Menores: derechos de imagen, intimidad y honor

En anteriores artículos hemos hablado sobre los derechos de imagen, su uso, cesión, etc. En esta ocasión ampliaremos el tema aplicándolo al caso concreto de los menores de edad:

El honor, la intimidad e imagen de menores de edad

Los derechos de un menor merecen una especial protección, por lo que no deben ser sacrificados aunque se trate de comunicar una información exenta de ánimo de lucro y hasta socialmente relevante por el fin que se pretende.

Hoy en día, existen los medios técnicos suficientes para evitar, en todo caso, la identificación de los menores que aparecen en imágenes.

Así, la Ley de Protección jurídica de menores establece lo siguiente:

  • Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Este derecho comprende también la inviolabilidad del domicilio familiar, de la correspondencia y del secreto de las comunicaciones.
  • En caso de difundirse información o utilizarse imágenes de menores en medios de comunicación y afecten a su intimidad negativamente, será el Ministerio Fiscal quien solicité les medidas de protección así como indemnizaciones por daños y perjuicios correspondientes.
  • Es intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen del menor, cualquier utilización de su imagen o su nombre en los medios de comunicación que pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales.

Como ya se ha mencionado, independientemente de las acciones que puedan interponer los representantes legales, el Ministerio Fiscal, en todo caso, puede actuar de oficio para tomar medidas contra este tipo de intromisiones ilegitimas.

El consentimiento del menor de edad en cuanto a sus derechos

Cuando los menores no tengan capacidad natural suficiente, habrán de consentir sus representantes legales, y ello a pesar del carácter personalísimo que tradicionalmente se ha predicado de estos derechos fundamentales.

Dicho consentimiento deberá constar por escrito y ser comunicado al Ministerio

¿Qué se considera vulneración del derecho al honor, intimidad e imagen del menor?

Cualquier utilización de su imagen o su nombre en los medios de comunicación que pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales.

Cuando la intromisión tiene lugar a través de un medio de comunicación y afecta a un menor no cabe privarle de protección ni siquiera con base en una conducta propia del mismo, de sus progenitores o de otros familiares.

Para armonizar el derecho a informar y los derechos del menor habrá de partirse de que estará justificada la difusión de información veraz y de interés público aunque afecte a un menor siempre que no sea contraria a sus intereses, o cuando se empleen los medios para garantizar su anonimato.

Esperamos haberte ayudado. Si necesitas asesorarte sobre tus derechos personales o los de tus hijos, escríbenos.

Para cualquier consulta adicional sobre protección de datos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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La cesión de tus derechos de imagen

Vivimos en un mundo eminentemente visual, donde a través de internet, redes sociales y medios de comunicación de masas se produce un tráfico incesante de imágenes.

Muchas de ellas son representaciones de personas a las que asiste un derecho del que hablaremos a continuación: el Derecho de Imagen.

Tendremos que tener en cuenta una serie de cuestiones antes de lanzar una imagen que puede ser vista por miles de personas.

Una imagen es una representación visual de un objeto real o imaginario.

Cuando hablamos de derechos de imagen nos referimos a la representación visual de una persona. En este caso, es fundamental que se pueda identificar a la persona en esa imagen.

Con estos conceptos ya podemos definir el Derecho de Imagen: que es aquel que nos permite proteger la proyección de nuestra imagen y evitar usos no deseados de la misma.

Este es un derecho fundamental reconocido en la Constitución. Esto lo convierte en un derecho irrenunciable, inalienable e imprescriptible.

Podemos hacer un uso de nuestra propia imagen, podemos dejar que otros lo hagan o podemos prohibir que otros la usen sin nuestro consentimiento.

Ahora bien, podemos preguntarnos si este derecho se aplica a cualquier persona y en cualquier situación, y es ante esta duda cuando puede surgir la polémica.

Por ejemplo, habría que discernir si la persona de la imagen es un personaje público: en ese caso los límites de este derecho serían diferentes ya que entraría en juego el derecho a la información.

En el caso de que no seamos el protagonista principal de la fotografía, habría que estudiar el caso para ver si se puede reclamar el derecho de imagen.

DERECHOS DE IMAGEN EN LA RED

Con la aparición de internet y las redes sociales se ha descontrolado, debido al ingente tráfico de imágenes que se generan y circulan a diario.

Aunque sería inimaginable que se produjera una demanda masiva entre usuarios de la red que publican e intercambian fotografías, podemos entender que todas esas reproducciones sin el consentimiento de un tercero serían demandables.

