lo mismo sucede, ha indicado, con las viviendas en las que desarrollan su actividad profesionales como abogados o dentistas.

Si tienes un alquiler turístico, consúltanos cómo afecta el plan a tus intereses.

Esperamos haberte ayudado.

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Los 5 perfiles de personas que necesitan un abogado

¿Quién necesita un abogado? Todos necesitamos a un abogado alguna vez en la vida. Pero hay perfiles de personas que por su condición o tipo de trabajo lo necesitan con más frecuencia. Hablamos de los emprendedores, los autónomos, los empresarios, los personajes públicos y también de personas físicas que, por su condición de trabajadores o propietarios, también necesitan el asesoramiento de un abogado.

Empezamos el año y con él los nuevos propósitos, uno de ellos debería ser el de contar con un buen asesoramiento legal,  tanto mercantil, fiscal como laboral. Es cierto que la mayoría de nosotros acudimos a un abogado de forma puntual pero hay ciertos tipos de personas que necesitan el asesoramiento de un abogado de forma constante. Hacemos un repaso por algunos de esos perfiles:

  1. Los emprendedores: Una figura que está en auge debido a la imparable tendencia hacia un modelo de trabajador freelance o independiente que pone en marcha su propio proyecto empresarial, que emprende. Los emprendedores necesitan un apoyo legal especializado, sobre todo a la hora de proteger su patrimonio. En este artículo hablamos sobre cómo proteger tu patrimonio.
  2. Los autónomos: Los trabajadores por cuenta propia, una figura a caballo entre los trabajadores asalariados y los empresarios tienen una situación particular y se rigen por unas leyes propias, las del trabajo autónomo. Si eres autónomo y quieres conocer cómo te afectarán las medidas aprobadas por la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, aquí te lo contamos.
  3. Los empresarios (de pequeñas, pymes y o grandes empresas): Emprendedores o autónomos que han creado una estructura empresarial en la que desarrollan su actividad. Son numersosas las situaciones en las que necesitan los servicios de asesoramiento tanto laboral como jurídico, como por ejemplo a la hora de realizar un nuevo contrato laboral o cuando se ha de realizar un despido. En este artículo te contamos las 3 razones por las que contar con un abogado laboralista.
  4. Los personajes públicos (entidades deportivas, deportistas, artistas…): En esta categoría englobamos tanto a deportistas profesionales como artistas de diferentes ámbitos, personas que necesitan por su condición una protección especial de su patrimonio y de sus cuentas mediante la optimización de sus contratos y su planificación fiscal. Además de una gestión de sus derechos de imagen, sistemas de patrocinio y obtención de licencias. Por ello acuden a abogados especializados en derecho del deporte profesional, como en Perea Abogados.
  5. Las personas físicas: Si bien es cierto que este tipo de perfil necesita en menor grado a un abogado, hay situaciones como es el caso de la contratación de las hipotecas multidivisa que es fundamental. Si este es tu caso, en este artículo te contamos los 10 pasos a seguir para reclamar la nulidad de tu hipoteca multidivisa.

¿Cómo escoger a un buen abogado?

Una vez tenemos claros los perfiles que necesitan un mayor asesoramiento legal, si estamos dentro de uno de ellos es la hora de escoger a un abogado que garantice nuestros intereses de una forma sencilla. En este artículo presentamos un breve decálogo con los consejos imprescindibles para conseguir que la elección de un abogado sea lo más acertada posible.

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