Liquidación de la Sociedad de Gananciales en el Divorcio

La liquidación de la sociedad de gananciales es el proceso legal mediante el cual se disuelve y reparte el patrimonio común de una pareja tras un divorcio o separación cuando estaban casados bajo el régimen de gananciales. No basta con divorciarse: tras la ruptura es obligatorio ordenar qué bienes y deudas son comunes y cómo se adjudican a cada cónyuge.

Este procedimiento busca que cada ex-cónyuge obtenga su parte proporcional de los bienes gananciales y se resuelvan las obligaciones comunes, cerrando definitivamente las cuentas patrimoniales.

¿Qué bienes se incluyen en la liquidación?

Los bienes y deudas que se reparten son aquellos adquiridos durante el matrimonio bajo el régimen de gananciales, salvo excepciones (por ejemplo, bienes privativos como herencias o bienes adquiridos antes del matrimonio).

🔹 Ejemplos habituales:

  • Vivienda familiar comprada durante el matrimonio
  • Vehículos adquiridos en común
  • Cuentas bancarias abiertas durante la vigencia del matrimonio
  • Deudas contraídas entre ambos cónyuges

👉 Los bienes que uno de los cónyuges tenía antes de casarse o que recibió como donación o herencia suelen considerarse privativos, no gananciales.

Fases del proceso de liquidación

La liquidación se compone de varias fases claras y estructuradas.

A) Inventario de bienes y deudas

Se elabora una lista detallada de:

  • Bienes muebles e inmuebles
  • Cuentas, inversiones y otros activos
  • Deudas y obligaciones comunes

B) Valoración patrimonial

Cada bien y deuda se valora económicamente para poder repartir de forma equitativa.

C) Reparto y adjudicación

Una vez valorado todo, se adjudican los bienes y se compensan las deudas, buscando que cada cónyuge obtenga el valor que le corresponde según su participación en la sociedad.

🤝 Acuerdo amistoso vs. liquidación judicial

🔹 Acuerdo amistoso:
Si ambos cónyuges llegan a un acuerdo sobre el reparto, pueden formalizarlo en escritura pública o en el convenio regulador del divorcio, lo que agiliza el proceso y reduce costes.

🔹 Liquidación judicial:
Si no hay acuerdo, uno de los cónyuges puede solicitar al juzgado que nombre un contador-partidor para hacer el inventario, valoración y reparto. Esto suele ocurrir en divorcios contenciosos.

¿Qué pasa con la vivienda familiar?

La vivienda suele ser el activo más relevante en la liquidación. Dependiendo de si existe hipoteca, quién la pagó y cómo se quiere repartir, las opciones pueden ser:
✔ Venta y reparto del precio entre ambos
✔ Adjudicación a uno de los cónyuges con compensación económica al otro
✔ Mantenimiento compartido si así se acuerda

Es clave valorar bien este activo, ya que su valoración y reparto suelen influir de forma significativa en el resto del patrimonio común.

Conclusión

La liquidación de gananciales no es un mero trámite: es el paso que garantiza el cierre patrimonial tras el divorcio. Una liquidación bien hecha protege tus derechos, evita conflictos futuros y clarifica quién es dueño de qué tras la ruptura.

Esperamos haberte ayudado.

Para cualquier consulta adicional sobre divorcios, menores y herencias, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Qué hacer si no te dejan ver a tu hijo

Cuando una pareja se separa o se divorcia y uno de los progenitores obtiene la guarda y custodia de los hijos, el juez establece un régimen de visitas para garantizar la relación del menor con ambos progenitores.

Sin embargo, es frecuente que surjan conflictos y que el progenitor custodio impida al otro ver a su hijo, ya sea de forma puntual o continua. Esta situación genera angustia, sensación de indefensión y un grave perjuicio tanto para el progenitor afectado como para el menor.

En este artículo te explicamos qué derechos tienes, qué consecuencias legales implica el incumplimiento del régimen de visitas y qué pasos debes seguir para solucionarlo con garantías.

¿Si no tengo la custodia tengo derecho a ver a mi hijo?

Sí.
Tanto el artículo 92 como el artículo 94 del Código Civil reconocen expresamente que:

  • El progenitor no custodio tiene derecho a relacionarse con su hijo.
  • El menor tiene derecho a mantener una relación estable, continua y afectiva con ambos progenitores.

Por tanto, el derecho de visitas no es solo un derecho del padre o la madre, sino también del hijo, porque mantener vínculo familiar es esencial para su desarrollo emocional y psicológico.

¿Qué ocurre si el progenitor custodio me impide ver a mi hijo?

El régimen de visitas tiene fuerza de sentencia, por lo que incumplirlo no es una decisión personal, sino una desobediencia judicial.

