PEREA & ASOCIADOS ABOGADOS ha defendido los intereses de los accionistas del Atlético de Madrid en el Recurso de Apelacion que anula la ampliación de capital de 2003

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Perea & Asociados Abogados, firma mercantil especializada en derecho deportivo, ha defendido los intereses de los accionistas del Club Atlético de Madrid, SAD, en el recurso de apelación tramitado ante la sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid, cuya sentencia ha anulado la ampliación de capital aprobada en el año 2003.

El recurso fue defendido por el socio del despacho Antonio Perea Gala, abogado mercantilista con amplia experiencia en el área del derecho deportivo.

La Sentencia de fecha 4 de marzo de 2011 dictada por la sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid, estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por un grupo de accionistas del Atlético de Madrid, bajo la dirección letrada de Antonio Perea Gala, y declara nulos los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria de 27 de junio de 2003. Igualmente, desestima el recurso interpuesto por el Club Atlético de Madrid, SAD, en relación a las costas del procedimiento en primera instancia.

En aquella Junta General Extraordinaria se aprobó con el voto favorable de D. Jesús Gil y Gil y D. Enrique Cerezo Torres, una ampliación de capital por importe de 22.279.792,93 Euros, por compensación de créditos, mediante la emisión de 446.632 nuevas acciones ordinarias, así como otra ampliación de capital por aportaciones dinerarias por importe de 13.967.521,40 €, con la emisión de 280.000 nuevas acciones.
Esta sentencia supone que quedan anuladas las acciones emitidas como consecuencia de ambas ampliaciones de capital, y por lo tanto, el capital social de la entidad debe verse reducido la parte proporcional que representan dichas acciones.

Perea & Asociados abogados es una firma especializada en derecho empresarial. Entre sus áreas de práctica se encuentran Mercantil, Fiscal, Laboral, Procesal y Arbitraje, Derecho del Deportes, entre otras materias. Su filosofía de trabajo es el asesoramiento jurídico de calidad, compromiso, claridad y proximidad al cliente.

Presentación sobre Delitos Empresariales.

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Después de haber celebrado el Desayuno Legal titulado «Delitos Empresariales: la responsabilidad del empresario“, ponemos a disposición de todos aquellos que lo deseen la presentación que se llevó a cabo.

En esta como en anteriores ediciones, hemos tenido aforo completo, esto seguramente es debido al interes que levanta este tema, teniendo en cuenta la situación económica que están atravesando multitud de nuestras pequeñas y medianas empresas, así como por la reciente reforma del Código Penal que ha introducido por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal de las empresas.

Por el interés levantado, y por la múltiples solicitudes que hemos tenido, ponemos aquí la presentación para que pueda ser estudiada por todos aquellos que tengan interés y quieran conocer los delitos que se configuran en torno al mundo empresarial.

De todos modos, si alquien quiere el documento en formato pdf nos los puede solicitar a través de nuestra web httpsssss://www.perea-abogados.com/contacte.htm

 

DELITOS EMPRESARIALES: RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO.

La próxima edición de nuestros «Desayunos Legales» tendrá lugar el próximo  martes 16 de noviembre de 2010 con el título:

“DELITOS EMPRESARIALES: RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO”

En estos tiempos de incertidumbre y tensiones en el ámbito de la empresa, es necesario conocer los límites entre la responsabilidad civil y la penal en el mundo de los negocios, así como las novedades que nos depara la entrada en vigor de la Reforma del Código Penal.

HABLAREMOS SOBRE:

Delitos cometidos en el ámbito de la empresa

Delitos societarios – Delitos Económicos

Responsabilidad y consecuencias para el empresario

Responsabilidad Directivos – Responsabilidad Administradores

Novedades de la reforma del Código Penal.

Dirigido a: Empresarios y emprendedores, Administradores de empresas, Consejeros y Directivos.

Lugar: Oficinas Perea & Asociados Abogados

C/ Profesor Waksman, 3 – 2º B Madrid

Fecha y Hora: Martes, 16 de noviembre de 2010 de 10 a 11,30 horas

Moderador de la Jornada: Antonio Perea, Abogado.

Inscripciones: Gratuita

Rogamos soliciten su plaza llamando al teléfono 91 574 81 39 o enviando un email a madrid@perea-abogados.com

Debido a que el aforo es limitado le confirmaremos la plaza unos días antes.

