¿Quieres comprar una plaza de equipo de Segunda División B? Esto es lo que debes saber

Existe un reglamento mediante el cual los equipos de tercera división que, luego de finalizada la fase de ascenso, no hayan logrado los méritos necesarios para subir de categoría, podrán comprar una plaza en la Segunda División B. Para ello tendrán que contar con los recursos suficientes que le permitan pagar la deuda del club que esté bajando a nivel administrativo. Previamente a ello, la RFEF-AFE llegará a un consenso acerca de la deuda.

Si bien la posibilidad de subir a Segunda División B se encuentra teñida de controversia por permitirles a los equipos que se abstienen de cumplir en el ámbito deportivo posicionarse a un nivel cuyos rivales consideran que no merecen, la Federación Española se basa en un conjunto de criterios para hacer esto posible.

Los criterios de la Federación Española para permitir la compra de una plaza en Segunda División B

  1. Derecho de ascenso: tendrá derecho de ascender aquellos equipos pertenecientes a Tercera División que paguen el importe estipulado por la RFEF. Dicha cantidad será la cantidad que estipule como deuda la RFEF-AFE más otras posibles cantidades cuyos acreedores son los técnicos. El total se dividirá entre el total de equipos que se hayan visto obligados a descender por concepto de impago.
  • Circular: la RFEF lanzará una circular para que los clubes que tengan interés en adquirir la plaza puedan hacerlo durante los tres días posteriores a la fijación del importe que debe pagarse por cada vacante.
  • Derecho de ocupación de vacantes: la RFEF se reserva el derecho de decidir cómo se ocuparán las vacantes disponibles. Para ello se guía por el siguiente criterio:
  1. Equipo de Segunda División B que haya resulta descendido y que pertenezca a la misma Federación autonómica a la que se encuentre adscrito el equipo que ha descendido por impago
    1. Equipo perteneciente a la Tercera División que sea de la misma Federación autonómica al equipo que ha descendido por concepto de impago
    1. Todo el resto de los equipos pertenecientes a la Tercera División
    1.  Todo el resto de los equipos que haya descendido de Segunda División B
  • Criterios aplicables de forma excluyente: todos los criterios mencionados hasta el momento se aplican de forma excluyente. Es pertinente aclarar que si la vacante queda cubierta mediante la aplicación de un apartado, no se aplicarán los criterios que siguen.
  • Equipos con mejor derecho deportivo: los equipos con mejor derecho deportivo gozarán de un mejor derecho en el contexto de un mismo apartado. La excepción la marca el siguiente punto.
  • Concurso de acreedores: dentro de aquellos clubes que se encuentren en situación de concurso de acreedores tendrán más derecho los que cuenten con un convenio que haya sido aprobado a nivel judicial. Sin embargo, cualquiera de ellos perderá su mejor derecho deportivo frente a los que no estén dentro del concurso de acreedores.
  • Medio de pago: la única forma de pago posible para tener acceso a la plaza es mediante depósito del importe establecido en la cuenta bancaria, modalidad cuenta corriente, que estipule la RFEF. El pago deberá realizarse dentro de las siguientes veinticuatro horas que la RFEF establezca y en el orden fijado por la mencionada institución para acceder a las plazas.
  • Incumplimiento: el no pago del importe en el tiempo establecido es tomado como una renuncia al derecho de adquirir la plaza. Por lo tanto, se le cederá al solicitante que haya quedado en el siguiente puesto cuando solicitó la plaza.

Si no hay equipos con la solvencia suficiente como para poder hacerse cargo de las deudas de un equipo, no podrán adquirir la plaza, por lo que esta permanecerá libre dentro del grupo al que pertenezca.

Cuando se tiene la intención de salir a competir, pero el club debe dinero cuando llega el final de temporada, se requiere de un aval que oscila entre los 125.000 y los 400.000. Sin embargo, ya no es obligatorio depositar el aval por concepto de compra de la plaza, con lo cual los equipos que adquirían la plaza debían pagar la deuda del equipo que había descendido en el ámbito administrativo. Esta nueva medida tiene como cometido beneficiar a los filiares.

¿Cómo podemos ayudarte?

