Son legales las empresas de recobros en España

La actividad que realizan este tipo de empresas genera muchas dudas entre los consumidores y nos hace preguntarnos si son completamente legales. La función de estas es hacer de intermediarias entre la empresa acreedora y el consumidor para el cobro de una deuda de este último.


En España, no existe legislación específica que regule a este tipo de empresas, por lo que son el Código Civil, la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios y la Ley de Protección de Datos, entre otras, las que se encargan de marcar los límites en las actividades de las empresas de recobro.

¿Es legal que cedan mis datos a una empresa de recobro?

Si una empresa cede los datos de un particular a un tercero para poder cobrar la deuda que tiene con él se considera una práctica legal, no obstante, debe de hacerse respetando unos principios y derechos básicos.

Con esto nos referimos, primeramente, a que se requiere la firma de un contrato entre la empresa acreedora y la empresa de recobro para iniciar el cobro de la deuda. Por ello la empresa acreedora debe tener el consentimiento del deudor para el tratamiento de sus datos personales.

Por consiguiente, la empresa acreedora es la responsable de los datos del deudor y la de recobro será la que se ocupe de su tratamiento. A este respecto, no existirá una cesión de datos a la empresa de recobro y por ello no necesitarán el consentimiento del titular para su tratamiento, será la empresa acreedora la que tenga que cumplir con su deber de legitimación e información para el tratamiento de los datos de la persona deudora en cuestión.

¿Qué características tiene que tener la deuda para poder ser cobrada?

La deuda, debe ser exigible, cierta y estar vencida. Si se diese el caso en que esta no exista o que este pendiente de un proceso judicial, no será factible recuperarla ni añadir al deudor en un fichero de morosos. En el supuesto que la empresa de recobro reclame esa deuda, será perfectamente viable denunciarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos.

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¿Cómo cobro siendo acreedor de una empresa en concurso?

Obviamente, a nadie le gusta cargar con deudas; sin embargo, sucede que, en muchos casos, el deudor se encuentra en una situación de incapacidad de pago por falta de recursos económicos; lo que le impide cumplir con las obligaciones adquiridas con ese acreedor, por lo que éste se ve en la necesidad de recurrir por la vía judicial o extrajudicial establecidas en la Legislación Española para el cobro de sus acreencias.

¿Quiénes son los acreedores?

Se denomina acreedor a toda persona natural o jurídica, que tenga la acción, el derecho a solicitar o reclamar el pago de alguna deuda, en virtud del vínculo crediticio, independientemente de su naturaleza, entre el acreedor y el deudor.

En otras palabras, el acreedor es quien transfiere su dinero, generalmente de buena fe al deudor, para que éste en las condiciones estipuladas entre sí, lo devuelva a quien se lo otorgó.

¿Puede siempre el acreedor cobrar sus acreencias?

Existen tres supuestos en los cuales el acreedor no podrá cobrar:

1.- Extinción de la obligación de pago

En este sentido, la Legislación Española, contempla la figura de la prescripción de la deuda, lo cual consiste en que pasado un determinado tiempo la deuda se extingue, aunque no haya sido pagada, de acuerdo a los períodos de prescripción establecido para cada tipo de deuda.

Esta figura no debe confundirse con la de caducidad; ya que en la prescripción se puede interrumpir el plazo de tiempo que queda hasta la extinción del derecho del acreedor a reclamar el pago de la deuda, pero en la caducidad no; por cuanto el plazo de caducidad no se puede parar de ninguna manera.

Si no se ejercita la acción a la que se tiene derecho dentro del plazo de caducidad, el derecho a llevar a cabo esa acción se extingue.

Importante señalar que, la prescripción debe ser alegada por el deudor, ya que no puede ser apreciada de oficio por el órgano jurisdiccional. En consecuencia, si el deudor no la alega, la acción del acreedor para reclamar el pago de la deuda será totalmente válida.

Por otro lado, si el deudor, se siente moralmente obligado a hacer el pago, podrá efectuar el pago, pasado el período de prescripción, aunque no esté obligado legalmente.

No obstante, la jurisprudencia de los Tribunales Españoles, es constante en la afirmación del criterio restrictivo con que ha de ser interpretada ésta modalidad de extinción de las obligaciones.

