Consejos legales para compartir un décimo de lotería

Compartir un décimo de lotería es una tradición muy común, pero si toca… también pueden aparecer conflictos. Perea Abogados te explica cómo protegerte legalmente antes del sorteo para evitar reclamaciones posteriores.

Compartir un décimo: ilusión sí, pero mejor con garantías

En Navidad y en otros grandes sorteos, es muy habitual compartir décimos de lotería entre familiares, amigos, compañeros de trabajo o grupos informales. La ilusión se comparte… pero si el décimo resulta premiado, pueden surgir problemas si no se dejó constancia clara de la participación real de cada uno.

En Perea Abogados vemos cada año reclamaciones por décimos compartidos en los que:

  • No quedó claro quién participaba
  • No se acreditaban las aportaciones
  • El depositario del décimo se negaba a repartir

Por eso, si vas a compartir un décimo, es fundamental dejar pruebas antes del sorteo. Aquí te explicamos cómo hacerlo de forma sencilla y segura.

¿Es legal compartir un décimo?

Sí. Compartir un décimo o una participación es totalmente legal. El problema no está en hacerlo, sino en poder demostrarlo si surge un conflicto.

Si no hay pruebas:

  • El décimo se considera propiedad del portador
  • Puede ser difícil reclamar la parte correspondiente

Por eso, aunque compartas el décimo con personas de confianza, lo mejor es documentarlo.

Cómo demostrar que el décimo es compartido

Hay varias formas válidas jurídicas para dejar constancia de la participación.

✔ Mensajes y fotos

Enviar al grupo de participantes:

  • Una foto del décimo
  • Un mensaje indicando quién participa y con qué porcentaje

Si los demás responden confirmando, esa prueba es incluso más sólida.

✔ Transferencias con concepto

Si cada participante hace una transferencia o bizum, es recomendable indicar en el concepto algo tipo:

  • “Participación décimo XXXX”
  • “Lotería Navidad – 20 euros”

Es una prueba documental clara en caso de litigio.

La recomendación de Perea Abogados

Si queréis máxima seguridad jurídica, esta es nuestra recomendación profesional:

  1. Realizar una fotocopia del décimo original.
  2. En esa fotocopia, anotar:
    • Nombre de todos los participantes
    • Porcentaje o cantidad con la que participa cada uno
    • Quién custodia el décimo original
  3. Firmar todos los participantes la fotocopia.

Este pequeño documento se convierte en una prueba contundente, porque:

  • Acredita el acuerdo
  • Evita disputas
  • Identifica al depositario del original
  • Elimina dudas si el décimo se extravía, desaparece o hay desacuerdo

No hace falta escritura pública ni nada más complejo: esta sencilla firma puede evitar muchos conflictos.

¿Qué hacer si el décimo sale premiado?

Lo más recomendable es:

  1. Ponerse de acuerdo sobre cómo se cobrará y dejarlo por escrito.
  2. Si el custodio va al banco, dejar constancia del reparto por escrito.
  3. Documentar cualquier transferencia posterior entre los participantes.

En premios elevados, además, puede haber cuestiones fiscales a considerar. Nuestro despacho puede asesorarte también en ese punto.

¿Y si alguien se queda el premio y no quiere repartirlo?

Si existen pruebas como:

  • Fotos
  • Mensajes
  • Firmas
  • Transferencias
  • Documentación del acuerdo

👉 Se puede reclamar legalmente y con posibilidades de éxito.

Si no existen pruebas, la reclamación será más compleja y dependerá de indicios y presunciones.

En cualquier caso, lo aconsejable es actuar de inmediato:

  • Intentar resolución amistosa
  • Enviar un requerimiento formal
  • Iniciar reclamación judicial si es necesario

Mejor prevenir que litigar

Compartir un décimo es una tradición preciosa… pero un mínimo de formalidad puede evitar que un premio acabe rompiendo una amistad, un grupo de compañeros o una relación familiar.

