Tramita ya tu arraigo socioformativo 2025

El arraigo socioformativo es una nueva oportunidad para extranjeros que desean regularizar su situación en España a través de la formación. Descubre en qué consiste con Perea Abogados y cómo podemos ayudarte a obtener tu permiso de residencia.

¿Qué es el arraigo socioformativo?

El arraigo socioformativo es una nueva modalidad de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a personas extranjeras en España regularizar su situación a través de la formación reglada.

Este permiso, recientemente incorporado al Reglamento de Extranjería, surge como evolución del antiguo “arraigo para la formación” y se ha convertido en una de las vías más interesantes para quienes quieren vivir de forma legal en España y mejorar su acceso al mercado laboral.

Una oportunidad real para formarte y avanzar en España

Uno de los aspectos más destacados del arraigo socioformativo es que permite:

  • Realizar estudios válidos y reconocidos oficialmente
  • Compatibilizar la formación con actividad laboral
  • Establecer una vía realista hacia una futura autorización de residencia y trabajo

Este permiso está pensado para favorecer la integración social y profesional de las personas migrantes que ya están viviendo en España, ofreciéndoles una oportunidad de estabilidad, formación y mejora de la empleabilidad.

Novedades clave del nuevo arraigo

Entre los elementos más relevantes de esta figura destacan:

  • Se exige haber permanecido un periodo mínimo en España, aunque sin necesidad de residencia legal previa.
  • La autorización inicial tiene una duración de un año.
  • Permite estudiar y trabajar de forma compatible.
  • La formación admitida incluye enseñanzas oficiales, certificados profesionales y otros itinerarios formativos avalados.
  • Puede abrir la puerta a un permiso de trabajo posterior, si la formación se completa con éxito y se logra una inserción laboral adecuada.

En términos prácticos, se trata de una vía más flexible, moderna y ajustada a la realidad social y laboral de las personas extranjeras.

¿Es el arraigo socioformativo para ti?

Este permiso es especialmente adecuado para quienes:

  • Llevan tiempo viviendo en España
  • Desean regularizar su situación
  • Están dispuestos a realizar una formación reglada y con proyección laboral
  • Quieren mejorar su empleabilidad y estabilidad

Si te encuentras en esta situación, el arraigo socioformativo puede ser una gran oportunidad para avanzar legalmente en tu proyecto personal y profesional sin tener que esperar muchos años ni depender de ofertas de trabajo desde el primer momento.

¿Por qué contar con Perea Abogados?

En Perea Abogados, como especialistas en extranjería, sabemos que cada caso es diferente y que un permiso de residencia no se consigue solo presentando papeles. Es necesario:

  • Elegir correctamente la vía legal más adecuada
  • Preparar la documentación que realmente acredita la situación individual
  • Seleccionar una formación válida
  • Defender la solicitud ante la Administración si existen incidencias o riesgos de denegación

Nuestro equipo jurídico te ofrece:

  1. Asesoramiento personalizado y honesto desde el primer día
  2. Revisión y preparación completa del expediente
  3. Gestión de la presentación ante Extranjería
  4. Acompañamiento legal hasta la resolución

Nuestro objetivo es sencillo: que obtengas tu permiso sin incertidumbre ni trámites frustrantes.

¿Quieres solicitar tu arraigo socioformativo?

En Perea Abogados, especialistas en Inmigración y Extranjería, te ayudamos con todo el proceso para que puedas disfrutar de los beneficios de la residencia legal lo antes posible.

Para cualquier consulta adicional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Tramita tu Arraigo Familiar en España 2025

Si eres extranjero y tienes vínculos familiares con españoles, el arraigo familiar puede ser la vía más rápida y eficaz para obtener tu permiso de residencia en España. Desde Perea Abogados, especialistas en inmigración, te acompañamos en todo el proceso para que puedas regularizar tu situación con garantías, tranquilidad y sin errores.

¿Qué es el arraigo familiar?

El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que se concede a extranjeros que ya se encuentran en España y cuentan con un vínculo directo con ciudadanos españoles.

A diferencia de otros permisos de extranjería:

  • No exige demostrar una estancia larga previa en España,
  • En muchos casos no requiere contrato de trabajo,
  • Su tramitación suele ser más ágil que otras opciones,
  • Permite iniciar una vida estable y legal en España junto a la familia.

Por eso, se ha convertido en una de las vías más utilizadas por quienes desean vivir y trabajar legalmente en España cuanto antes.

¿Quién puede solicitar el arraigo familiar?