DERECHOS DE IMAGEN Y ACTIVIDAD ECONÓMICA

Como hemos visto, las demandas entre particulares por usos típicos en las redes sociales no son comunes, ya que es impensable que tengamos que hacer un acuerdo de cesión de derechos con cada amigo, familiar o conocido del cual subimos una fotografía a la red.

El conflicto aparece cuando esa imagen tiene un fin comercial, de promoción o de cualquier actividad económica en general.

CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN

Cuando queramos utilizar la imagen de un tercero para realizar cualquier tipo de actividad económica, es importante que realicemos un contrato de cesión de derechos de imagen.

El contrato de cesión de derechos de imagen es un documento en el que se especifican las condiciones en las cuales se ceden dichos derechos de tal manera que el tercero sabrá por cuánto tiempo, para qué y por dónde se podrá hacer uso de dichos derechos.

Es importante que se especifiquen estas tres cuestiones en el contrato:

  • Tiempo
  • Lugar
  • Usos

Hay que definir muy bien en el contrato cada una de estas tres cuestiones.

Por ejemplo, un uso publicitario tendría una duración en tiempo menor de los derechos, a no ser que se publique en internet donde por su carácter global el tiempo en el que podría estar en circulación la imagen sería mayor.

Como vemos, y para evitar problemas en el futuro, es importante redactar un contrato bien detallado y estudiado del uso que vayamos a realizar de la imagen, contando para ello con profesionales cualificados y con experiencia.

Esperamos haberte ayudado. Si necesitas asesorarte sobre tu cesión de derechos de imagen, escríbenos.

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El ‘Monitorio’: reclama lo que te deben

Cuando ya no quedan otras vías y queremos cobrar a un moroso, podemos recurrir a lo que se conoce como proceso monitorio. Esta es una forma rápida y sencilla de reclamar el dinero de facturas pendientes.

El procedimiento monitorio surgió, precisamente, para combatir problemas de impago y ofrecer una alternativa eficaz para reclamar el cobro de deudas.

Está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil y se tramita a través de los Juzgados de Primera Instancia.

Para cobrar deuda a morosos a través del proceso monitorio no hay un límite de reclamación; aunque si la cantidad es inferior a 2.000€ no es obligatorio, aunque sí recomendable, contar con la presencia de un abogado y un procurador.

Si tienes facturas pendientes de cobro y quieres reclamarlas a través de este procedimiento has de cumplir antes con una serie de requisitos mínimos.

Estos son que la deuda sea:

  • Dineraria.
  • Vencida.
  • Exigible (que no esté sujeta a condiciones).
  • Determinada (una suma de dinero en concreto).

Además de esto, para iniciar el proceso debes presentar una serie de documentos ante el juez que prueben que existe una deuda pendiente y que las partes habéis mantenido una relación comercial.

Será imprescindible que cuentes con:

  • Documentos, sin importar cuál sea su forma o soporte, en el que aparezcan firmados o con cualquier otra señal, física o electrónica, de la persona deudora.
  • Facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, telefax o cualquier otra documento que acredite los créditos y deudas dinerarias.
  • Documentos comerciales que demuestren una relación anterior duradera junto al documento en el que conste la deuda.

En este caso, es muy recomendable contar con la ayuda de un profesional que te ayude a recopilar toda la información y a presentar tu petición en el juzgado.

Una vez efectuado este trámite, el moroso recibirá un requerimiento para pagar la deuda. A partir de ahí, se pueden dar tres escenarios diferentes:

  • El deudor paga y se archiva el procedimiento.
  • El deudor no paga en el plazo de veinte días ni comparece dando razones por escrito para no pagar. En cualquiera de los dos casos, se declarará terminado el proceso y el acreedor podrá iniciar la ejecución de esa cantidad. Esto podrá suponer el embargo de bienes, nóminas, etc. del deudor. Así, si la deuda es superior a 2.000€ será obligatorio contar con un abogado y un procurador que se encarguen de los trámites de la ejecución.
  • El deudor se opone por escrito al pago. Si la cantidad reclamada es inferior a los 6.000€ se cierra el proceso monitorio y se acuerda seguir los trámites del juicio verbal. Si es superior, se dispone de un plazo de un mes para presentar una demanda de Juicio Ordinario en reclamación de la deuda. En este caso, también es obligatorio estar asistido por un abogado y un procurador.

Esperamos haberte ayudado. Si necesitas ayuda para reclamar a los morosos, escríbenos.