En resumen:

  • Documenta el acuerdo antes del sorteo
  • Guarda pruebas claras de participación
  • Si quieres máxima seguridad: fotocopia firmada del décimo
  • Si surge un problema, consulta cuanto antes

Que la suerte te sonría… y que el reparto no sea un problema.

Para cualquier consulta adicional sobre derecho fiscal y civil, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Tramita ya tu arraigo socioformativo 2025

El arraigo socioformativo es una nueva oportunidad para extranjeros que desean regularizar su situación en España a través de la formación. Descubre en qué consiste con Perea Abogados y cómo podemos ayudarte a obtener tu permiso de residencia.

¿Qué es el arraigo socioformativo?

El arraigo socioformativo es una nueva modalidad de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a personas extranjeras en España regularizar su situación a través de la formación reglada.

Este permiso, recientemente incorporado al Reglamento de Extranjería, surge como evolución del antiguo “arraigo para la formación” y se ha convertido en una de las vías más interesantes para quienes quieren vivir de forma legal en España y mejorar su acceso al mercado laboral.

Una oportunidad real para formarte y avanzar en España

Uno de los aspectos más destacados del arraigo socioformativo es que permite:

  • Realizar estudios válidos y reconocidos oficialmente
  • Compatibilizar la formación con actividad laboral
  • Establecer una vía realista hacia una futura autorización de residencia y trabajo

Este permiso está pensado para favorecer la integración social y profesional de las personas migrantes que ya están viviendo en España, ofreciéndoles una oportunidad de estabilidad, formación y mejora de la empleabilidad.

Novedades clave del nuevo arraigo

Entre los elementos más relevantes de esta figura destacan:

  • Se exige haber permanecido un periodo mínimo en España, aunque sin necesidad de residencia legal previa.
  • La autorización inicial tiene una duración de un año.
  • Permite estudiar y trabajar de forma compatible.
  • La formación admitida incluye enseñanzas oficiales, certificados profesionales y otros itinerarios formativos avalados.
  • Puede abrir la puerta a un permiso de trabajo posterior, si la formación se completa con éxito y se logra una inserción laboral adecuada.

En términos prácticos, se trata de una vía más flexible, moderna y ajustada a la realidad social y laboral de las personas extranjeras.

¿Es el arraigo socioformativo para ti?

Este permiso es especialmente adecuado para quienes:

  • Llevan tiempo viviendo en España
  • Desean regularizar su situación
  • Están dispuestos a realizar una formación reglada y con proyección laboral
  • Quieren mejorar su empleabilidad y estabilidad

Si te encuentras en esta situación, el arraigo socioformativo puede ser una gran oportunidad para avanzar legalmente en tu proyecto personal y profesional sin tener que esperar muchos años ni depender de ofertas de trabajo desde el primer momento.

¿Por qué contar con Perea Abogados?

En Perea Abogados, como especialistas en extranjería, sabemos que cada caso es diferente y que un permiso de residencia no se consigue solo presentando papeles. Es necesario:

  • Elegir correctamente la vía legal más adecuada
  • Preparar la documentación que realmente acredita la situación individual
  • Seleccionar una formación válida
  • Defender la solicitud ante la Administración si existen incidencias o riesgos de denegación

Nuestro equipo jurídico te ofrece:

  1. Asesoramiento personalizado y honesto desde el primer día
  2. Revisión y preparación completa del expediente
  3. Gestión de la presentación ante Extranjería
  4. Acompañamiento legal hasta la resolución

Nuestro objetivo es sencillo: que obtengas tu permiso sin incertidumbre ni trámites frustrantes.

¿Quieres solicitar tu arraigo socioformativo?

En Perea Abogados, especialistas en Inmigración y Extranjería, te ayudamos con todo el proceso para que puedas disfrutar de los beneficios de la residencia legal lo antes posible.