Cuando un progenitor obstaculiza o impide las visitas, el juez puede:

  • Imponer multas por incumplimiento.
  • Apercibir al progenitor custodio, ordenándole cesar su conducta.
  • Modificar el régimen de visitas, si el incumplimiento persiste.
  • Cambiar incluso la guarda y custodia, en casos graves o reiterados, conforme al artículo 158 del Código Civil.

En resumen: Impedir el régimen de visitas puede volverse en contra del progenitor que lo incumple.

¿Qué procedimiento hay que iniciar si no puedo ver a mi hijo?

La vía legal es: Interponer una demanda de ejecución de sentencia

No se trata de un juicio nuevo, sino de solicitar al mismo juzgado que dictó la sentencia:

  • Que reconozca el incumplimiento.
  • Que adopte medidas para restablecer el régimen de visitas.

Para esta actuación es necesario:

  • Abogado
  • Procurador

Y el juez, tras escuchar a ambas partes y corroborar las pruebas, dictará una resolución para obligar al cumplimiento.

¿Qué pruebas debo aportar para demostrar que no se cumple el régimen de visitas?

Reúne todas las evidencias posibles que acrediten que se te ha impedido el contacto con tu hijo. Las más habituales son:

Cuantas más pruebas presentes, más sólida será tu reclamación ante el juez.

  • Testigos (familiares, amigos o personas que hayan presenciado los hechos).
  • Mensajes de WhatsApp, SMS o emails en los que el progenitor comunicado impida las visitas.
  • Informes del punto de encuentro familiar, si las visitas se realizan allí.
  • Partes policiales tras acudir a recoger al menor y no poder hacerlo.
  • Grabaciones de audio entre ambos progenitores, válidas siempre que seas parte de la conversación.

Recomendaciones si estás sufriendo esta situación

Para que tu actuación sea siempre ejemplar a ojos del juez, ten en cuenta:

1. Sigue cumpliendo tus obligaciones

Aunque el otro progenitor incumpla, tú debes:

El juez valorará siempre la conducta más responsable.

2. No involucres al menor

El hijo no debe ser un arma en el conflicto. Cuanta menos tensión se genere en su entorno, mejor para él y para tu posición procesal.

3. Devuelve al menor en tiempo y forma

Si el juez percibe que ambos progenitores obstaculizan, podría decidir no alterar nada o incluso empeorar tu situación.

¿Qué hacer si el progenitor sigue sin cumplir?

Si el incumplimiento es reiterado, es importante actuar rápida y legalmente. La pasividad puede perjudicarte.

Podrás solicitar:

  • Multas coercitivas.
  • Nueva regulación del régimen.
  • Cambio de custodia en casos graves.

Conclusión

No poder ver a un hijo pese a existir un régimen de visitas es una situación dolorosa, pero también legalmente protegida. La ley ampara a los progenitores y a los menores y existen herramientas jurídicas eficaces para restablecer la normalidad.

Si estás viviendo esta situación, no esperes a que el problema se agrave. Reúne pruebas y consulta con un especialista en Derecho de Familia como Perea Abogados.

¿Necesitas asesoramiento legal urgente?

Podemos ayudarte a:

  • Ejecutar la sentencia.
  • Defender tu derecho de visitas.
  • Restablecer la relación con tu hijo cuanto antes.

Para cualquier consulta adicional sobre divorcios, separaciones o menores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Qué hacer si un progenitor se lleva a un hijo al extranjero

El conocido caso de Juana Rivas, que se negó a devolver a su hijo a su progenitor residente en Italia alegando malos tratos, puso en el centro del debate la sustracción internacional de menores.

Desde entonces, muchas familias se preguntan: ¿qué ocurre realmente en estos casos? ¿Qué pasos deben seguirse si uno de los progenitores traslada al hijo fuera del país sin consentimiento?

En este artículo, desde Perea Abogados, despacho especializado en Derecho de Familia, te explicamos qué es, cómo actuar y qué consecuencias legales tiene.

¿Qué se considera sustracción de menores?

El delito de sustracción de menores está regulado en el artículo 225 bis.1 del Código Penal español. Se comete cuando uno de los progenitores sustrae a un menor de su residencia habitual dentro del territorio nacional, incumpliendo una resolución judicial que establece el régimen de guarda y custodia.

Las penas previstas para este delito son de dos a cuatro años de prisión, además de una inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad de cuatro a diez años.

¿Qué es la sustracción internacional de menores?

La sustracción internacional de menores es una variante más grave del delito anterior, regulada en el artículo 225 bis.3 del Código Penal. En este caso, el progenitor traslada o retiene al menor en un país distinto al de su residencia habitual, incumpliendo el régimen de custodia.

Las penas son más severas: de tres a cuatro años de prisión y de siete a diez años de inhabilitación para ejercer la patria potestad.