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Las 3 razones por las que contratar a un abogado laboralista

El momento de comunicar a un empleado que cesará su trabajo en la empresa es, quizás, uno de los más delicados que debe afrontar un directivo dentro de su trayectoria profesional.

Es necesario prepararse de forma adecuada y contar con un especialista en despidos de trabajadores.

El despido produce la extinción del vínculo laboral entre el trabajador y la empresa.

Llegados a este punto, cómo interviene un abogado laboralista en el procedimiento de despido:

  • Te asesora sobre el tipo de despido. Hay tres tipos diferentes de despido: despido objetivo, despido disciplinario y despido colectivo o ERE.
    Cada uno de ellos posee unos derechos y unas indemnizaciones propias para cada trabajador que su abogado laboralista le informará.
  • Revisa que se haya cumplido pre-aviso y carta de despido cumpla los requisitos legales. La carta de despido es la forma que la empresa comunica al trabajador que no seguirá formando parte de su plantilla.
  • Tramitación del despido. El momento más duro y delicado. Es recomendable contar con un abogado laboralista para que sea él quien despida al trabajador de forma adecuada. Ofrecen apoyo legal tanto a la empresa como al trabajador.

En caso de que el trabajador demande, el abogado acudirá al Juzgado en representación de la empresa. En algunas ocasiones, el trabajador despedido puede no estar de acuerdo con el tipo de despido que se ha producido, por ello, tiene el derecho de recurrir judicialmente para impugnar la decisión tomada por la empresa.

Si el empleado no consigue un acuerdo con la empresa, será la justicia la que decida la validez o no de esta destitución y declarará el despido como:

  • Despido procedente (despido legal por causas objetivas)
  • Despido improcedente (el despido no se ha realizado correctamente, puede que solo sean los aspectos formales del despido o que no hayan suficientes razones para producirse)
  • Despido nulo (el despido se ha producido de forma injustificada).

¿Porqué contratar a un abogado laboralista para la tramitación de los despidos de su empresa?

En este artículo te ofrecemos algunas de las razones por las que contratar a un abogado laboralista para la tramitación de los despidos de tu empresa.

Puedes realizar éste delicado proceso de forma rigurosa con el apoyo de un equipo de abogados especialistas en despidos, que te asesorará durante todo el proceso y tramitará personalmente el despido,

Esperamos haberte ayudado. Si necesitas un equipo de abogados laboralistas, escríbenos.

Para cualquier consulta adicional sobre despidos o empresas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Escoger a un abogado que garantice los intereses del cliente de forma sencilla

En el artículo de hoy nos preguntamos: ¿Por qué de la importancia de escoger a un buen abogado? Porque todos nosotros, en algún punto de nuestra vida, de forma más o menos temprana, necesitaremos de asesoramiento jurídico, ya sea en forma de consejo legal o para llevarnos un caso a juicio. Llegado ese momento es necesario saber recurrir a un abogado que sea capaz de velar correctamente por nuestros intereses. Creemos firmemente que la presencia de un abogado se antoja fundamental en una decisión importante ya que, sin lugar a dudas, se trata de un profesional que tiene que saber gestionar nuestra consulta o problemática correctamente, y con una atención y cuidado única para cada caso.

Así pues, ¿A quién escoger tras centenares y centenares de abogados en Madrid?

¿CÓMO ESCOGER A UN BUEN ABOGADO?

A continuación presentamos un breve decálogo con los consejos imprescindibles para conseguir que la elección de un abogado sea lo más acertada posible:

1- Experiencia: Pilar número uno y, a nuestro entender, fundamental. Igual que no nos dejaríamos operar por un cirujano recién salido de la facultad de medicina o algún piloto que haya finalizado la escuela recientemente y con nula experiencia de vuelo, sólo un abogado experimentado podrá ofrecer el mejor asesoramiento y cuidar mejor los intereses de todas aquellas personas que acudan a su consulta.

2- Rama de especialización: Hay numerosas divisiones del derecho y cuando tengamos cualquier duda o conflicto, lo mejor es recurrir a la consulta de un profesional especializado en tu problemática. Hay abogados especializados en derecho constitucional, derecho internacional privado, penalista, derecho administrativo, derecho mercantil, derecho procesal civil o abogado laboral, abogado mercantil o abogados especializados en vivienda.

Si sabemos qué tipo de consulta queremos hacer, mejor dirigirnos a aquel letrado que esté más cualificado en su área. Si tenemos dudas, es aconsejable que antes de la primera consulta nos cercioremos que el profesional esté especializado en la materia que queremos tratar. Aun así, siempre será mejor contratar los servicios de un despacho de abogados que tenga varias áreas de actuación. Muchas veces nos encontramos con resolución de conflictos que afectan a la vida personal y a la empresarial.