2.- Remisión de la deuda

Otro caso en que el acreedor no puede cobrar su acreencia, es cuando el mismo manifiesta su voluntad de renunciar, total o parcialmente, a su derecho de crédito, es decir, a cobrar la deuda, denominado jurídicamente condonación de la deuda

3.- Concurso de acreedores conforme a la Ley de Segundas Oportunidades

Como su propio nombre indica esta ley, también conocida como beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, perdona las deudas cuando el obligado no puede asumir el pago, atendiendo a las circunstancias de ese deudor; produciéndose así, un cambio de paradigma, con estas modificaciones legislativas, que evidentemente benefician a los deudores, evitándoles sufrir un fracaso económico y permitiéndoles iniciar de cero.

¿En un concurso de acreedores quién puede no cobrar su acreencia?

Desde la perspectiva más general, cuando concurren varios acreedores, ante un deudor, los cuales se encuentran en igualdad, de acuerdo al Principio General de Derecho, denominado ¨conditio creditorum´, se llaman para que integren la Masa Pasiva del Concurso, buscando satisfacer la mayor parte de las acreencias, en el menor tiempo posible; lo cual no resulta de manera absoluta, por estar sometido a ciertas limitaciones.

De allí, que se presentaran ocasiones en las que el acreedor, se verá imposibilitado para hacer efectivo el cobre de sus acreencias, al no activar los mecanismos de cobro oportunamente, o por otras circunstancias contenidas en la normativa legal correspondiente.

Es así como en un concurso de acreedores, los últimos en cobrar son aquellos que correspondan a los créditos ordinarios y subordinados

Para el caso de los acreedores por créditos ordinarios, lo que en su mayoría son los proveedores habituales de la empresa serán los que tengan mayor dificultad para cobrar la acreencia, por cuanto no suelen ejercer garantía hipotecaria ni pignoraticia sobre sus operaciones comerciales, al contrario de lo que habitualmente hacen los bancos y entidades financieras.

Con relación a los acreedores de créditos subordinados cuyas acreencias abarcan desde las multas, sanciones, deudas con socios, intereses de créditos e incluso las deudas cuya comunicación se ha producido fuera del plazo designado por el administrador concursal suelen ser los que nunca cobran por no alcanzar la liquidez de la masa concursal.

Todas estas figuras o instrumentos jurídicos representan para los acreedores situaciones que pueden impedir materializar la recuperación de sus acreencias, por inacción en su gestión de cobranza o porque así lo estipule la Ley.

Esperamos haberte ayudado.

Para cualquier consulta adicional sobre empresas en bancarrota, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Escoger a un abogado que garantice los intereses del cliente de forma sencilla

En el artículo de hoy nos preguntamos: ¿Por qué de la importancia de escoger a un buen abogado? Porque todos nosotros, en algún punto de nuestra vida, de forma más o menos temprana, necesitaremos de asesoramiento jurídico, ya sea en forma de consejo legal o para llevarnos un caso a juicio. Llegado ese momento es necesario saber recurrir a un abogado que sea capaz de velar correctamente por nuestros intereses. Creemos firmemente que la presencia de un abogado se antoja fundamental en una decisión importante ya que, sin lugar a dudas, se trata de un profesional que tiene que saber gestionar nuestra consulta o problemática correctamente, y con una atención y cuidado única para cada caso.

Así pues, ¿A quién escoger tras centenares y centenares de abogados en Madrid?

¿CÓMO ESCOGER A UN BUEN ABOGADO?

A continuación presentamos un breve decálogo con los consejos imprescindibles para conseguir que la elección de un abogado sea lo más acertada posible:

1- Experiencia: Pilar número uno y, a nuestro entender, fundamental. Igual que no nos dejaríamos operar por un cirujano recién salido de la facultad de medicina o algún piloto que haya finalizado la escuela recientemente y con nula experiencia de vuelo, sólo un abogado experimentado podrá ofrecer el mejor asesoramiento y cuidar mejor los intereses de todas aquellas personas que acudan a su consulta.

2- Rama de especialización: Hay numerosas divisiones del derecho y cuando tengamos cualquier duda o conflicto, lo mejor es recurrir a la consulta de un profesional especializado en tu problemática. Hay abogados especializados en derecho constitucional, derecho internacional privado, penalista, derecho administrativo, derecho mercantil, derecho procesal civil o abogado laboral, abogado mercantil o abogados especializados en vivienda.

Si sabemos qué tipo de consulta queremos hacer, mejor dirigirnos a aquel letrado que esté más cualificado en su área. Si tenemos dudas, es aconsejable que antes de la primera consulta nos cercioremos que el profesional esté especializado en la materia que queremos tratar. Aun así, siempre será mejor contratar los servicios de un despacho de abogados que tenga varias áreas de actuación. Muchas veces nos encontramos con resolución de conflictos que afectan a la vida personal y a la empresarial.

