Cómo solicitar la ayuda de 200€

Desde el 15 de febrero se podrá solicitar en la Agencia Tributaria la ayuda de 200 euros para personas con bajos ingresos y patrimonio. En este blog te contamos como solicitar la ayuda de 200€, cuales son los requisitos y el plazo máximo para solicitar la ayuda que beneficiará a 4.2 millones de familias.

Agencia tributaria ayuda de 200 €
Como solicitar la ayuda de 200 euros de la Agencia tributaria

¿Cuál es la nueva ayuda de 200€?

Según la agencia tributaria, la ayuda se concreta en un pago único de 200 euros para trabajadores por cuenta propia o ajena y beneficiarios de la prestación o subsidio de desempleo en 2022 que el pasado año no superasen los 27.000 euros brutos de renta y cuyo patrimonio, descontando la vivienda habitual, no rebasara los 75.000 euros.

¿Quién tiene posibilidad de solicitar la ayuda? ¿Quién está excluido?

El cheque lo podrán recibir:

  • Trabajadores asalariados
  • Autónomos
  • Personas desempleadas

No podrán optar a la ayuda:

  • Quienes a fecha de 31 de Diciembre estuviesen cobrando IMV (Ingreso Minimo Vital)
  • Aquellas personas que reciban una pensión de alguno de los regímenes de la Seguridad Social
  • Quedan excluidos los administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiesen cesado su actividad en Diciembre de 2022.

¿Qué requisitos se han de cumplir para ser beneficiario?

  • Residencia habitual en España
  • Tener ingresos inferiores a 27.000 anuales
  • Patrimonio inferior a 75.000 euros (sin contar con la residencia habitual)

¿Cuál es el plazo?

El Real Decreto establece que los solicitantes tienen tiempo hasta el 31 de marzo para solicitar la ayuda y que el plazo para el pago por parte la Agencia es de tres meses a partir de entonces.

¿Hay que aportar documentación?

Con el fin de acelerar el procesamiento, la Agencia Tributaria comparará sus datos con los de otras autoridades y utilizará los datos recopilados para decidir si se debe proporcionar asistencia. Por lo tanto, los solicitantes no necesitan presentar documentos que no sean el formulario.

Si se rechaza, se notificará al solicitante y el solicitante tendrá diez días para apelar.

Si la Agencia Tributaria solicita documentos a los interesados, tienen un mes para responder, y si no los aportan, la solicitud se considerará denegatoria automática.

¿Tendré que tributar por el cheque si resulto beneficiario?

El cheque es una renta exenta. No hay que devolverla a la Agencia Tributaria, aunque sí debe estar incluida en la declaración de la Renta de de 2023, que se presenta entre abril y junio de 2024.

Más información

Esta medida está recogida en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, dónde se concreta el paquete de ayudas puesto en marcha por el Gobierno para paliar las consecuencias de la guerra de Ucrania.

Si estas interesado en solicitar la ayuda y necesitas más información o asesoramiento estaremos encantados de poder ayudarte.

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Derecho al subsidio por desempleo siendo empleada del hogar

Las empleadas del hogar han pasado años denunciando unas condiciones laborales de discriminación, y ha sido ahora cuando se les ha dado respuesta.

Tras el Consejo de Ministros se ha aprobado el Decreto que tiene como medida principal proteger este sector, anunciando así que tendrán derecho a la prestación por desempleo.

Esta normativa beneficiará a las empleadas del hogar a partir del próximo mes de octubre.

Hasta ahora este gremio estaba totalmente desprotegido ante posibles despidos y por si fuese poco, adscritas a un régimen especial que permitía que no recibieran ningún tipo de indemnización.

Para poder acogerse a este derecho será necesario estar dado de alta en la Seguridad Social.

Se prevé que casi un tercio de estás quede por fuera por desempeñar esta labor sin estar dadas de alta; aunque desde el gobierno se espera que esta medida sirva de incentivo a las altas del sector.

Además aquellos que contraten a una empleada del hogar tendrán que costear solo el 20% de la cotización por desempleo.

El Estado será el encargado de pagar el 80% restante, al menos durante lo que resta de año.

Esperamos haberte ayudado. Si te encuentras en esta situación, ponte en contacto con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre derechos laborales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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¿Qué es el arraigo para la formación?

Esto es todo lo que necesitas saber para solicitar el arraigo para la formación.