3-Proximidad geográfica, creemos que te será de gran utilidad que el interlocutor que defienda tus derechos esté cerca de tu domicilio habitual, puesto que no te supondrá mucho esfuerzo si tienes que visitarlo. No escogerás a tu abogado porque simplemente esté más cerca de tu casa pero tampoco querrás que la persona que te lleve tu caso esté a más de dos horas de tu casa. Desaconsejamos esta opción porque a lo largo de un proceso judicial en numerosos casos necesitarás acudir a él para visitarlo, ver la evolución del caso o entregar papeles. Así mismo, su conocimiento de procuradores, fiscales y jueces, en los juzgados de su área de actuación ayudaran a formular la estrategia.

4.- Primera consulta: una vez hayas reducido tu decisión a algunos bufetes de abogados que respondan a tus expectativas lo mejor es realizar la consulta con aquellos pocos que te generen más confianza. En esta primera visita expón tu caso para que el letrado pueda opinar sobre tu situación, te explique la línea de actuación y el posible recorrido jurídico. Se trata de una toma de contacto vital para conocer de qué manera se estructurará tu caso. En Perea Abogados explicamos en nuestra primera consulta como fundamentamos la estrategia en base a un método concreto basado en la transparencia, la investigación y una ejecución precisa de las premisas.

5-Coste:  Una vez hayas finalizado la visita debes conocer los honorarios con todos los escenarios posibles; tanto el positivo como el negativo. Desconfía, y mucho, si un abogado te ofrece precios muy por debajo de mercado. Puede que te ahorres un poco pero si finalmente pierde tu caso habrás perdido mucho tiempo y dinero. El precio es, sin lugar a dudas, un elemento diferenciador y por este motivo debes conocer los honorarios y exigir transparencia, pero nuestro consejo es que no te guíes solamente por este factor.

6- Confianza: Asegúrate de que el abogado que hay detrás es de tu caso es de total confianza. Algún día escuché de un profesor que la confianza es binaria y no admite grados: o se tiene confianza en la otra persona o no se tiene. Si aquella persona es de tu total confianza, perfecto, pero si tienes algún tipo de dudas de que no se trata de la persona adecuada, acude a otro profesional con el que te sientas más cómodo y te ofrezca más garantías de éxito.

7-Accesibilidad: Muchas veces acudimos a un gran profesional pero apenas muestra atención ni el respeto adecuado por nuestra situación. Si ésta es tu primera sensación, mejor buscar alguien que te lleve el caso de la manera más personalizada. Toma nota si durante el tiempo que te atiende intenta acabar la visita rápidamente o hace otras cosas como podría ser revisar correos electrónicos o atender constantemente las llamadas telefónicas.

8- Interés propio: El mejor profesional es aquel que entiende tus inquietudes y te aconsejará en función de tus intereses. Un letrado de confianza no antepondrá sus intereses a los tuyos. Será leal y luchará hasta el máximo para que obtengas la mejor compensación.

9-Referencias: Pregunta por referencias de este abogado, si te lo ha recomendado un amigo o familiar, ya conocerás sus puntos fuertes. A veces incluso es necesario recurrir a Internet ya que suele ser una fuente muy fiable de información.

El volumen de interatividad en las redes sociales o escribir en un blog que aporte contenido interesante a la comunidad también es un buen indicativo para poder determinar el grado de implicación con la profesión.

10-Éxito en casos similares: Como el primer punto, la experiencia es un grado, pero también es muy importante que haya llevado casos similares con éxito. No es lo mismo un abogado laboralista experto en despidos que otro en derecho laboral experto en mobbing o acoso laboral. Aunque derivar sus intereses a un despacho de abogados especializado en múltiples áreas facilitará el proceso por el que ha acudido en esta ocasión y otros posteriores que pueden llegar a a surgir

Entendemos que para escoger a un buen abogado, son necesario tomar en consideración los puntos expuesto anteriormente pero evidentemente no son los únicos consejos a tener en cuenta, ya que hay más consideraciones a tener en cuenta.

Así pues, cuando requerimos de ayuda legal de un bufete de abogados, debemos estar tranquilos de haber sabido escoger la persona adecuada para que defienda nuestros intereses y, sin lugar a dudas, sea la más capacitada para llevar nuestro caso a buen puerto.

 

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