¿Qué es una negligencia médica y cómo reclamar?

El término negligencia médica hace referencia a la omisión de la atención debida por inacción o descuido por parte de profesionales de la salud y es considerada una negligencia profesional.

¿En qué consiste una negligencia médica?

Utilizaríamos este tipo de término para describir la situación en la que un profesional de la salud no cumple con el deber de atención y cuidado que se espera de él o ella, originando algún tipo de daño al paciente, ya sea de carácter físico o psicológico.

Es imprescindible tener en cuenta la lex artis, a la hora de determinar si estamos o no ante una negligencia médica.

No existirá una negligencia cuando se haya llevado a cabo por parte del profesional una actuación diligente desde el caso específico y el estado de la técnica.

La sanidad tiene como objetivo principal conseguir que los diferentes pacientes mantengan o mejoren su salud en un buen estado.

Sin embargo, hay ocasiones en los que concurren factores externos que imposibilitan que esto sea posible. En esta serie de casos, a los profesionales sanitarios se les exigirá al menos que cumplan unos estándares generalizados de buen obrar.

Elementos para apreciar una negligencia médica:

  1. La lesión. Puede ser inmediata o no, física o moral.
  2. Mala praxis. Cuando el personal no lleva a cabo las tareas encomendadas con la diligencia que se espera de alguien que ejerce su profesión.
  3. Nexo causal. La lesión debe ser consecuencia de la falta de diligencia del profesional.

¿Cómo determinamos si existe o no una negligencia médica?

La clave para establecer la existencia o no de una negligencia se basa principalmente en el comportamiento del profesional y las actuaciones que se han llevado a cabo durante la intervención o tratamiento del cliente.

No obstante, no sería tan influyente el resultado originado. Es lógico que necesitamos un resultado lesivo para la existencia de una negligencia médica, pero no todas las lesiones derivarán en una negligencia de la que se derive algún tipo de responsabilidad.

Supuestos más comunes de negligencias médicas:

  • Cuando se llevan a cabo exploraciones, no se realizan pruebas adecuadas a la sintomatología que evidencia el paciente o no se cumplen con los plazos necesarios.
  • Errores o retrasos a la hora de diagnosticar la causa que produce el malestar del paciente. Deberá apreciarse el estado de la técnica del momento concreto.
  • Proporcionar al paciente un tratamiento equívoco o desproporcionado al estado en el que se encuentra el sujeto.

¿Cuántas acciones pueden ejercitarse?

  • Reclamación por responsabilidad civil. Normalmente frente a seguros y centros médicos privados.
  • Reclamación por responsabilidad patrimonial. Cuando ocurre en un centro público.
  • Reclamación por responsabilidad penal. En situaciones donde el comportamiento reprochable es muy grave y se busca que el profesional quede inhabilitado.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

Por regla general, las acciones de exigencia de responsabilidad suelen contar con un plazo para ejercerlas de un año desde que se determinen las consecuencias o secuelas de la negligencia.

Debemos tener en cuenta que siempre no está muy claro desde que momento exacto se han estabilizado las secuelas.

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¿Quién paga las reparaciones del piso: inquilino o propietario?

Si vives en un piso de alquiler, como inquilino seguro que te habrás preguntado si eres tú quien debe cubrir las reparaciones de la vivienda o si debe hacerlo el propietario.

¿Cuáles son las obligaciones del propietario del inmueble?

En general, el dueño de la vivienda arrendada tiene la obligación de mantenerla en condiciones de habitabilidad, según se recoge en la Ley de Arrendamientos Urbanos (art. 21.1.)

Pero, entre todas las obligaciones, podemos mencionar:

  • Debe hacerse cargo del mantenimiento de suelos, paredes y techos. Es decir, vela por una adecuada conservación de la estructura del piso.
  • Si la vivienda incluye electrodomésticos y alguno falla (siempre que no sea por mal uso por parte del inquilino), el propietario debe repararlo o sustituirlo.
  • Mantener la vivienda con un correcto acceso a los suministros, tales como el agua y la luz.

¿Cuáles serían las obligaciones del inquilino del inmueble?

El inquilino o arrendatario debe ocuparse de las pequeñas reparaciones fruto del desgaste por el uso ordinario de la vivienda.

Además, debe hacerse cargo de la reparación de muebles y utensilios desgastados o que hayan sufrido algún daño durante su estancia.

También debe restituir a su estado inicial las áreas del inmueble que hayan sido reformadas sin el consentimiento del propietario. Un ejemplo es taladrar la pared para colgar un cuadro.

¿Cómo podemos determinar si se trata de pequeñas reparaciones?

Nos tendremos que fijar en lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos, que recoge distintos criterios para identificarlo:

  1. Tiempo de ocupación
  2. Coste de reparación
  3. Zona de la vivienda afectada por el deterioro

Se ha de tener en cuenta que existe una presunción de culpa del inquilino pues es quien ocupa y reside en el inmueble.

Por lo tanto, será el arrendatario quien deberá demostrar su ausencia de responsabilidad en los desperfectos que hayan tenido lugar.

¿Qué sucede si existen dudas sobre el sujeto responsable de la reparación?

Primero se debe revisar el contrato de alquiler y ver si existe una cláusula que pueda depurar y solucionar este tipo de controversia.

En caso de que no se encuentre ningún método resolutorio, la mejor solución es contratar un seguro de hogar con carácter previo al alquiler, pues contribuirá a desembolsar una cantidad de dinero cuando haya un desperfecto (siempre que lo cubra la póliza contratada).

¿Debe el inquilino soportar las obras que el arrendador deba realizar para el mantenimiento del piso?

Si, puesto que dichas obras van dirigidas a garantizar la habitabilidad del domicilio.

¿Qué sucede si el arreglo necesario es de carácter urgente?

El inquilino, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, tiene la obligación de comunicar al propietario, en el plazo más breve posible, la reparaciones que son necesarias.

En casos urgentes, previa comunicación al propietario, el inquilino puede gestionar por su cuenta el arreglo del desperfecto con el fin de evitar un daño inminente o grave.

Tras dichas reparaciones, éste podrá exigir al propietario el importe abonado para sufragar las mismas.

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