Ampliación Judicial de tu Hipoteca

La Ley de Hipoteca, establece el mecanismo para constituir o ampliar judicialmente la hipoteca, en tal efecto establece que cualquier hipoteca legal se procederá con sujeción a las reglas siguientes:

Presentación de escrito de Solicitud ante el tribunal

“El que tenga derecho a exigirla presentará un escrito en el Juzgado o Tribunal del domicilio del obligado a prestarla, pidiendo que se constituya la hipoteca, fijando la cantidad por que deba constituirse y señalando los bienes que puedan ser gravados con ella, o, por lo menos, el Registro donde deban constar inscritos los que posea la misma persona obligada.”

El escrito deberá formalmente acompañarse del título o documentos que produzca el derecho de hipoteca legal, y si fuere posible, una certificación del Registrador en que consten todos los bienes hipotecables que posea el demandado.

¿Es necesario Presentarse ante el Juez?

¡Sí!, ya que la ley hipotecaria establece que El Juez o el Tribunal, en su vista, mandará comparecer a su presencia a todos los interesados en la constitución de la hipoteca, a fin de que se avengan, si fuere posible, en cuanto al modo de verificarla.

En el caso que las partes lleguen a un acuerdo la ley estipula: Si se avinieren, mandará el Juez o el Tribunal constituir la hipoteca en los términos que se hayan convenido.

Ahora bien, ¿Qué sucede si no hay avenencia?

Si no se avinieren, ya sea en cuanto a la obligación de hipotecar o ya en cuanto a la cantidad que deba asegurarse o a la suficiencia de la hipoteca ofrecida, se hará traslado del escrito de demanda al demandado y seguirá el juicio los trámites establecidos para los incidentes en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El Juez de oficio, podría solicitar que se constituya una hipoteca, previa solicitud de certificación emitida por el registro Mercantil. La hipoteca legal, una vez constituida e inscrita, surte los mismos efectos que la voluntaria.

¿Quiénes se encuentran legitimados por ley a los fines de solicitar la constitución de hipoteca?

Tendrán derecho a exigir hipoteca legal:

  • Las mujeres casadas sobre los bienes de sus maridos;
  • Los hijos sometidos a la patria potestad por los bienes de su propiedad usufructuados o administrados por el padre o madre que hubieran contraído segundo matrimonio, y sobre los bienes de los mismos padres;
  • Los menores o incapacitados sobre los bienes de sus tutores;
  • El Estado, las Provincias y los Pueblos, sobre los bienes de los que contraten con ellos o administren sus intereses, por las responsabilidades que contrajeron éstos;
  • El Estado sobre los bienes de los contribuyentes (por razones de deuda de pago de impuestos).

“En Caso de mujeres casadas en cuyo favor se reconoce la hipoteca tendrá derecho: A que el marido inscriba a nombre propio e hipoteque en favor de su mujer los bienes inmuebles y derechos reales que reciba como dote estimada u otros bastantes para asegurar la devolución de su importe.

La hipoteca para asegurar las donaciones por razón de matrimonio sólo tendrá lugar en el caso de que se ofrezcan por el marido como aumento de la dote. Si se ofrecieren sin este requisito, sólo producirán obligación personal, quedando al arbitrio del marido asegurarlas o no con hipoteca.

Existe otro supuesto en la ley y es el caso de la facultad de solicitar constitución de hipoteca que tiene el estado:

La Autoridad a quien corresponda deberá exigir la constitución de hipotecas especiales sobre los bienes de los que manejen fondos públicos o contraten con el Estado, las provincias o los pueblos en todos los casos y en la forma que prescriban los reglamentos administrativos.

El Estado, las Provincias o los Pueblos tendrán preferencia sobre cualquier otro acreedor y sobre el tercer adquirente, aunque hayan inscrito sus derechos en el Registro, para el cobro de la anualidad corriente y de la última vencida y no satisfecha de las contribuciones o impuestos que graven a los bienes inmuebles.

