La homologación otorga al título extranjero, desde la fecha en que sea concedida y se expida la correspondiente credencial, los mismos efectos del título español al que se homologa en todo el territorio nacional.
¿Qué títulos deben ser homologados?
Según el RD 967/2014, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
“Para la determinación de la equivalencia del título extranjero a titulación, se ha considerado importante contar con un sistema de referencias que cumpla en la medida de lo posible los siguientes requisitos:
- ser compatible con la normativa española y al mismo tiempo, reconocido y compartido internacionalmente
- adaptarse a los diversos contextos de educación superior
- dar lugar a una adscripción clara y objetiva por parte de la titulación de origen al ámbito disciplinar de pertenencia”
La homologación de un título extranjero conllevará la posibilidad del ejercicio de la profesión regulada de que se trate en las mismas condiciones de los poseedores de los títulos españoles que habiliten para tal ejercicio.
“Ni la homologación, ni la equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial, ni la convalidación, presuponen en ningún caso la posesión de cualquier otro título ni nivel académico del Sistema Educativo Español”.
Los Requisitos que debe cumplir el titulo para ser homologado en España, son:
- Haber sido expedidos por una autoridad competente del país de origen
- Acreditar que cumple los requisitos de nivel de estudios exigidos en España para el acceso a la formación de Grado o Máster
- Acreditar un nivel académico equivalente a la de los títulos de Grado o Máster;
- Acreditar que se han obtenido las competencias formativas propias del título al que se solicita la homologación.
Las solicitud debe realizarla el interesado o su representante al Ministerio de Universidades y dicha solicitud también podría presentarse por vía electrónica en el Registro Electrónico.
¿Qué documentos deben acreditarse para acompañar la solicitud?
- Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería.
- Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
- Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
- Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada.
Adicionalmente, el Ministerio podrá solicitar requisitos adicionales, inherentes a la profesión qué se trate.
¿Dónde debe realizarse la presentación de la solicitud?
Puede presentar la solicitud en cualquier Registro Público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunos de las Administraciones Locales.
Una vez que sea verificado el cumplimiento de los extremos de ley, la Subdirección General de Títulos del Ministerio de Universidades dictará la resolución de homologación de títulos extranjeros de educación superior, si procede, por medio de una credencial, para que el solicitante pueda ejercer la profesión regulada.
Esperamos haberte ayudado. Si necesitas homologar tu título universitario extranjero, escríbenos.
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