La nueva reforma del reglamento de extranjería trae consigo este nuevo supuesto de Arraigo, que según el Art. 124, establece lo siguiente:

Podrán obtener obtener una autorización de residencia por un periodo de 12 meses aquellos extranjeros que cumplan con una serie de requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.- Acreditar un periodo mínimo de residencia continuada de 2 años en territorio Español.
2.- Carecer de antecedentes penales.
3.- Comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo o un certificado de profesionalidad, necesaria para cubrir un puesto incluido en el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. Teniendo la obligación de matricularse en un plazo máximo de 3 meses tras la expedición de la resolución de concesión de la residencia y esta deberá ser comunicada a la oficina de extranjería posteriormente.


En caso de que la formación cuente con una duración superior a los 12 meses podrá ser prorrogada una única vez, y una vez superada la formación se concederá al extranjero en el caso de que la solicite una autorización de residencia y trabajo.

Existen a día de hoy muchos puestos de trabajo en España que difícilmente se cubren, es por ello que este permiso pretende facilitar la obtención de un permiso con la intención de que sean cubiertos tras la formación.

Esperamos haberte ayudado. Si te encuentras en situación irregular y quieres formarte, ponte en contacto con nosotros.

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¿Cómo funciona la nueva Ley de Nietos?

Te contamos todo lo que debes saber sobre la Ley de Nietos

Tras un intenso debate, el pasado 14 de julio de 2022 se aprobó en el Congreso de los Diputados la nueva Ley de Memoria Democrática, o también denominada “Ley de Nietos”.

El objeto de esta disposición normativa busca, no solo recuperar y salvaguardar la memoria democrática, sino también fomentar la cohesión y solidaridad entre las diferentes generaciones. Todo ello en virtud de los derechos, deberes y principios constitucionales.

Así, esta nueva legislación abre paso a aquellos descendientes de españoles de origen, que habiendo nacido fuera de territorio ibérico, tendrán la posibilidad de solicitar su nacionalidad española.

¿Qué requisitos tendré que cumplir?

Se deben tener en cuenta los requisitos que la norma indica.

En primer lugar, podrán solicitar la nacionalidad los nietos de mujeres españolas nacidas en España que contrajeron matrimonio con ciudadanos no españoles antes de la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978.

También podrán iniciar los trámites de solicitud de nacionalidad española los hijos de quienes la obtuvieron por origen y que no pudieron convertirse en ciudadanos españoles con la entrada en vigor de la ley por superar la mayoría de edad (18 años).

Esta circunstancia permite, hasta el momento, que las personas afectadas puedan únicamente solicitar el arraigo familiar para conseguir su residencia. Pero, en virtud de la nueva ley, podrán convertirse en ciudadanos españoles.

Aquellos nietos de españoles que tuvieron que abandonar el país, obteniendo la condición de ciudadano del país al que emigraron y, por ende, perdiendo la nacionalidad española antes de que sus hijos nacieran, son otros de los colectivos que pueden acogerse a la nueva ley e iniciar su solicitud de nacionalidad.

Finalmente, los nietos de ciudadanos españoles que, pudiendo haber conseguido la nacionalidad, perdieron su derecho de opción al no indicar, en su mayoría de edad, que querían conservar la misma.

¿Cuándo entrará en vigor?

La presente ley, que aún tiene que debatirse en el Senado el próximo mes de septiembre, supone una posibilidad amplia para aquellas personas que se veían limitadas para conseguir la nacionalidad.

Todavía hay que esperar para conocer la fecha de entrada en vigor de la nueva normativa. Esperamos que sea más pronto que tarde.

Por el momento, si crees que cumples los requisitos y estás interesado en iniciar los trámites de solicitud de nacionalidad española, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Te atenderemos en la mayor brevedad posible!

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Perea Abogados: nuevo despacho en Ibiza

Nuestro nuevo despacho en Ibiza


Tal como os hemos venido anunciando en redes sociales, donde si no nos seguís podéis encontrarnos como @pereaabogados, hemos abierto una nueva sede de nuestro despacho en Ibiza.

Estamos ubicados en Calle Vicente Serra i Orvay, 24, local, 07800 Ibiza (Islas Baleares) buscando ampliar el alcance de nuestros servicios y la comodidad de nuestros clientes. Aunque es importante recordar que trabajamos en remoto en todo el territorio nacional.

Estaremos a vuestra disposición en horarios de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes, siempre con cita previa.

Podéis solicitar cita a través de nuestro formulario de contacto, al email madrid@perea-abogados.com o a través de los números de contacto 626125436 y 915748139 en ambas oficinas.

PORTAFOLIO DE SERVICIOS

–          Extranjería
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–          Fiscalidad no residentes
–          Litigación
–          Gestoría: tramites de trafico, ayuntamiento, Consell, hacienda, entre otros…

Celebramos y agradecemos poder seguir creciendo a vuestro lado gracias a la confianza depositada en nuestros servicios.

Si te interesan nuestros servicios y necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de poder ayudarte.

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