Para cualquier consulta adicional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Tramita tu Arraigo Familiar en España 2025

Si eres extranjero y tienes vínculos familiares con españoles, el arraigo familiar puede ser la vía más rápida y eficaz para obtener tu permiso de residencia en España. Desde Perea Abogados, especialistas en inmigración, te acompañamos en todo el proceso para que puedas regularizar tu situación con garantías, tranquilidad y sin errores.

¿Qué es el arraigo familiar?

El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que se concede a extranjeros que ya se encuentran en España y cuentan con un vínculo directo con ciudadanos españoles.

A diferencia de otros permisos de extranjería:

  • No exige demostrar una estancia larga previa en España,
  • En muchos casos no requiere contrato de trabajo,
  • Su tramitación suele ser más ágil que otras opciones,
  • Permite iniciar una vida estable y legal en España junto a la familia.

Por eso, se ha convertido en una de las vías más utilizadas por quienes desean vivir y trabajar legalmente en España cuanto antes.

¿Quién puede solicitar el arraigo familiar?

El arraigo familiar está pensado para personas que mantienen vínculos sólidos con ciudadanos españoles, como por ejemplo:

  • Padres y madres de hijos españoles con los que mantienen convivencia y responsabilidades de cuidado.
  • Hijos de padre o madre que hubieran sido originalmente españoles.
  • Otros supuestos contemplados por la normativa de extranjería vinculados al mantenimiento del núcleo familiar en España.

También se exige no tener antecedentes penales, no estar sujeto a prohibición de entrada al país y encontrarse actualmente en territorio español.

¿Por qué optar por el arraigo familiar?

Solicitar el arraigo familiar conlleva importantes ventajas:

✔ Un proceso más rápido

Al no exigir largos periodos de residencia previa ni contrato laboral en la mayoría de los casos, la concesión es ágil y permite comenzar a vivir legalmente sin retrasos innecesarios.

✔ Permiso de trabajo

El permiso concedido permite trabajar legalmente por cuenta propia o ajena, lo que abre oportunidades laborales y profesionales desde el primer día.

✔ Seguridad y estabilidad familiar

Garantiza la convivencia legal con los familiares en España evitando situaciones de vulnerabilidad o irregularidad.

✔ Camino hacia permisos de larga duración

El arraigo familiar es una puerta abierta para seguir avanzando hacia residencias más estables y, si corresponde, hacia la nacionalidad española.

¿Qué ocurre si se presenta mal la solicitud?

Aunque es un trámite más sencillo que otras vías, no está exento de riesgos:

  • Requerimientos adicionales por documentos mal presentados
  • Denegaciones por falta de acreditación del vínculo
  • Retrasos en la oficina de extranjería
  • Pérdida de tiempo y costes adicionales

Un error pequeño puede suponer meses de espera o la denegación del permiso.

Por eso, es fundamental contar con un abogado especialista que prepare correctamente el expediente y responda si la Administración solicita información adicional.

¿Cómo te ayudamos en Perea Abogados?

En Perea Abogados llevamos años asesorando a extranjeros en la obtención del arraigo familiar y otros permisos de residencia. Nuestro servicio incluye:

  • Estudio personalizado de tu situación
  • Preparación integral del expediente
  • Presentación telemática sin desplazamientos
  • Seguimiento continuo del estado del trámite
  • Respuesta a requerimientos
  • Acompañamiento hasta la resolución definitiva
  • Asesoramiento para futuras renovaciones o permisos de larga duración

Nuestro objetivo es que puedas regularizar tu vida en España sin estrés, sin errores y con la tranquilidad de estar en manos expertas.

¿Quieres solicitar tu arraigo familiar?

En Perea Abogados, especialistas en Inmigración y Extranjería, te ayudamos con todo el proceso para que puedas disfrutar de los beneficios de la residencia legal lo antes posible.

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Qué hacer si un progenitor se lleva a un hijo al extranjero

El conocido caso de Juana Rivas, que se negó a devolver a su hijo a su progenitor residente en Italia alegando malos tratos, puso en el centro del debate la sustracción internacional de menores.