El arraigo familiar está pensado para personas que mantienen vínculos sólidos con ciudadanos españoles, como por ejemplo:

  • Padres y madres de hijos españoles con los que mantienen convivencia y responsabilidades de cuidado.
  • Hijos de padre o madre que hubieran sido originalmente españoles.
  • Otros supuestos contemplados por la normativa de extranjería vinculados al mantenimiento del núcleo familiar en España.

También se exige no tener antecedentes penales, no estar sujeto a prohibición de entrada al país y encontrarse actualmente en territorio español.

¿Por qué optar por el arraigo familiar?

Solicitar el arraigo familiar conlleva importantes ventajas:

✔ Un proceso más rápido

Al no exigir largos periodos de residencia previa ni contrato laboral en la mayoría de los casos, la concesión es ágil y permite comenzar a vivir legalmente sin retrasos innecesarios.

✔ Permiso de trabajo

El permiso concedido permite trabajar legalmente por cuenta propia o ajena, lo que abre oportunidades laborales y profesionales desde el primer día.

✔ Seguridad y estabilidad familiar

Garantiza la convivencia legal con los familiares en España evitando situaciones de vulnerabilidad o irregularidad.

✔ Camino hacia permisos de larga duración

El arraigo familiar es una puerta abierta para seguir avanzando hacia residencias más estables y, si corresponde, hacia la nacionalidad española.

¿Qué ocurre si se presenta mal la solicitud?

Aunque es un trámite más sencillo que otras vías, no está exento de riesgos:

  • Requerimientos adicionales por documentos mal presentados
  • Denegaciones por falta de acreditación del vínculo
  • Retrasos en la oficina de extranjería
  • Pérdida de tiempo y costes adicionales

Un error pequeño puede suponer meses de espera o la denegación del permiso.

Por eso, es fundamental contar con un abogado especialista que prepare correctamente el expediente y responda si la Administración solicita información adicional.

¿Cómo te ayudamos en Perea Abogados?

En Perea Abogados llevamos años asesorando a extranjeros en la obtención del arraigo familiar y otros permisos de residencia. Nuestro servicio incluye:

  • Estudio personalizado de tu situación
  • Preparación integral del expediente
  • Presentación telemática sin desplazamientos
  • Seguimiento continuo del estado del trámite
  • Respuesta a requerimientos
  • Acompañamiento hasta la resolución definitiva
  • Asesoramiento para futuras renovaciones o permisos de larga duración

Nuestro objetivo es que puedas regularizar tu vida en España sin estrés, sin errores y con la tranquilidad de estar en manos expertas.

¿Quieres solicitar tu arraigo familiar?

En Perea Abogados, especialistas en Inmigración y Extranjería, te ayudamos con todo el proceso para que puedas disfrutar de los beneficios de la residencia legal lo antes posible.

Para cualquier consulta adicional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Tramita tu Arraigo Social en 2025

Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, el arraigo social se ha modificado con importantes novedades que pueden beneficiarte y hacer más fácil tú obtención de residencia en España.

¿A quién va dirigido?

A extranjeros que tienen vínculos familiares con otras personas extranjeras con residencia legal o quieren emprender un negocio por cuenta propia en España.

¿Qué necesitas?

  • Acreditar el vínculo familiar o el emprendimiento que vas a desempeñar
  • Indicar los medios económicos que posees o tiene su familiar
  • Residir en España al menos 2 años previos a la solicitud de manera irregular pero continuada.
  • No contar con antecedentes penales ni en tu país de origen ni en España.

Todos los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y traducidos por traductor jurado si están en otro idioma.

Una vez admitida a trámite la solicitud, tienes diez días hábiles para abonar la tasa. El plazo de resolución es de tres meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Una vez se te concede el Arraigo Social, podrás trabajar en España de manera legal durante la vigencia de la tarjeta que, inicialmente, será de UN AÑO.

OJO: Tienes un plazo de UN MES desde que te conceden el permiso para obtener tu Tarjeta de Residencia (T.I.E.)

¿Cómo renuevo mi permiso?

Es imprescindible hacerlo dentro de los plazos estipulados:

  • Dos meses antes del vencimiento de tu T.I.E
  • Hasta 3 meses después de la caducidad de la tarjeta.

Nosotros recomendamos hacerlo siempre antes, para evitar sorpresas y sanciones.

¿Necesitas ayuda para tramitar tu permiso?

Si te sientes abrumado por los trámites o no estás seguro de poder solicitar este u otros arraigos, no te preocupes.

En Perea Abogados, especialistas en Inmigración y Extranjería, te ayudamos con todo el proceso para que puedas disfrutar de los beneficios de la residencia legal lo antes posible.