Regulación internacional

La sustracción internacional de menores se regula principalmente por el Convenio de La Haya de 1980, tratado suscrito por más de 100 países, incluyendo todos los de la Unión Europea.

Este convenio establece los mecanismos de cooperación internacional necesarios para garantizar la restitución inmediata del menor a su país de origen, evitando que los procesos judiciales se alarguen durante meses o incluso años.

¿Influye el país al que se lleva al menor?

Sí. Es importante diferenciar dos situaciones:

  1. Cuando un progenitor traslada al menor a un país miembro de la Unión Europea, las autoridades aplican tanto el Convenio de La Haya como el Reglamento (UE) 2019/1111, conocido como Bruselas II ter, que agiliza el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales entre los Estados miembros.
  2. Si el país no pertenece a la UE pero sí al Convenio de La Haya, se aplica únicamente este tratado, lo que suele implicar procedimientos más largos y complejos debido a la cooperación entre autoridades centrales de ambos países.

¿Quién puede solicitar la restitución del menor?

Según el artículo 7 del Convenio de La Haya, la solicitud de restitución puede ser presentada por cualquier persona o institución que tenga conocimiento de la sustracción, incluso si no es familiar directo del menor.

Esto incluye a los progenitores, abuelos, tutores legales, servicios sociales o centros educativos.

La autoridad competente valorará la denuncia y dará inicio al procedimiento para garantizar que el menor regrese al progenitor titular de la custodia de forma rápida y segura.

¿Qué hacer si un progenitor se lleva al hijo al extranjero sin consentimiento?

Ante una situación de sustracción internacional de menores, es fundamental actuar con rapidez:

  • Si el menor se encuentra en otro país de la Unión Europea, la solicitud de restitución debe presentarse ante el tribunal español, que se comunicará directamente con el tribunal del país de destino. Este procedimiento es más rápido gracias a los mecanismos de cooperación europeos.
  • Si el menor ha sido llevado a un país fuera de la UE, la demanda debe presentarse ante la Autoridad Central Española, que coordinará el proceso con la autoridad competente del país receptor. En estos casos, el trámite puede ser más lento debido a la cooperación bilateral necesaria.

¿Por qué es importante actuar con urgencia?

El artículo 12 del Convenio de La Haya establece que, si no ha transcurrido más de un año desde la sustracción, la autoridad competente deberá ordenar la restitución inmediata del menor.

Por ello, iniciar los trámites de forma inmediata es crucial para aumentar las posibilidades de éxito y proteger el interés superior del menor, principio fundamental en todos los procedimientos de Derecho de Familia.

Conclusión

La sustracción internacional de menores es una situación compleja que requiere una respuesta legal rápida y coordinada. Si sospechas que tu expareja o cónyuge puede trasladar a tu hijo al extranjero sin consentimiento, consulta inmediatamente con nosotros.

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Reconocimiento de paternidad en España: guía completa legal

El reconocimiento de paternidad es un procedimiento legal por el cual se declara oficialmente la relación de filiación entre un padre y su hijo, cuando esta no había sido reconocida previamente.

Este proceso tiene consecuencias importantes tanto para el progenitor como para el hijo, ya que establece obligaciones legales para el padre y otorga al hijo derechos fundamentales, como el acceso a la herencia, la nacionalidad o las prestaciones sociales.

En este artículo desde Perea Abogados te explicamos de forma clara qué es, quién puede solicitarlo, cómo se lleva a cabo y qué pruebas suelen utilizarse.

¿Qué es el reconocimiento de paternidad?

El reconocimiento de paternidad consiste en un procedimiento judicial mediante el cual un juez declara la existencia de una relación paterno-filial que antes no estaba reconocida.

De este modo, el padre pasa a tener la obligación legal de cuidar, mantener y asistir al hijo, y este último obtiene derechos en materia de:

  • Herencia y sucesiones
  • Nacionalidad y apellidos
  • Prestaciones sociales en casos de orfandad u otras circunstancias

¿Quién puede solicitar el reconocimiento de paternidad?

Según el artículo 133 del Código Civil, la legitimación para iniciar este procedimiento depende de cada caso:

  • La madre: puede presentar la demanda dentro del plazo de un año desde que conozca la relación de paternidad.
  • El hijo: si es mayor de edad, puede solicitarlo en cualquier momento, ya que esta acción no prescribe. Incluso puede interponerse tras el fallecimiento del padre, con efectos directos en materia de herencia.

¿Cómo se solicita el reconocimiento de paternidad?

El procedimiento se inicia con la interposición de una demanda civil en materia de filiación ante el juzgado de familia del domicilio del presunto progenitor o, en su defecto, ante el juzgado de primera instancia.

Será el juez quien, en aplicación del artículo 120 del Código Civil, declare de forma unilateral si existe o no la relación paterno-filial.

