Renta 2019: Cómo tributan las acciones y fondos de inversión

Ya ha comenzado el plazo para la presentación de la renta correspondiente al año 2018. Repasamos la tributación asociada a las acciones y fondos de inversión, los activos más utilizados por los inversores. Una guía clara para afrontar la renta 2019.

Fiscalidad de dividendos, primas de asistencia a juntas, préstamo de acciones

Son rendimientos de capital mobiliario y se integran en la base imponible del ahorro, deduciendo los gastos de administración y depósito de las acciones. No son deducibles ningún otro concepto de gasto, como los pagos por una gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión.

Tributación:

Hasta 6.000€: 19%

De 6.000 hasta 50.000€: 21%

Más de 50.000€: 23%

Retención aplicada: 19%

 

Fiscalidad de la venta de acciones

Se incluyen dentro de ganancias y pérdidas patrimoniales, formado parte de la base imponible del ahorro, y tributa de forma general:

Hasta 6.000€: 19%

De 6.000 hasta 50.000€: 21%

Más de 50.000€: 23%

Retención aplicada: No existe para la venta de acciones

Las minusvalías del ejercicio se compensan con las plusvalías del mismo ejercicio y, si resultara un saldo negativo, se podrá compensar con el saldo positivo (si lo hubiere) de los rendimientos de capital mobiliario que forman parte de la base imponible del ahorro, con el límite del 25% de dicho saldo positivo. Si continuase quedando saldo negativo, se podrá compensar de la misma forma durante los siguientes cuatro ejercicios.

Importante: No se consideran pérdidas a efectos fiscales las producidas en la venta de acciones si el contribuyente comprara valores homogéneos (mismo emisor) en los dos meses anteriores o posteriores a dicha venta. Dicha minusvalía no se pierde, sino que se difiere al momento que se vendan las acciones “recompradas”.

 

Fiscalidad de la venta de derechos de suscripción preferente de acciones cotizadas

A partir de 1 de enero de 2017, el importe obtenido en la transmisión de derechos de suscripción procedentes de valores cotizados, tendrá la consideración de ganancia patrimonial sujeta a retención en el periodo impositivo en el que se produzca su transmisión.

Norma transitoria: Si se venden acciones de las que anteriormente a la entrada en vigor de la norma, se vendieron derechos de suscripción preferente y que no se declararon como ganancia patrimonial en su momento, su importe se minorará del coste de adquisición de dichas acciones.

Fiscalidad de la venta de fondos de inversión

Los fondos de inversión tienen la ventaja fiscal de poder hacer “traspasos” entre fondos sin tributar hasta que se realice la venta definitiva del importe invertido (reembolso final)

El reembolso o venta final tributa igual que la transmisión de acciones, con la diferencia que la plusvalía de los fondos tiene una retención del 19%. El resultado será la diferencia entre el valor de venta y el compra,

Las ganancias patrimoniales se pueden compensar con otras pérdidas patrimoniales del mismo ejercicio (pérdidas en otros fondos o en bolsa, por ejemplo) y si el saldo continuase siendo negativo, se podrá compensar dicho importe con el saldo positivo de los rendimientos de capital mobiliario, con un límite del 25%. La cantidad restante, al igual que en la venta de acciones, se podría compensar en los siguientes cuatro ejercicios.

La SGAE se ajustará a la Ley de Propiedad Intelectual

Fuente: La Vanguardia

La SGAE se ha “comprometido” a adaptarse a la Ley de Propiedad Intelectual, “sin la intermediación de los estatutos”, y propone actuar sobre los tres puntos en los que basa el apercibimiento del Ministerio de Cultura: adaptar sus estatutos a la normativa vigente, habilitar el voto electrónico y someterse a lo que dicten los tribunales de justicia en lo que respecta al reparto de derechos de 2018.

Así lo ha informado este viernes la Sociedad General de Autores y Editores en un comunicado en el que informan que esta semana se ha presentado ante el registro del Ministerio de Cultura un escrito de alegaciones, en respuesta al apercibimiento enviado por Cultura el pasado mes de junio que “amenaza con la intervención de la entidad”, en el que expresa su “firme compromiso de adaptación a la legalidad vigente”. Y para ello, añade la nota, la entidad de gestión presidida por José Ángel Hevia propone una actuación en los tres puntos en los que basa su apercibimiento el Ministerio de Cultura.

«La SGAE propone actuar sobre los tres puntos en los que basa el apercibimiento del Ministerio de Cultura»

En primer lugar, propone la aplicación directa de la Directiva de la UE y el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), “sin la intermediación de los estatutos”, para adecuar la entidad a la legalidad, “una vez que la Asamblea General de socios no ha aprobado la reforma de los estatutos presentada por la junta directiva”.