Para cualquier consulta adicional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Arraigo sociolaboral: nueva vía para regularizar tu situación en España

¿Llevas más de dos años en España y tienes uno o varios contratos de trabajo?
Gracias al nuevo Real Decreto 1155/2024, ahora puedes regularizar tu situación a través del arraigo sociolaboral, una nueva autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitar esta autorización los extranjeros que:

  • No sean ciudadanos de la UE, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, ni familiares a los que se aplique el régimen comunitario.
  • Se encuentren en España (no se puede solicitar desde fuera).
  • No tengan una solicitud de protección internacional (asilo) en curso ni la hayan tenido durante los dos últimos años computables.
  • Hayan residido de forma continuada en España durante al menos dos años (con prueba documental).
  • Carezcan de antecedentes penales.
  • No representen un peligro para el orden público o la seguridad.
  • No estén dentro del plazo de compromiso de no retorno, en su caso.
  • Cuenten con contrato o contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales y garanticen, como mínimo, el salario mínimo interprofesional (SMI) o el estipulado en convenio.

¿Qué tipo de contrato se exige?

Pueden presentarse:

  • Contratos concatenados, si se trata de trabajos de temporada o naturaleza estacional.
  • Contratos simultáneos con diferentes empleadores, si se trata de actividades parciales en más de una empresa.

Además, la empresa que contrata debe:

  • Estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Acreditar medios suficientes para sostener el contrato y el proyecto empresarial.

¿Qué beneficios tiene esta autorización?

  • Permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia sin limitaciones geográficas ni sectoriales.
  • Tiene una vigencia de un año.
  • Puede prorrogarse o modificarse a una autorización de residencia y trabajo inicial si se siguen cumpliendo los requisitos y se acredita la búsqueda activa de empleo.

¿Cómo podemos ayudarte?

En nuestro despacho contamos con experiencia en regularizaciones por circunstancias excepcionales y en el acompañamiento jurídico a personas extranjeras. Si llevas dos años en España, trabajas o puedes acreditar una oferta laboral, esta puede ser tu oportunidad para regularizar tu situación.

Contáctanos y te ayudamos a presentar tu solicitud con todas las garantías.

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Arraigo de Segunda Oportunidad: Recupera tu residencia

Desde el 20 mayo de 2025, el ordenamiento jurídico español incorpora una nueva figura pensada para personas extranjeras que, por causas ajenas a su voluntad, perdieron su permiso de residencia: el arraigo de segunda oportunidad.

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite regularizar la situación legal de muchas personas que han quedado fuera del sistema sin haber cometido infracción alguna.

¿Quién puede beneficiarse del arraigo de segunda oportunidad?

Esta figura está dirigida a personas extranjeras que:

  • Hayan sido titulares de una autorización de residencia (no por circunstancias excepcionales) en los dos años previos a la solicitud.
  • No hayan podido renovar dicha autorización por causas distintas a sanciones o antecedentes relacionados con el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • Hayan permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años, sin computar el tiempo tramitado como solicitantes de asilo, hasta que exista resolución firme.
  • No se encuentren dentro de un compromiso de no retorno ni figuren como rechazables en el espacio Schengen.

¿Qué beneficios ofrece esta autorización?

  • Permite residir legalmente en España por un año.
  • Lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena y propia, sin limitación geográfica ni por ocupación.
  • A su finalización, puede transformarse en una autorización de residencia y trabajo ordinaria o prorrogarse anualmente, siempre que se acredite búsqueda activa de empleo.

¿Qué documentación se necesita?

Para presentar tu solicitud, deberás aportar:

  • Copia completa del pasaporte o documento de identidad.
  • Pruebas de permanencia continuada en España durante al menos dos años (empadronamiento, citas médicas, facturas, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales de los países donde hayas residido en los últimos cinco años.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.
  • Si procede, documentación que acredite la pérdida del permiso anterior por causas justificadas.

Todos los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y traducidos por traductor jurado si están en otro idioma.

Una vez admitida a trámite la solicitud, tienes diez días hábiles para abonar la tasa. El plazo de resolución es de tres meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Tras la concesión, deberás solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en el plazo de un mes.

¿Necesitas ayuda para solicitar el arraigo de segunda oportunidad?

En Perea Abogados contamos con un equipo experto en Derecho de Extranjería que puede ayudarte a:

✅ Evaluar si cumples los requisitos.
✅ Reunir la documentación necesaria.
✅ Presentar la solicitud y hacer seguimiento de todo el procedimiento.
✅ Asesorarte sobre la prórroga o modificación de la autorización tras el primer año.

No estás solo. Podemos ayudarte a recuperar tu residencia legal en España.

Para cualquier consulta adicional de inmigración, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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