Desde entonces, muchas familias se preguntan: ¿qué ocurre realmente en estos casos? ¿Qué pasos deben seguirse si uno de los progenitores traslada al hijo fuera del país sin consentimiento?

En este artículo, desde Perea Abogados, despacho especializado en Derecho de Familia, te explicamos qué es, cómo actuar y qué consecuencias legales tiene.

¿Qué se considera sustracción de menores?

El delito de sustracción de menores está regulado en el artículo 225 bis.1 del Código Penal español. Se comete cuando uno de los progenitores sustrae a un menor de su residencia habitual dentro del territorio nacional, incumpliendo una resolución judicial que establece el régimen de guarda y custodia.

Las penas previstas para este delito son de dos a cuatro años de prisión, además de una inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad de cuatro a diez años.

¿Qué es la sustracción internacional de menores?

La sustracción internacional de menores es una variante más grave del delito anterior, regulada en el artículo 225 bis.3 del Código Penal. En este caso, el progenitor traslada o retiene al menor en un país distinto al de su residencia habitual, incumpliendo el régimen de custodia.

Las penas son más severas: de tres a cuatro años de prisión y de siete a diez años de inhabilitación para ejercer la patria potestad.

Regulación internacional

La sustracción internacional de menores se regula principalmente por el Convenio de La Haya de 1980, tratado suscrito por más de 100 países, incluyendo todos los de la Unión Europea.

Este convenio establece los mecanismos de cooperación internacional necesarios para garantizar la restitución inmediata del menor a su país de origen, evitando que los procesos judiciales se alarguen durante meses o incluso años.

¿Influye el país al que se lleva al menor?

Sí. Es importante diferenciar dos situaciones:

  1. Cuando un progenitor traslada al menor a un país miembro de la Unión Europea, las autoridades aplican tanto el Convenio de La Haya como el Reglamento (UE) 2019/1111, conocido como Bruselas II ter, que agiliza el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales entre los Estados miembros.
  2. Si el país no pertenece a la UE pero sí al Convenio de La Haya, se aplica únicamente este tratado, lo que suele implicar procedimientos más largos y complejos debido a la cooperación entre autoridades centrales de ambos países.

¿Quién puede solicitar la restitución del menor?

Según el artículo 7 del Convenio de La Haya, la solicitud de restitución puede ser presentada por cualquier persona o institución que tenga conocimiento de la sustracción, incluso si no es familiar directo del menor.

Esto incluye a los progenitores, abuelos, tutores legales, servicios sociales o centros educativos.

La autoridad competente valorará la denuncia y dará inicio al procedimiento para garantizar que el menor regrese al progenitor titular de la custodia de forma rápida y segura.

¿Qué hacer si un progenitor se lleva al hijo al extranjero sin consentimiento?

Ante una situación de sustracción internacional de menores, es fundamental actuar con rapidez:

  • Si el menor se encuentra en otro país de la Unión Europea, la solicitud de restitución debe presentarse ante el tribunal español, que se comunicará directamente con el tribunal del país de destino. Este procedimiento es más rápido gracias a los mecanismos de cooperación europeos.
  • Si el menor ha sido llevado a un país fuera de la UE, la demanda debe presentarse ante la Autoridad Central Española, que coordinará el proceso con la autoridad competente del país receptor. En estos casos, el trámite puede ser más lento debido a la cooperación bilateral necesaria.

¿Por qué es importante actuar con urgencia?

El artículo 12 del Convenio de La Haya establece que, si no ha transcurrido más de un año desde la sustracción, la autoridad competente deberá ordenar la restitución inmediata del menor.

Por ello, iniciar los trámites de forma inmediata es crucial para aumentar las posibilidades de éxito y proteger el interés superior del menor, principio fundamental en todos los procedimientos de Derecho de Familia.