3-Proximidad geográfica, creemos que te será de gran utilidad que el interlocutor que defienda tus derechos esté cerca de tu domicilio habitual, puesto que no te supondrá mucho esfuerzo si tienes que visitarlo. No escogerás a tu abogado porque simplemente esté más cerca de tu casa pero tampoco querrás que la persona que te lleve tu caso esté a más de dos horas de tu casa. Desaconsejamos esta opción porque a lo largo de un proceso judicial en numerosos casos necesitarás acudir a él para visitarlo, ver la evolución del caso o entregar papeles. Así mismo, su conocimiento de procuradores, fiscales y jueces, en los juzgados de su área de actuación ayudaran a formular la estrategia.

4.- Primera consulta: una vez hayas reducido tu decisión a algunos bufetes de abogados que respondan a tus expectativas lo mejor es realizar la consulta con aquellos pocos que te generen más confianza. En esta primera visita expón tu caso para que el letrado pueda opinar sobre tu situación, te explique la línea de actuación y el posible recorrido jurídico. Se trata de una toma de contacto vital para conocer de qué manera se estructurará tu caso. En Perea Abogados explicamos en nuestra primera consulta como fundamentamos la estrategia en base a un método concreto basado en la transparencia, la investigación y una ejecución precisa de las premisas.

5-Coste:  Una vez hayas finalizado la visita debes conocer los honorarios con todos los escenarios posibles; tanto el positivo como el negativo. Desconfía, y mucho, si un abogado te ofrece precios muy por debajo de mercado. Puede que te ahorres un poco pero si finalmente pierde tu caso habrás perdido mucho tiempo y dinero. El precio es, sin lugar a dudas, un elemento diferenciador y por este motivo debes conocer los honorarios y exigir transparencia, pero nuestro consejo es que no te guíes solamente por este factor.

6- Confianza: Asegúrate de que el abogado que hay detrás es de tu caso es de total confianza. Algún día escuché de un profesor que la confianza es binaria y no admite grados: o se tiene confianza en la otra persona o no se tiene. Si aquella persona es de tu total confianza, perfecto, pero si tienes algún tipo de dudas de que no se trata de la persona adecuada, acude a otro profesional con el que te sientas más cómodo y te ofrezca más garantías de éxito.

7-Accesibilidad: Muchas veces acudimos a un gran profesional pero apenas muestra atención ni el respeto adecuado por nuestra situación. Si ésta es tu primera sensación, mejor buscar alguien que te lleve el caso de la manera más personalizada. Toma nota si durante el tiempo que te atiende intenta acabar la visita rápidamente o hace otras cosas como podría ser revisar correos electrónicos o atender constantemente las llamadas telefónicas.

8- Interés propio: El mejor profesional es aquel que entiende tus inquietudes y te aconsejará en función de tus intereses. Un letrado de confianza no antepondrá sus intereses a los tuyos. Será leal y luchará hasta el máximo para que obtengas la mejor compensación.

9-Referencias: Pregunta por referencias de este abogado, si te lo ha recomendado un amigo o familiar, ya conocerás sus puntos fuertes. A veces incluso es necesario recurrir a Internet ya que suele ser una fuente muy fiable de información.

El volumen de interatividad en las redes sociales o escribir en un blog que aporte contenido interesante a la comunidad también es un buen indicativo para poder determinar el grado de implicación con la profesión.

10-Éxito en casos similares: Como el primer punto, la experiencia es un grado, pero también es muy importante que haya llevado casos similares con éxito. No es lo mismo un abogado laboralista experto en despidos que otro en derecho laboral experto en mobbing o acoso laboral. Aunque derivar sus intereses a un despacho de abogados especializado en múltiples áreas facilitará el proceso por el que ha acudido en esta ocasión y otros posteriores que pueden llegar a a surgir

Entendemos que para escoger a un buen abogado, son necesario tomar en consideración los puntos expuesto anteriormente pero evidentemente no son los únicos consejos a tener en cuenta, ya que hay más consideraciones a tener en cuenta.

Así pues, cuando requerimos de ayuda legal de un bufete de abogados, debemos estar tranquilos de haber sabido escoger la persona adecuada para que defienda nuestros intereses y, sin lugar a dudas, sea la más capacitada para llevar nuestro caso a buen puerto.