Esperamos haberte ayudado. Si tienes cualquier duda o problema con tu hipoteca, ponte en contacto con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre derecho inmobiliario, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Escoger a un abogado que garantice los intereses del cliente de forma sencilla

En el artículo de hoy nos preguntamos: ¿Por qué de la importancia de escoger a un buen abogado? Porque todos nosotros, en algún punto de nuestra vida, de forma más o menos temprana, necesitaremos de asesoramiento jurídico, ya sea en forma de consejo legal o para llevarnos un caso a juicio. Llegado ese momento es necesario saber recurrir a un abogado que sea capaz de velar correctamente por nuestros intereses. Creemos firmemente que la presencia de un abogado se antoja fundamental en una decisión importante ya que, sin lugar a dudas, se trata de un profesional que tiene que saber gestionar nuestra consulta o problemática correctamente, y con una atención y cuidado única para cada caso.

Así pues, ¿A quién escoger tras centenares y centenares de abogados en Madrid?

¿CÓMO ESCOGER A UN BUEN ABOGADO?

A continuación presentamos un breve decálogo con los consejos imprescindibles para conseguir que la elección de un abogado sea lo más acertada posible:

1- Experiencia: Pilar número uno y, a nuestro entender, fundamental. Igual que no nos dejaríamos operar por un cirujano recién salido de la facultad de medicina o algún piloto que haya finalizado la escuela recientemente y con nula experiencia de vuelo, sólo un abogado experimentado podrá ofrecer el mejor asesoramiento y cuidar mejor los intereses de todas aquellas personas que acudan a su consulta.

2- Rama de especialización: Hay numerosas divisiones del derecho y cuando tengamos cualquier duda o conflicto, lo mejor es recurrir a la consulta de un profesional especializado en tu problemática. Hay abogados especializados en derecho constitucional, derecho internacional privado, penalista, derecho administrativo, derecho mercantil, derecho procesal civil o abogado laboral, abogado mercantil o abogados especializados en vivienda.

Si sabemos qué tipo de consulta queremos hacer, mejor dirigirnos a aquel letrado que esté más cualificado en su área. Si tenemos dudas, es aconsejable que antes de la primera consulta nos cercioremos que el profesional esté especializado en la materia que queremos tratar. Aun así, siempre será mejor contratar los servicios de un despacho de abogados que tenga varias áreas de actuación. Muchas veces nos encontramos con resolución de conflictos que afectan a la vida personal y a la empresarial.

3-Proximidad geográfica, creemos que te será de gran utilidad que el interlocutor que defienda tus derechos esté cerca de tu domicilio habitual, puesto que no te supondrá mucho esfuerzo si tienes que visitarlo. No escogerás a tu abogado porque simplemente esté más cerca de tu casa pero tampoco querrás que la persona que te lleve tu caso esté a más de dos horas de tu casa. Desaconsejamos esta opción porque a lo largo de un proceso judicial en numerosos casos necesitarás acudir a él para visitarlo, ver la evolución del caso o entregar papeles. Así mismo, su conocimiento de procuradores, fiscales y jueces, en los juzgados de su área de actuación ayudaran a formular la estrategia.

4.- Primera consulta: una vez hayas reducido tu decisión a algunos bufetes de abogados que respondan a tus expectativas lo mejor es realizar la consulta con aquellos pocos que te generen más confianza. En esta primera visita expón tu caso para que el letrado pueda opinar sobre tu situación, te explique la línea de actuación y el posible recorrido jurídico. Se trata de una toma de contacto vital para conocer de qué manera se estructurará tu caso. En Perea Abogados explicamos en nuestra primera consulta como fundamentamos la estrategia en base a un método concreto basado en la transparencia, la investigación y una ejecución precisa de las premisas.

5-Coste:  Una vez hayas finalizado la visita debes conocer los honorarios con todos los escenarios posibles; tanto el positivo como el negativo. Desconfía, y mucho, si un abogado te ofrece precios muy por debajo de mercado. Puede que te ahorres un poco pero si finalmente pierde tu caso habrás perdido mucho tiempo y dinero. El precio es, sin lugar a dudas, un elemento diferenciador y por este motivo debes conocer los honorarios y exigir transparencia, pero nuestro consejo es que no te guíes solamente por este factor.

6- Confianza: Asegúrate de que el abogado que hay detrás es de tu caso es de total confianza. Algún día escuché de un profesor que la confianza es binaria y no admite grados: o se tiene confianza en la otra persona o no se tiene. Si aquella persona es de tu total confianza, perfecto, pero si tienes algún tipo de dudas de que no se trata de la persona adecuada, acude a otro profesional con el que te sientas más cómodo y te ofrezca más garantías de éxito.