En segundo lugar, la SGAE modificará su reglamento interno para incluir el voto electrónico en los procedimientos electorales. Y, por último, se “someterá” a lo que dicten los tribunales de justicia en lo que respecta al reparto de derechos de 2018.

“En virtud de ese triple compromiso, la SGAE ha solicitado al Ministerio de Cultura el archivo del expediente de apercibimiento iniciado el pasado 27 de septiembre de 2018. De forma paralela, la entidad de gestión se compromete a retirar el recurso contencioso-administrativo presentado contra el citado apercibimiento”, afirman desde la entidad de gestión.

«La entidad propone adaptar sus estatutos a la normativa vigente, habilitar el voto electrónico y someterse a lo que dicten los tribunales de justicia en el reparto de derechos de 2018»

Para la SGAE, después de que sus socios no aprobaran el pasado 26 de diciembre de la reforma estatutaria por la mayoría de 2/3 requerida, aplicar directamente sin la intermediación de los estatutos lo que establecen tanto la Ley de Propiedad Intelectual como la Directiva de la UE 2014/26, es “la única salida que resulta posible es “.

En el escrito de alegaciones, según detalla la nota, la SGAE presentará un informe sobre el método y plazos para la aplicación directa de la norma vigente y manifiesta su intención de volver a presentar dentro de “un tiempo prudencial” un nuevo proyecto de reforma de los estatutos.

No obstante, la entidad señala que la junta directiva “no tiene responsabilidad alguna sobre la decisión” tomada en la pasada asamblea general, ya que entiende que ha impulsado la modificación de los Estatutos “hasta donde alcanza su competencia”.

Respecto a la solicitud de implantación del voto electrónico para los procesos electorales, la entidad avanza a Cultura que procederá a realizar los desarrollos reglamentarios que permitan que en el futuro los procedimientos electorales contemplen dicha modalidad de sufragio.

Hipotecas ¿Qué pasa con el nuevo decreto?

Sánchez obligará a pagar el impuesto hipotecario a los bancos y critica al Tribunal Supremo en una comparecencia reciente

El Gobierno aprobará este jueves un decreto ley con el que modificará la norma que regula el impuesto de actos jurídicos documentados, el de las hipotecas, para que “nunca más” tengan que pagarlo los consumidores, sino que lo paguen los bancos. Es la respuesta del Gobierno al fallo del Supremo de este martes, que, enmendando una sentencia de mediados de octubre, ha dictaminado que han de ser los clientes, y no la banca, los que paguen el impuesto al constituir un crédito hipotecario. Además, Sánchez ha anunciado también que llevará al Congreso la creación de una “autoridad independiente de protección de los clientes financieros”, un órgano para proteger a los ciudadanos de abusos y conflictos del sistema financiero.

La reacción del gobierno no se ha hecho esperar tras el fallo. Solo un día después de conocer la reacción del Tribunal Supremo, el ejecutivo de Pedro Sánchez, en una reunión de urgencia se ha anunciado la tajante respuesta al Supremo. Algo nunca visto hasta el momento.

«El Gobierno trabaja para que se cumplan los plazos» de renovación del Poder Judicial, ha dicho Sánchez apuntando así al final de la carrera de Lesmes. «Creo que el Tribunal Supremo tiene que hacer una reflexión sobre el debate que se ha suscitado sobre su credibilidad. Tienen que reflexionar sobre estas dos semanas. Respeto la independencia del poder judicial, pero ningún poder está fuera de la crítica, creo que el poder judicial debe hacer autocrítica de lo que ha pasado»

El presidente cree que tendrá apoyo parlamentario sin problemas para convalidar este decreto que se aprueba mañana. El PP, sin embargo, plantea ahora eliminar directamente este impuesto, por el que las comunidades autónomas ingresan más de 8.000 millones de euros anuales. Sánchez ha cargado contra el líder del PP, Pablo Casado, por sugerir esta eliminación.

«Que hable con los presidentes de comunidades autónomas del PP, porque a mí ellos me piden más recursos para sanidad, educación, infraestructuras. Si eliminan este impuesto tendrían menos recursos. Nosotros queremos que se mantenga y que lo paguen los bancos»

Ciudadanos por su parte es muy crítico con el Tribunal Supremo, así como la portavoz del PSOE. La polémica no parece que se quede en el fallo y ha dado rápidamente el salto al ámbito político.