 

Convertir su compañía en eficiente por medio de la reestructuración

Las asesorías para empresas en crisis ofrecen diferentes soluciones dependiendo de cuales sean las necesidades de tu empresa. Los cinco casos más comunes que se presentan a lo largo de la vida de las empresas son abordados por Perea Abogados con celeridad para atajar las deficiencias. Las empresas que se ponen en manos de la firma tienen la garantía de volver a poner su compañía en el lugar que se merece. Reestructuramos la arquitectura de su negocio hasta que se devuelve a la senda del crecimiento y la competitividad. Convertir a las empresas en crisis en empresas “felices” es nuestro principal objetivo.

-Caso 1. Tu empresa sufre una crisis de tesorería. La situación de insolvencia de tu compañía no te permiten pagar a los acreedores a tiempo. No tiene porque ser el fin, siempre que sepas cómo negociar.

Solución. Reestructurar o refinanciar tus deudas. Una asesoría para empresas en crisis intentará negociar acuerdos de refinanciación con tu banco y buscar financiación por vías extraordinarias. Refinanciar las deudas de una empresa es un proceso complejo que se puede alargar más de lo esperado. Por eso, es aconsejable contar con el apoyo de profesionales (asesores legales, fiscales y financieros) que aporten experiencia y agilidad en este tipo de operaciones.

-Caso 2. Tu empresa está al borde del concurso de acreedores. Has barajado todas las posibilidades y la más adecuada es acogerse al preconcurso o concurso de acreedores. En este punto, una de tus prioridades es apostar por la continuidad de la compañía; la otra, proteger tu patrimonio personal.

Solución. Si se aborda a tiempo, el concurso de acreedores puede ser la salvación de tu compañía. El problema es que se suele ejecutar demasiado tarde. Por eso, una buena asesoría para empresas en crisis debe actuar de forma ágil y rápida. En un primer momento puede llegar a ser interesante solicitar primero el preconcurso (no siempre), en el que se concede  un “tiempo extra” para  la que la empresa mejore su situación. Agotada esta vía se presenta el concurso. Este servicio no es caro, si elegimos bien. En Perea Abogados tenemos tarifas que pueden llegar a ser hasta un 75% inferiores a los honorarios del colegio de abogados.

-Caso 3. Quieres vender tu empresa. La compra-venta de empresas en crisis es un negocio muy atractivo. Hay compañías especializadas en este tipo de traspasos, y a su vez emprendedores que querrán apostar por reflotar tu compañía, en lugar de empezar desde cero.

Solución. Necesitas una asesoría que actúe como un intermediario. Lo primordial es su red de contactos. Los compradores adecuados sólo se encuentran en canales específicos. Por eso, su asesoría valorará todas las posibilidades de compra. Tiene que trabajar en colaboración con inversores particulares, family office, capital riesgo y business angels.

-Caso 4. Tu empresa no cuenta con una estructura organizativa adecuada. Muchas pymes o startups de reciente creación no cuentan con los recursos suficientes como para contratar a directivos con experiencia. Esta puede ser una de las causas de sus problemas a nivel organizativo y ejecutivo.

Solución. Apuesta por el programa de directivos “inplacement”. Esto consiste en contratar a un directivo por un tiempo determinado para un proyecto concreto. Lo importante es que permite mejorar la capacidad directiva y estratégica de las pequeñas empresas que no pueden acceder por cuestiones de coste a ese talento. Eso sí, asegurate de que el experto -ya sea director financiero, de recursos humanos, marketing o compras, entre otros- cuente con una experiencia de más de diez años en su sector.

-Caso 5. Tu empresa tiene excesivos gastos. Las compañías que están atravesando dificultades económicas deben mirar con lupa sus gastos diarios, con los que están perdiendo dinero que podría invertirse en áreas estratégicas.

Solución. Optimizar costes puede ayudarte a mejorar los resultados de tu empresa y su posicionamiento frente a la competencia. Dependiendo de la estructura y tamaño de la empresa, estos costes pueden suponer hasta un 25% de su cuenta de resultados. Es clave analizar si el consumo de la compañía es eficiente y/o mejorable detectando las diferentes oportunidades de ahorro. En esto entran los gastos estratégicos, como gastos de personal o stocks pero también  los no estratégicos, como telecomunicaciones o energía.

En Perea Abogados ofrecemos todos y cada uno de estos servicios. Si tu empresa está en crisis, te acompañamos durante todo el camino, sean cuales sean tus necesidades. Lo particular de nuestro sistema es que combinamos el trabajo externo de consultoría con el interno de un miembro de nuestro equipo. A día de hoy, nuestro equipo ha tenido un éxito del 100% en todos los procesos de reestructuración y salvamento en los que hemos intervenido de inicio a fin.