7-Accesibilidad: Muchas veces acudimos a un gran profesional pero apenas muestra atención ni el respeto adecuado por nuestra situación. Si ésta es tu primera sensación, mejor buscar alguien que te lleve el caso de la manera más personalizada. Toma nota si durante el tiempo que te atiende intenta acabar la visita rápidamente o hace otras cosas como podría ser revisar correos electrónicos o atender constantemente las llamadas telefónicas.

8- Interés propio: El mejor profesional es aquel que entiende tus inquietudes y te aconsejará en función de tus intereses. Un letrado de confianza no antepondrá sus intereses a los tuyos. Será leal y luchará hasta el máximo para que obtengas la mejor compensación.

9-Referencias: Pregunta por referencias de este abogado, si te lo ha recomendado un amigo o familiar, ya conocerás sus puntos fuertes. A veces incluso es necesario recurrir a Internet ya que suele ser una fuente muy fiable de información.

El volumen de interatividad en las redes sociales o escribir en un blog que aporte contenido interesante a la comunidad también es un buen indicativo para poder determinar el grado de implicación con la profesión.

10-Éxito en casos similares: Como el primer punto, la experiencia es un grado, pero también es muy importante que haya llevado casos similares con éxito. No es lo mismo un abogado laboralista experto en despidos que otro en derecho laboral experto en mobbing o acoso laboral. Aunque derivar sus intereses a un despacho de abogados especializado en múltiples áreas facilitará el proceso por el que ha acudido en esta ocasión y otros posteriores que pueden llegar a a surgir

Entendemos que para escoger a un buen abogado, son necesario tomar en consideración los puntos expuesto anteriormente pero evidentemente no son los únicos consejos a tener en cuenta, ya que hay más consideraciones a tener en cuenta.

Así pues, cuando requerimos de ayuda legal de un bufete de abogados, debemos estar tranquilos de haber sabido escoger la persona adecuada para que defienda nuestros intereses y, sin lugar a dudas, sea la más capacitada para llevar nuestro caso a buen puerto.

 

Fallos de los juzgados por cláusulas suelo, se inclinan en favor de los demandantes

Los primeros fallos de los juzgados que se han creado para dar respuesta al aluvión de demandas por las cláusulas abusivas de las hipotecas están dando la razón a los clientes.

Desde que los 54 juzgados empezaron su actividad el pasado 1 de junio, han recibido miles de demandas y, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se han dictado al menos 17 fallos. Todos ellos han inclinado la balanza a favor de los hipotecados.

Las sentencias conocidas hasta la fecha se han centrado principalmente en las cláusulas suelo opacas de los préstamos hipotecarios y en el reparto de los gastos de la constitución de la hipoteca. Y entre las entidades ‘condenadas’ están Banco Sabadell, Ibercaja, Liberbank y Cajamar.

Recordemos que estos juzgados especializados fueron impulsados por el CGPJ, que contó con el apoyo del Ministerio de Justicia y las administraciones autonómicas, para intentar el colapso de la justicia ordinaria ante la avalancha de reclamaciones por las cláusulas abusivas de las hipotecas. Hay un juzgado por provincia y otro por cada principal isla canaria y balear.

En sus primeros tres meses de actividad, algunos de los juzgados especializados más activos han sido el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Oviedo, el Juzgado de Primera Instancia número 50 de Barcelona, el Juzgado de Primera Instancia de Zaragoza número 12 bis, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santander bis, el Juzgado de Primera Instancia 25 Bis de Valencia y el Juzgado Número 2 de Lugo.

Durante el verano, estos juzgados han recibido miles de demandas: solo en el primer mes, se registraron más de 16.000 demandas. En Perea Abogados, especialistas en cláusulas suelo, les recomendamos a todos nuestros clientes revisar las cláusulas de sus hipotecas con la ayuda de nuestros abogados especialistas en vivienda.

Sentencias. Los 54 juzgados especializados en materia hipotecaria –uno por provincia y otro por cada principal isla canaria y balear- han emitido hasta la fecha 17 fallos. “Teniendo en cuenta los problemas informáticos iniciales, que agosto es inhábil y que las entidades financieras están apurando al máximo los plazos para contestar a las demandas, se puede decir que el ritmo de señalamientos del juzgado exclusivo es muy ágil”, declaró en julio el juez decano de Vigo, Germán Serrano, en una evaluación que bien vale para el conjunto de sedes.

 

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