«Los trabajadores de este país fueron solidarios con el sistema financiero, al que se le inyectó 77.000 millones de euros por la gran crisis que sufrió hace una década. Recursos que no vamos a volver a ver. Lo que es inexplicable es lo que ha pasado ahora con el impuesto [sobre actos jurídicos documentados]»

Esta mañana el comportamiento de los mercados era muy favorable a la decisión del Supremo, la sociedad, por su lado, no reaccionaba con tanta alegría.

En Perea Abogados, celebramos la noticia del Gobierno y nos ponemos a disposición de nuestros clientes para aclarar tantas dudas que puedan surgirle en lo relativo al derecho hipotecario ¡Su hipoteca protegida con Perea Abogados!

Cómo elegir a un buen abogado

En algún momento de nuestra vida necesitaremos el asesoramiento jurídico de un abogado. Y para entonces es importante que tengamos claras las claves para elegir a un profesional que nos represente y vele por nuestros interesantes.

A continuación, te explicamos los aspectos más relevantes a tener en cuenta a la hora de contratar a un abogado:

Experiencia

La experiencia es un pilar fundamental para elegir a un buen abogado que nos represente. Al igual que no nos dejaríamos operar por un estudiante de medicina, no debemos dejar que nos asesore jurídicamente una persona que lleva pocos años en la profesión.

Confianza

Tienes que ser capaz de confiar ciegamente en tu abogado; al final, tendrás que compartir con el nuestro problema, facilitarle cierta información… Si existe este sentimiento mutuo, ¡todo irá bien!

Opiniones

Si ese abogado viene recomendado por alguien o hemos leído buenas referencias sobre él, tendrá muchas más posibilidades de resultar elegido. Es importante conocer las experiencias de otros clientes.

Éxitos reconocidos

Para casos muy concretos o especialmente delicados, nunca está de más buscar abogados que hayan llevado casos similares con éxito. Sin duda, es un punto diferenciador con respecto a la competencia.

Especialización

El derecho es muy amplio, por eso los abogados se especializan en pequeñas parcelas para ofrecer un servicio de alto nivel. Elige siempre al que tenga más experiencia en tu caso concreto.

Proximidad

Cuanto más cerca tengas a tu abogado, mejor. De este modo, podréis trabajar juntos más fácilmente y reuniros cuantas veces sean necesarias para revisar tu caso.

Coste

Haz una primera visita a los abogados que más te interesen para conocerles e informarte sobre el coste de sus honorarios. Compara, exige transparencia y nunca te quedes con el más barato.

Estos siete aspectos te guiarán en la búsqueda de abogado. Tómalos como referencia y no dudes en tomarte el tiempo necesario para elegir bien.

Escoger a un abogado que garantice los intereses del cliente de forma sencilla

En el artículo de hoy nos preguntamos: ¿Por qué de la importancia de escoger a un buen abogado? Porque todos nosotros, en algún punto de nuestra vida, de forma más o menos temprana, necesitaremos de asesoramiento jurídico, ya sea en forma de consejo legal o para llevarnos un caso a juicio. Llegado ese momento es necesario saber recurrir a un abogado que sea capaz de velar correctamente por nuestros intereses. Creemos firmemente que la presencia de un abogado se antoja fundamental en una decisión importante ya que, sin lugar a dudas, se trata de un profesional que tiene que saber gestionar nuestra consulta o problemática correctamente, y con una atención y cuidado única para cada caso.

Así pues, ¿A quién escoger tras centenares y centenares de abogados en Madrid?

¿CÓMO ESCOGER A UN BUEN ABOGADO?

A continuación presentamos un breve decálogo con los consejos imprescindibles para conseguir que la elección de un abogado sea lo más acertada posible:

1- Experiencia: Pilar número uno y, a nuestro entender, fundamental. Igual que no nos dejaríamos operar por un cirujano recién salido de la facultad de medicina o algún piloto que haya finalizado la escuela recientemente y con nula experiencia de vuelo, sólo un abogado experimentado podrá ofrecer el mejor asesoramiento y cuidar mejor los intereses de todas aquellas personas que acudan a su consulta.

2- Rama de especialización: Hay numerosas divisiones del derecho y cuando tengamos cualquier duda o conflicto, lo mejor es recurrir a la consulta de un profesional especializado en tu problemática. Hay abogados especializados en derecho constitucional, derecho internacional privado, penalista, derecho administrativo, derecho mercantil, derecho procesal civil o abogado laboral, abogado mercantil o abogados especializados en vivienda.