¿Qué pruebas se pueden aportar en un juicio de paternidad?

La prueba más utilizada y con mayor valor probatorio es la prueba de ADN, ya que ofrece resultados concluyentes. Sin embargo, no es la única. También pueden presentarse:

  • Declaraciones de testigos
  • Certificados médicos
  • Correspondencia u otras pruebas documentales

Aunque el juez no puede obligar al supuesto padre a realizarse la prueba de ADN, el Tribunal Supremo ha establecido que la negativa injustificada a someterse a dicha prueba puede ser interpretada como un indicio claro de paternidad.

¿Qué derechos obtiene el hijo tras el reconocimiento de paternidad?

Una vez declarada la filiación, el hijo adquiere derechos de gran relevancia:

  • Derecho a llevar los apellidos del padre
  • A obtener la nacionalidad
  • Derecho a recibir alimentos y pensión de manutención
  • Derecho a su parte en la herencia legítima
  • Acceso a prestaciones sociales en determinadas circunstancias

Conclusiones

El procedimiento de reclamación y reconocimiento de paternidad es un proceso judicial con importantes repercusiones familiares, sociales y legales.

En resumen:

  • Es necesario interponer una demanda de filiación ante el juzgado competente.
  • El hijo puede reclamar la paternidad en cualquier momento, incluso tras la muerte del padre.
  • La prueba de ADN es la más fiable, pero no es imprescindible.
  • La negativa del progenitor a realizarse la prueba puede ser interpretada como indicio de paternidad.

En Perea Abogados, especialistas en Derecho de Familia, podemos asesorarte y acompañarte en todo el procedimiento de reconocimiento de paternidad, defendiendo siempre los intereses de nuestros clientes con la máxima profesionalidad.

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El Supremo veta la inscripción de la maternidad subrogada

El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre una cuestión tan sensible como controvertida: la maternidad subrogada.

En una reciente resolución, el alto tribunal establece que no puede inscribirse en el Registro Civil español la filiación de un menor nacida de un contrato de gestación por sustitución realizado en el extranjero, salvo que exista una resolución judicial extranjera que lo declare, y ésta sea reconocida previamente por la jurisdicción española.

¿Qué implica esta decisión?

En la práctica, esto significa que no basta con un documento registral extranjero o con el simple hecho de haber acudido a una clínica en otro país para inscribir directamente la filiación en España.

La única vía legalmente admitida es el reconocimiento judicial de una resolución extranjera válida, lo que requiere un procedimiento específico de exequátur (reconocimiento de resoluciones judiciales extranjeras).

¿Qué dice el Tribunal Supremo?

El Supremo insiste en que los contratos de gestación por sustitución son nulos de pleno derecho en España, según el artículo 10 de la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida.

La nulidad se mantiene aunque el contrato se haya firmado en un país donde la práctica es legal y regulada. Por tanto, no cabe reconocer efectos jurídicos directos en España a un modelo de filiación basado en ese contrato.

¿Y qué pasa con el interés del menor?

Una de las claves del debate es el interés superior del menor, un principio jurídico fundamental tanto en la legislación española como en los tratados internacionales.

Sin embargo, el Supremo matiza que este principio no puede utilizarse para legitimar mecanismos prohibidos por el ordenamiento jurídico español, aunque sí puede servir de base para garantizar la protección del menor por otras vías, como la adopción o el acogimiento.

¿Cómo se puede reconocer entonces la relación parental?

El progenitor biológico (habitualmente el padre que ha aportado el material genético) puede inscribir su filiación mediante prueba biológica.

En cuanto al otro miembro de la pareja, si no hay vínculo biológico, la única vía legal es la adopción, siempre que se cumplan los requisitos legales.

¿Qué debemos tener en cuenta a partir de ahora?

Esta decisión del Tribunal Supremo refuerza una línea jurisprudencial que pretende limitar los efectos jurídicos de la gestación subrogada en España, incluso cuando esta se haya realizado fuera del país. Por tanto, cualquier persona o pareja que contemple esta opción debe estar asesorada legalmente desde el inicio, especialmente si desea regular la filiación en España.

En resumen

  • La filiación por gestación subrogada no se puede inscribir directamente en el Registro Civil español.
  • Solo se admite si hay una resolución judicial extranjera, validada en España mediante procedimiento de exequátur.
  • El interés del menor no legitima la filiación derivada del contrato de gestación, pero sí ampara otras vías de protección.
  • La adopción se mantiene como única vía legal de filiación para el progenitor no biológico.

¿Tienes dudas sobre filiación, adopción internacional o maternidad subrogada?

Desde nuestro despacho podemos asesorarte sobre los procedimientos legales adecuados y ayudarte a proteger tus derechos y los del menor en situaciones complejas de filiación adoptiva o biológica.

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