Conclusión

La sustracción internacional de menores es una situación compleja que requiere una respuesta legal rápida y coordinada. Si sospechas que tu expareja o cónyuge puede trasladar a tu hijo al extranjero sin consentimiento, consulta inmediatamente con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre divorcios, separaciones o menores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Validez del consentimiento y firma digital en contratos

En la era digital, los contratos ya no requieren papel ni presencia física para ser válidos. Gracias a la transformación tecnológica, hoy es posible firmar contratos laborales, mercantiles o hipotecarios directamente desde un ordenador o teléfono móvil, con la misma validez jurídica que los tradicionales.

¿Qué es el consentimiento informado digital?

El consentimiento informado digital es la manifestación de voluntad de las partes expresada por medios electrónicos. Es decir, se produce cuando una persona acepta las condiciones de un contrato de forma online, ya sea mediante una firma digital o pulsando un botón de «aceptar».

Para que este consentimiento sea válido jurídicamente, debe cumplir los mismos requisitos que el consentimiento tradicional: debe ser libre, consciente e informado, tal y como exige el Código Civil español en sus artículos 1261 y 1262.

Validez legal de los contratos electrónicos

Los contratos electrónicos tienen plena validez legal en España. Según el artículo 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), estos contratos producen los mismos efectos que los celebrados en papel. No obstante, es fundamental que el consumidor sea debidamente informado de:

  • Las condiciones generales del contrato.
  • Los derechos reconocidos por la Ley de Consumidores y Usuarios.
  • El derecho de desistimiento, garantía legal y otras protecciones.

Además, cuando se utilizan sistemas de firma electrónica certificada, los contratos electrónicos adquieren mayor seguridad jurídica y valor probatorio, lo que los convierte en una alternativa incluso más fiable que los contratos tradicionales.

¿Qué es el certificado de Logalty?

Logalty es un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza reconocido por el Reglamento eIDAS. Su función es garantizar la autenticidad de las partes que intervienen en un contrato digital, actuando como un notario digital.

Logalty emite certificados electrónicos que dan plena validez legal a la firma del documento. Entre sus modalidades de firma destacan:

  • Con clave centralizada.
  • Por voz.
  • Manuscrita digitalizada.

Este tipo de servicios otorgan una trazabilidad y seguridad jurídica total a los contratos electrónicos, esenciales en operaciones legales complejas.

Tipos de firma electrónica: ¿cuál necesito?

Existen tres tipos de firma electrónica, reconocidos por la normativa europea (Reglamento eIDAS), y cada uno ofrece un nivel distinto de seguridad jurídica:

1. Firma electrónica simple

Es la más básica. Incluye acciones como marcar una casilla o firmar con un lápiz digital. Aunque es válida, su valor probatorio es limitado, y puede generar dudas en caso de disputa legal.

2. Firma electrónica avanzada

Permite identificar al firmante de forma inequívoca. Este tipo de firma está asociada exclusivamente al usuario y garantiza la integridad del documento firmado. Ejemplos: Cl@ve PIN, certificado digital FNMT, etc.

3. Firma electrónica cualificada

Es la más segura y reconocida legalmente. Está respaldada por un certificado cualificado emitido por un Prestador de Servicios de Confianza, como Logalty. Su valor legal es equivalente al de una firma manuscrita ante notario. Se utiliza en documentos oficiales, contratos de alto valor o trámites judiciales.

¿Cómo garantizar la validez legal de tus contratos digitales?

Para que un contrato electrónico tenga plenos efectos jurídicos y sea seguro frente a reclamaciones futuras, es fundamental contar con:

  • Consentimiento digital válido.
  • Firma electrónica adecuada al tipo de trámite.
  • Certificación por parte de un proveedor cualificado.
  • Asesoramiento legal especializado.

¿Necesitas ayuda con contratos electrónicos o firmas digitales?

En Perea Abogados, asesoramos a empresas y particulares en la redacción, revisión y firma de contratos electrónicos, garantizando su plena validez jurídica conforme a la legislación vigente.

📞 No dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com y deja que nuestro equipo jurídico te ayude a proteger tus derechos en el entorno digital.

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