Transportes:

Parking Público: Padre Damián, 36
Metro: Cuzco (Línea 10), Colombia (Líneas 8 y 9)
Autobuses: 150, 147, 40, 27, 14, 11, 7 y circular
Tren de cercanías: Nuevos Ministerios

Reportaje sobre Emprendedores en «Comando Actualidad»

Comando Actualidad

Ayer despues de una larga pero interesante reunión de Comisión Ejecutiva de AJE Madrid, tuve la ocasión de sentarme a ver la tele, y encontré un gran reportaje de Comando Actualidad (TVE 1), titulado «Tengo una idea».

El reportaje es un fiel reflejo de la imagen que queremos transmitir desde AJE Madrid de lo que es un emprendedor, el emprendimiento, y sobre todo, el reemprendimiento de empresarios que debido a la crisis o por razones varias han sufrido una mala experiencia empresarial, y se levantan, haciendo del fracaso empresarial, VIRTUD.

Es necesario difundir este tipo de mensajes entre nuestro jóvenes y estudiantes. Para prender en ellos la llama del emprendimiento y abandonar ese objetivo tan común, como es ser funcionarios.

Ser emprendedor y/o empresario, no es cosa de «niños pijos de papa» como estamos acostumbrados a ver, sobre todo en determinados medios de comunicación, que continuamente están demonizando la figura del empresario.

Una Casa de huéspedes, un nuevo concepto del Trapero de toda la vida, un Inventor, una nueva marca de Zapatillas con olor,y un Portal especializado en el mundo del fútbol.

Estos son los negocios que se presentan en el reportaje. Y sorprende que haya sido tratado desde un punto de vista humano, con naturalidad, destacando la cultura del esfuerzo, del sacrificio, del trabajo, el apoyo de la familia y el compromiso de esta con el proyecto.

Mensajes como este valen más que mil campañas políticas, Planes E, etc,…; para ser conscientes que de la crisis se puede salir. Y se puede salir con ingenio, esfuerzo, dedicación, y sobre todo, TRABAJO.

Enhorabuena por el reportaje. Gracias.

A vueltas con la Asamblea de Socios Compromisarios del FC Barcelona

Foto: EFE

Hemos tenido ocasión de leer en diversos medios de comunicación, que el pasado sábado 16 de octubre, se celebró Asamblea de Compromisarios del FC Barcelona.
En dicha Asamblea se presentó un informe de Auditoria de la entidad a fecha determinada, conocido como “Due Diligence”. En este blog no vamos a analizar el contenido de dicho informe , o más bien, la información publicada sobre dicho informe, ya que este no ha sido desvelado, ni siquiera a los socios compromisarios del FC Barcelona, al fin y al cabo, los dueños de la Institución, por que no es nuestro cometido. Es como si en la Junta General de Accionistas de una empresa no se facilita a los accionistas información transcendental sobre la situación financiera de la sociedad, es decir, de su inversión.
Pues bien, en dicha Asamblea, y como consecuencia de la “Due Diligence”, se aprobó por los socios compromisarios el ejercicio de la Acción Social de Responsabilidad de los Administradores.

Pero, ¿qué es eso de la Acción Social de Responsabilidad de los Administradores?

La acción de responsabilidad contra los administradores tiene carácter de acción social, en cuanto que está dirigida a la protección y defensa del patrimonio o de los intereses sociales en general, mediante el resarcimiento del daño causado.

Cuando se ejercite esta acción será la sociedad la que cobre la indemnización, en el supuesto de que se estime la demanda, con independencia de que socios o terceros hayan podido sufrir daños indirectos.

El art. 238 del  RD Leg. 1/2010, de 2 de julio, sobre aprobación del texto refundido de la Ley de Sociedad de Capital, establece que:“ 1. La acción de responsabilidad contra los administradores se entablará por la sociedad, previo acuerdo de la junta general, que puede ser adoptado a solicitud de cualquier socio aunque no conste en el orden del día. Los estatutos no podrán establecer una mayoría distinta a la ordinaria para la adopción de este acuerdo.”

Por eso, debe ser debatida y aprobada en Junta General, aunque no conste en el orden del día. Y podrá ser aprobada por mayoría de los socios asistentes, sin que pueda ser limitado este derecho en los estatutos mediante el establecimiento de una mayoría reforzada.  La Junta General «podrá transigir o renunciar al ejercicio de la acción, siempre que no se opusieren a ello socios que representen el 5% del capital social» suscrito. La minoría dispone, así, de un derecho de veto a la renuncia de la acción o a la transacción después de que haya sido iniciado el proceso.

El ejercicio de la Acción Social de Responsabilidad de los Administradores, este se adecuará a las normas contenidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se seguirán los cauces previstos para el procedimiento verbal u ordinario que corresponda de acuerdo con la indemnización solicitada, es decir, si la cuantía del pleito supera los 3.000,00 € el procedimiento que corresponde es el Juicio Ordinario.

 

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