En Perea Abogados somos especialistas en derecho deportivo y podemos ayudar a cualquier club durante el proceso jurídico de compra de una plaza en Segunda División B. Un trámite en el que es muy recomendable contar con asesoría jurídica especializada como la que brinda nuestro gabinete a aquellos clubes que se lo solicitan.

Leer más...

Real Murcia – El modelo alemán llega a España, ¿En qué consiste la clausula del 50+1 en el fútbol?

¿En qué consiste el modelo alemán del 50+1 en el fútbol? El ejemplo del Real Murcia

Si hay un país que representa el emblema del fútbol mundial, es indudable que este es Alemania. Ejemplo en el campo de juego y en el impecable tratamiento que le da a sus fans, la Bundesliga tiene una historia para contarnos.

Con el afán de darles a sus hinchas algo más que la posibilidad de pagar la entrada en la puerta del estadio y de alentar a sus equipos favoritos, la Bundesliga da un paso más arriba en los peldaños de la integración y les otorga voz y voto a sus fans. Además de ello, les brinda garantías para alentar a sus preferidos.

¿Y todo esto gracias a qué? A la regla del 50+1.

La cláusula del 50+1 – redefiniendo el fútbol alemán

El 50+1 es una terminología que hace alusión a una de las cláusulas que regulan la Liga de Fútbol Alemán (DFL), la cual estipula que a los efectos de hacerse con una licencia que permita competir en la Bundesliga, el club tiene la obligación de contar con la mayoría de los derechos de voto que le son propios.

Es exactamente el 50% + 1 voto más, como mínimo, lo que el club y sus socios deben tener en su poder en materia de votos.

Esta regla fue creada para que quienes forman parte del club puedan controlarlo en vez de dejarlo a merced de inversores extranjeros cuyos intereses no siempre van de la mano con los principios que forman parte de los pilares que sostienen al club.

¿Qué había antes del día cero?

Antes de entrar en vigencia el 50+1, otra era la historia en el fútbol alemán. Hasta el año 1998, los clubes le pertenecían totalmente a las asociaciones de miembros. De este modo, funcionaban tal como lo hace una ONG en la actualidad, es decir, no existía la propiedad privada dentro de él.

Sin embargo, la DFB decidió en 1998 que los clubes pudieran mejorar su perfil financiero, lo cual solo se logra invirtiendo dinero en ellos. Fue así que los clubes fueron autorizados a convertirse en sociedades anónimas, lo que permitió el ingreso de personas que, tanto de forma pública o privada, poseerían parte del club.

No obstante, a los efectos de asegurarles a los miembros del club la mayoría del derecho de decisión a través de los votos, es obligatorio que estos cuenten con el 50% más una acción, como mínimo.

¿Qué sucede con el Bayer y el Wolfsbur?

Tanto el Bayer 04 Leverkusen como el VfL Wolfsburg forman parte de las excepciones a la regla. Ocurre que la DFB estipula que si un club ha sido financiado de manera cabal a lo largo de por lo menos veinte años, esa persona o compañía tiene el derecho de acceder a una participación mayoritaria en lo referente a votos que atañan el funcionamiento y destino del club.

El Real Murcia

Después de haber estado al borde de la bancarrota, el Real Murcia ha dado un giro inesperado: ningún accionista podrá tener una cantidad superior al 49% de las acciones totales del club. De este modo, el club murciano se asegura de que el 51% de sus acciones quede en manos de varios accionistas.

Evitando transitar el camino de repetir los errores del pasado, el Real Murcia ya no permite que quienes llegan de afuera cuenten con el aval de aumentar la deuda del club. Las sociedades anónimas deportivas han llegado a causar estragos en lo referente a la deuda de los clubes de cuyas acciones se adueñan. Tanto es así que esta llegó a la increíble suma de cuatro mil millones de euros. Ante tal situación, la LFP activó el control económico en el año 2014 y logró frenar un proceso que amenazaba con hacer desaparecer al club de la faz de la Tierra.

A partir de ahora, el club podrá recibir dos clases de ingresos: los aportes provenientes de los accionistas y los préstamos participativos.