Las asesorías para empresas en crisis ofrecen diferentes soluciones dependiendo de cuales sean las necesidades de tu empresa. Los cinco casos más comunes que se presentan a lo largo de la vida de las empresas son abordados por Perea Abogados con celeridad para atajar las deficiencias. Las empresas que se ponen en manos de la firma tienen la garantía de volver a poner su compañía en el lugar que se merece. Reestructuramos la arquitectura de su negocio hasta que se devuelve a la senda del crecimiento y la competitividad. Convertir a las empresas en crisis en empresas “felices” es nuestro principal objetivo.

-Caso 1. Tu empresa sufre una crisis de tesorería. La situación de insolvencia de tu compañía no te permiten pagar a los acreedores a tiempo. No tiene porque ser el fin, siempre que sepas cómo negociar.

Solución. Reestructurar o refinanciar tus deudas. Una asesoría para empresas en crisis intentará negociar acuerdos de refinanciación con tu banco y buscar financiación por vías extraordinarias. Refinanciar las deudas de una empresa es un proceso complejo que se puede alargar más de lo esperado. Por eso, es aconsejable contar con el apoyo de profesionales (asesores legales, fiscales y financieros) que aporten experiencia y agilidad en este tipo de operaciones.

-Caso 2. Tu empresa está al borde del concurso de acreedores. Has barajado todas las posibilidades y la más adecuada es acogerse al preconcurso o concurso de acreedores. En este punto, una de tus prioridades es apostar por la continuidad de la compañía; la otra, proteger tu patrimonio personal.

Solución. Si se aborda a tiempo, el concurso de acreedores puede ser la salvación de tu compañía. El problema es que se suele ejecutar demasiado tarde. Por eso, una buena asesoría para empresas en crisis debe actuar de forma ágil y rápida. En un primer momento puede llegar a ser interesante solicitar primero el preconcurso (no siempre), en el que se concede  un “tiempo extra” para  la que la empresa mejore su situación. Agotada esta vía se presenta el concurso. Este servicio no es caro, si elegimos bien. En Perea Abogados tenemos tarifas que pueden llegar a ser hasta un 75% inferiores a los honorarios del colegio de abogados.

-Caso 3. Quieres vender tu empresa. La compra-venta de empresas en crisis es un negocio muy atractivo. Hay compañías especializadas en este tipo de traspasos, y a su vez emprendedores que querrán apostar por reflotar tu compañía, en lugar de empezar desde cero.

Solución. Necesitas una asesoría que actúe como un intermediario. Lo primordial es su red de contactos. Los compradores adecuados sólo se encuentran en canales específicos. Por eso, su asesoría valorará todas las posibilidades de compra. Tiene que trabajar en colaboración con inversores particulares, family office, capital riesgo y business angels.

-Caso 4. Tu empresa no cuenta con una estructura organizativa adecuada. Muchas pymes o startups de reciente creación no cuentan con los recursos suficientes como para contratar a directivos con experiencia. Esta puede ser una de las causas de sus problemas a nivel organizativo y ejecutivo.

Solución. Apuesta por el programa de directivos “inplacement”. Esto consiste en contratar a un directivo por un tiempo determinado para un proyecto concreto. Lo importante es que permite mejorar la capacidad directiva y estratégica de las pequeñas empresas que no pueden acceder por cuestiones de coste a ese talento. Eso sí, asegurate de que el experto -ya sea director financiero, de recursos humanos, marketing o compras, entre otros- cuente con una experiencia de más de diez años en su sector.

-Caso 5. Tu empresa tiene excesivos gastos. Las compañías que están atravesando dificultades económicas deben mirar con lupa sus gastos diarios, con los que están perdiendo dinero que podría invertirse en áreas estratégicas.

Solución. Optimizar costes puede ayudarte a mejorar los resultados de tu empresa y su posicionamiento frente a la competencia. Dependiendo de la estructura y tamaño de la empresa, estos costes pueden suponer hasta un 25% de su cuenta de resultados. Es clave analizar si el consumo de la compañía es eficiente y/o mejorable detectando las diferentes oportunidades de ahorro. En esto entran los gastos estratégicos, como gastos de personal o stocks pero también  los no estratégicos, como telecomunicaciones o energía.

En Perea Abogados ofrecemos todos y cada uno de estos servicios. Si tu empresa está en crisis, te acompañamos durante todo el camino, sean cuales sean tus necesidades. Lo particular de nuestro sistema es que combinamos el trabajo externo de consultoría con el interno de un miembro de nuestro equipo. A día de hoy, nuestro equipo ha tenido un éxito del 100% en todos los procesos de reestructuración y salvamento en los que hemos intervenido de inicio a fin.

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