Si sabemos qué tipo de consulta queremos hacer, mejor dirigirnos a aquel letrado que esté más cualificado en su área. Si tenemos dudas, es aconsejable que antes de la primera consulta nos cercioremos que el profesional esté especializado en la materia que queremos tratar. Aun así, siempre será mejor contratar los servicios de un despacho de abogados que tenga varias áreas de actuación. Muchas veces nos encontramos con resolución de conflictos que afectan a la vida personal y a la empresarial.

3-Proximidad geográfica, creemos que te será de gran utilidad que el interlocutor que defienda tus derechos esté cerca de tu domicilio habitual, puesto que no te supondrá mucho esfuerzo si tienes que visitarlo. No escogerás a tu abogado porque simplemente esté más cerca de tu casa pero tampoco querrás que la persona que te lleve tu caso esté a más de dos horas de tu casa. Desaconsejamos esta opción porque a lo largo de un proceso judicial en numerosos casos necesitarás acudir a él para visitarlo, ver la evolución del caso o entregar papeles. Así mismo, su conocimiento de procuradores, fiscales y jueces, en los juzgados de su área de actuación ayudaran a formular la estrategia.

4.- Primera consulta: una vez hayas reducido tu decisión a algunos bufetes de abogados que respondan a tus expectativas lo mejor es realizar la consulta con aquellos pocos que te generen más confianza. En esta primera visita expón tu caso para que el letrado pueda opinar sobre tu situación, te explique la línea de actuación y el posible recorrido jurídico. Se trata de una toma de contacto vital para conocer de qué manera se estructurará tu caso. En Perea Abogados explicamos en nuestra primera consulta como fundamentamos la estrategia en base a un método concreto basado en la transparencia, la investigación y una ejecución precisa de las premisas.

5-Coste:  Una vez hayas finalizado la visita debes conocer los honorarios con todos los escenarios posibles; tanto el positivo como el negativo. Desconfía, y mucho, si un abogado te ofrece precios muy por debajo de mercado. Puede que te ahorres un poco pero si finalmente pierde tu caso habrás perdido mucho tiempo y dinero. El precio es, sin lugar a dudas, un elemento diferenciador y por este motivo debes conocer los honorarios y exigir transparencia, pero nuestro consejo es que no te guíes solamente por este factor.

6- Confianza: Asegúrate de que el abogado que hay detrás es de tu caso es de total confianza. Algún día escuché de un profesor que la confianza es binaria y no admite grados: o se tiene confianza en la otra persona o no se tiene. Si aquella persona es de tu total confianza, perfecto, pero si tienes algún tipo de dudas de que no se trata de la persona adecuada, acude a otro profesional con el que te sientas más cómodo y te ofrezca más garantías de éxito.

7-Accesibilidad: Muchas veces acudimos a un gran profesional pero apenas muestra atención ni el respeto adecuado por nuestra situación. Si ésta es tu primera sensación, mejor buscar alguien que te lleve el caso de la manera más personalizada. Toma nota si durante el tiempo que te atiende intenta acabar la visita rápidamente o hace otras cosas como podría ser revisar correos electrónicos o atender constantemente las llamadas telefónicas.

8- Interés propio: El mejor profesional es aquel que entiende tus inquietudes y te aconsejará en función de tus intereses. Un letrado de confianza no antepondrá sus intereses a los tuyos. Será leal y luchará hasta el máximo para que obtengas la mejor compensación.

9-Referencias: Pregunta por referencias de este abogado, si te lo ha recomendado un amigo o familiar, ya conocerás sus puntos fuertes. A veces incluso es necesario recurrir a Internet ya que suele ser una fuente muy fiable de información.

El volumen de interatividad en las redes sociales o escribir en un blog que aporte contenido interesante a la comunidad también es un buen indicativo para poder determinar el grado de implicación con la profesión.

10-Éxito en casos similares: Como el primer punto, la experiencia es un grado, pero también es muy importante que haya llevado casos similares con éxito. No es lo mismo un abogado laboralista experto en despidos que otro en derecho laboral experto en mobbing o acoso laboral. Aunque derivar sus intereses a un despacho de abogados especializado en múltiples áreas facilitará el proceso por el que ha acudido en esta ocasión y otros posteriores que pueden llegar a a surgir

Entendemos que para escoger a un buen abogado, son necesario tomar en consideración los puntos expuesto anteriormente pero evidentemente no son los únicos consejos a tener en cuenta, ya que hay más consideraciones a tener en cuenta.

Así pues, cuando requerimos de ayuda legal de un bufete de abogados, debemos estar tranquilos de haber sabido escoger la persona adecuada para que defienda nuestros intereses y, sin lugar a dudas, sea la más capacitada para llevar nuestro caso a buen puerto.

 

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