Gracias a estas medidas, el Real Murcia resurge de entre sus propias cenizas habiendo aprendido una valiosa lección de su pasado. Ahora el futuro del club perfectamente podría ser como el del Éibar, club que vio cómo sus acciones volvían a tener valor y peso en el mercado, fruto de un manejo lógico y mesurado de sus números. 

¿Cómo podemos ayudar a los equipos?

En Perea Abogados somos especialistas en derecho deportivo; por lo que podemos aconsejar a los clubes y jugadores a la hora de adaptarse a las nuevas reglamentaciones, redactar sus contratos y crear un ambiente de seguridad jurídica para ellos. Pocos bufetes se han especializado tanto en derecho deportivo como el nuestro.

Leer más...

BREXIT: ¿SE VERÁN AFECTADOS LOS DEPORTISTAS?

La situación de los jugadores comunitarios en la Premier tras el Brexit

Si había un sector que se esperaba quedara por fuera del alcance del Brexit, ese era el deporte. Sin embargo, alguien se olvidó de tomar en cuenta a los futbolistas comunitarios, de los cuales mucho más de la mitad, no estarían recibiendo su permiso de trabajo.

El fútbol hace entrar a las arcas del estado más de cuatro mil millones de euros en concepto de impuestos. Si bien, en la Premier League, se alberga la cada vez más vaga esperanza de que todo continúe igual una vez el Brexit se encuentre en plena acción, la Federación Inglesa (FA) ha encontrado la veta perfecta para justificar la reducción de la plaza para futbolistas no británicos.

Aumenta el número obligatorio de homegrowns

El Reino Unido se manejaba con un criterio de diecisiete a ocho. Esto Implicaba que, siempre y cuando los equipos de la Premier se aseguraran de contar con un mínimo de ocho homegrowns, podían contratar hasta diecisiete jugadores que no hubieran sido formados el territorio.

Un homegrown es un jugador que, antes de cumplir los veintiún años de edad, haya estado inscrito por un mínimo de tres años para el club que lo contrata. Por lo tanto, no es necesario que haya crecido en tierra británica.

En cambio, el Brexit propone una modificación drástica para la Premier: el mínimo de homegrowns pasará a ser de trece.

Los visados corren peligro

Hasta antes de entrar en vigencia el Brexit, la encargada de otorgar la visa de trabajo a los futbolistas no pertenecientes a la Unión Europea era la FA. No obstante, al quedar fuera de la UE, el Reino Unido no tendrá la obligación de permitir el libre ingreso de trabajadores con visa de la UE.

Los jugadores españoles en la cuerda floja

Más de treinta futbolistas españoles trabajan bajo el régimen de jugadores comunitarios en dieciséis equipos de la Premier League del Reino Unido. Lo preocupante es que la amplia mayoría de ellos estarían a punto de perder su cualidad de comunitarios.

Los españoles que quieran continuar formando parte del torneo, se verán obligados a certificar que cuentan con la condición de internacionales. Complementa este requisito la obligación de haber jugado el 30% de los partidos en la selección a lo largo de los últimos dos años.

La situación se ve doblemente agravada cuando tomamos en cuenta que el 70% de los jugadores comunitarios que hoy se encuentran trabajando en el Reino Unido, no cumplen con los requisitos que exigidos para formar parte de la Premier.

Si los equipos reducen su cupo, los extranjeros obtendrán la visa de trabajo sin necesidad de pasar por los filtros habituales.

Jugadores sub-dieciocho quedarían afuera

Ya sea que provengan de España o de cualquier otro país de la UE, los jugadores de dieciséis y diecisiete años quedarían por fuera de la Premier. De acuerdo a las disposiciones de la FIFA, los jugadores solo podrán ingresar con dieciocho años cumplidos.

Atrás quedarán los tiempos en los que Fábregas y Eric García ingresaron a los clubs siendo aún menores de edad.

¿Qué pasará con los trecientos jugadores extranjeros?

El Reino Unido cuenta con trecientos jugadores pertenecientes a la UE. Si estos se vieran obligados a abandonar la Premier, equipos como el Chelsea, el Tottenham, el Arsenal y el Manchester City, se verían visiblemente perjudicados.

El Brexit surge como una medida de índole económica, no deportiva. El gobierno no se encuentra interesado en que los extranjeros dejen los clubes de fútbol que tanto dinero traen a los bolsillos del Estado. Sin embargo, la FA ha encontrado la oportunidad que parecía haber estado esperando por años, para favorecer la entrada de jugadores crecidos en territorio el Reino Unido a sus equipos de fútbol más importantes.

Afortunadamente, hay una forma de esquivar la nueva disposición de la FA, y esta consiste en incorporar a los jugadores extranjeros cuando aún están en su fase de promesa del fútbol mundial. Esto les dará la oportunidad a los clubes de generar un homegrown, ya que al incorporarlo a los dieciocho años, cuando cumpla sus veintiuno habrá pasado los tres años de rigor jugando en el club del cual pasará a formar parte para así obtener su visado de trabajo. 

¿Cómo podemos ayudar?

En Perea Abogados somos conscientes de todas las implicaciones que tendrá el Brexit en materia jurídica y, muy especialmente, en materia jurídico-deportiva; pues es nuestra especialidad. Es por eso que podemos brindar asistencia legal y consejo a todos los futbolistas, deportistas y directivos que se ven o van a verse afectados por la decisión del Reino Unido de abandonar la Unión Europea y, con ella, el mercado común europeo. No dudes en contactarnos si necesitas que te asesoremos con alguna de estas cuestiones en las que somos expertos.

Leer más...

APUESTAS SUREBETS, ¿SON REALMENTE SEGURAS?

Un nuevo método de estafa está afectando a quienes apuestan en eventos deportivos.

?¿Qué son las apuestas surebet?

La palabra surebet proviene del inglés y significa, literalmente, apuesta segura. También se conoce con el nombre de “arbitraje”. Consiste en un error en las cotizaciones de las casas de apuestas que provoca que al apostar a todos los resultados de un encuentro deportivo se obtenga una ganancia segura. Son apuestas seguras que dan beneficio independientemente de cómo acabe el encuentro por una simple cuestión matemática y, por tanto, carecen de riesgo, supuestamente.

Si busca información sobre cómo funcionan las surebets existen cientos de páginas webs en internet explicándolo, aquí no vamos a entrar en ello, pues seguramente habrá quienes lo hagan mejor que nosotros.

Te dejamos información sobre este tipo de apuestas en marca.com y en apuestasseguras.es, si deseas conocer más sobre el funcionamiento de este tipo de apuestas.

?¿En qué consiste la estafa?

Aquí queremos poner de manifiesto un fenómeno que nos ha llegado al despacho y que son las estafas cometidas por personas quienes dicen representar un fondo de inversión o una organización que apuesta en surebets obteniendo importantes beneficios.

Como decimos, no vamos a entrar a valorar el funcionamiento de las surebets, y si es posible o no conseguir tan altos rendimientos, lo que venimos a poner de manifiesto son la utilización de esta forma de realizar apuestas deportivas para cometer delitos de estafa.

La comisión de los hechos delictivos empieza por la labor de “captación” de inversores por parte de un supuesto asesor y agente de inversiones, representante del fondo de inversión u organización que se dedica a invertir en surebets.

Este ofrece al “inversor” la oportunidad de entrar en el fondo para obtener la condición de colaborador. Para ello se formalizan unos contratos, ofreciendo unas rentabilidades de entre el 8% y el 5% MENSUAL. Incluso llegando a ofrecer el 14% mensual. Rentabilidad que no se obtiene en un banco o invirtiendo en bolsa.

A todo se le da una apariencia de legalidad: Firma de contratos, supuesta existencia de una póliza de seguros con una compañía radicada en el extranjero, etc…

Todo esto para cazar al incauto que creyendo que realiza una gran inversión, pone a disposición de los gestores del fondo su dinero.

Para dar más credibilidad al engaño, el supuesto fondo ingresa en la cuenta del inversor una cantidad, que al ser la primera no será muy elevada, pero así aquel creerá que su inversión ha sido un éxito.

Pues bien, a partir de ahí, ya no recibirá ninguna otra cantidad. Cuando llame al agente inversor, este no se le pondrá al teléfono, no contestará los correos electrónicos, y en definitiva, habrá desaparecido con el dinero de los inversores del fondo para apuestas surebets.

La estafa se habrá consumado.

El dinero habrá desaparecido.

Contact free icon

Si eres un afectado por la estafa con Surebets en Perea Abogados te ayudamos a recuperar tu dinero. ¡Contáctanos!

OPROLER, la constructora presenta concurso de acreedores

Hace unos días desayunamos con la noticia publicada en El Confidencial de que la empresa constructora OPROLER Obras y Proyectos, S.L.U., ha solicitado ante los juzgados de lo mercantil de Madrid el concurso de acreedores voluntario.

Según publica este diario la constructora OPROLER no puede hacer frente a los pagos a diversos contratistas, debido a la paralización de la obra pública en España por la ausencia de gobierno y al aumento de los costes en la construcción, sobre todo el aumento del precio de la mano de obra.

Quiebra de Oproler, la constructora presenta Concurso de Acreedores
El delegado en Cataluña de la constructora Oproler, Josep Manel Bassols (i). (EFE)

La constructora estaba aplazando los pagos hasta a 120 días, incumplimiento claramente la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en la cual se establece un plazo de pago máximo de SESENTA DIAS desde la recepción de la mercancía o prestación del servicio.

OPROLER con un pasivo corriente de 63 millones de euros en 2017 (según el registro mercantil de Madrid), y unas deudas a proveedores de 46 millones euros en 2017, se ve obligada, en aplicación de la normativa concursal, a solicitar el concurso de acreedores.

Nuestra ley concursal obliga a solicitar el concurso de acreedores en el plazo de dos meses desde que el deudor conoció o debió conocer su estado de insolvencia.

Muchos son los proyectos y promociones afectados por el concurso de OPROLER, algunos de ellos son, por ejemplo, una promoción 147 viviendas públicas en El Rosón (Getafe), la reforma del polideportivo El Carrascal (Leganés) o la construcción de un aparcamiento en Mogán (Las Palmas de Gran Canaria).

Y bien, ¿ahora qué? ¿En qué situación quedan los proveedores, contratistas, empleados, compradores de viviendas, etc…?

Las personas afectadas deberán iniciar un camino judicial para poder recuperar su dinero y no verse gravemente perjudicados en sus patrimonios con el concurso de la compañía OPROLER.

¿Qué hacer ante un CONCURSO DE ACREEDORES?

?Lo primero es recopilar toda la documentación concerniente a sus relaciones comerciales con la constructora: contratos, albaranes, facturas, partes de obra, certificaciones, etc…

?En el caso de los compradores de viviendas deberán reunir los contratos, justificantes de cantidades entregadas para la compra de la vivienda, certificados, y muy importante, las pólizas del seguro de caución que hubieran suscrito OPROLER para garantizar la devolución de las cantidades entregadas a cuenta.

?A partir de aquí, hay que estar atentos a la publicación en el BOE de la declaración de concurso pues entonces comenzará el plazo de UN MES para que los acreedores comuniquen su crédito a la administración concursal.

?Transcurrido dicho plazo la administración elaborará un informe en el cual además de analizar las causas de la declaración de concurso, calificará los créditos según su naturaleza.

?A partir de entonces empezará la fase en la cual sabremos si es posible la elaboración de un convenio con los acreedores o se liquidará la compañía.

Para todo esto hay que estar personado en el procedimiento y en relación directa con el administrador concursal.

Por otro lado, los compradores de viviendas podrán reclamar directamente a la compañía aseguradora la indemnización de las cantidades entregada para la compra de las viviendas.

Esto se produciría en procedimientos ajenos al concurso.

?Si eres un AFECTADO por el concurso de acreedores de OPROLER podrás reclamar ante el juzgado de lo mercantil los créditos que tengas pendientes y si eres un comprador de viviendas además podrás reclamar frente a la aseguradora o la entidad financiera donde estén depositadas las cantidades entregadas.

En PEREA ABOGADOS somos especialistas en derecho concursal.

Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

Consulte la política de privacidad y nuestro aviso legal

ACEPTAR
Aviso de cookies
¿Hablamos?