Deportista ¿Cómo es la nueva ley del deporte?

El deporte también tiene regulaciones, unas más polémicas, otras necesarias para mantener el orden jurídico de una industria que mueve millones de euros. Tanto deportistas como instituciones tienen que regirse por las leyes que les afectan y este anteproyecto suscita numerosas preguntas que desvelaremos en su mayor parte.

¿Se recortan las competencias del TAD?

En la actualidad, una sanción disciplinaria (como pudiera ser, en fútbol, la suspensión por un encuentro, derivada de la acumulación de cinco tarjetas amarillas) es susceptible de recurso en la vía federativa ante el Comité de Apelación, posteriormente en vía administrativa ante el Tribunal Administrativo del Deporte y, por último, cabe la vía judicial, siendo competentes los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo.

El anteproyecto prevé la despublificación de la mayor parte de la disciplina deportiva. Para ello, da la opción a las federaciones y ligas de crear algún mecanismo de solución extrajudicial, cómo podría ser un tribunal arbitral, una especie de TAS interno, cumpliendo una serie de requisitos que no se establecen en la ley sino que se dejan a un ulterior desarrollo reglamentario, lo cual entraña el peligro de que ese reglamento tarde más de lo debido en ser aprobado, como tantas veces ha sucedido con otros mandatos legislativos.

¿Se trasladarán los recursos a la justicia civil?

En defecto de instauración de ese sistema arbitral, el recurso contra las sanciones disciplinarias, agotada la vía federativa, sería únicamente la vía jurisdiccional civil la cual, francamente, se reputaría ineficaz para atender la celeridad que demanda una solicitud de medidas cautelar de suspensión de la ejecutividad de una sanción de un día para otro, de manera que el jugador pueda ser alineado al día siguiente, con la consiguiente frustración para los operadores jurídicos acostumbrados ahora a la rápida respuesta del TAD. Es fácil suponer que los juzgados de Majadahonda (sede de la RFEF) y de Madrid (sede de muchas otras Federaciones Españolas, pues no debemos olvidar que esta ley afecta a las competiciones de ámbito estatal de todas las modalidades) quedarían rápidamente saturados en caso de que cualquier recurso contra una pequeña sanción disciplinaria diese lugar a un juicio verbal civil con medidas cautelares; o también se puede correr el riesgo de que esta imposición de la vía judicial civil produzca un efecto disuasorio y en muchos casos la vía federativa se convierta en la práctica en la respuesta final al asunto al ser la única realmente efectiva.

¿La justicia civil también actuará sobre los procesos electorales federativos?

Se prevé la competencia del orden jurisdiccional civil sobre los conflictos relacionados con los procesos electorales federativos (tanto las elecciones a la presidencia como las mociones de censura) si bien se exigirá el previo recurso ante el TAD en aquellos casos que afecten a la regulación esencial del proceso electoral.

¿Cómo se clasifican ahora las competiciones?

Se dividen en las de carácter profesional y no profesional. Esto da lugar a equívocos, ya que el único efecto que tiene la declaración de una competición como de carácter profesional es que debe constituirse en su seno una liga profesional que regirá la competición y que todas las entidades participantes deberán revestir la forma de sociedad anónima deportiva. Sin embargo, en las no declaradas profesionales también existen auténticos deportistas profesionales e incluso convenios colectivos que rigen los derechos laborales de esos deportistas.

¿Qué clasificación incluye el anteproyecto?

Primero, competiciones profesionales. Coincidirán con las que ahora mismo tienen ese concepto, es decir, las de mayor dimensión económica, en las que existe una liga profesional.

Segundo, competiciones profesionalizadas. Aquellas que, aunque tienen una menor dimensión económica, cuentan con una proliferación de vínculos laborales y podrán ser dirigidas por una entidad organizadora distinta de la federación correspondiente

Tercero, aficionadas. Categoría residual en la que no existen generalmente esos vínculos laborales, aunque se aclara que podrán existir en casos esporádicos y existir por tanto una relación laboral de un deportista con un club en una competición aficionada.

¿Quién gestionará los derechos de explotación?

Siguiendo la legislación más reciente, el anteproyecto establece que los derechos económicos de explotación de las competiciones son propiedad de los clubes participantes, si bien se atribuye su gestión a los organizadores o titulares de las

competiciones, en la creencia de que de esta manera se conseguirá un reparto más solidario.

¿Limita la explotación de otros deportes por parte de la Liga de fútbol?

Llama la atención la introducción de un apartado que prohíbe expresamente que las ligas profesionales puedan adquirir o explotar los derechos de competiciones que no sean organizadas por ellas. Esta previsión resulta especialmente polémica, a la vista del importante desarrollo que la Liga de Fútbol Profesional en su programa la Liga4Sports está llevando a cabo en favor de los deportes minoritarios que no encuentran en los medios de titularidad pública una exposición similar a la que la Liga les da, por lo que ni se entiende la finalidad de esta prohibición ni se acierta a ver qué ventajas reporta ello para el deporte minoritario que carece de los medios propios necesarios para dar visibilidad a las competiciones de su modalidad.

Golpe a Google, la reforma de la Ley de Copyright al detalle

El Consejo Europeo ha aprobado la reforma de la Ley de Copyright que incluye los ya famosos y polémicos Artículos 11 y 13. Después del acuerdo franco-alemán se alcanzó una versión definitiva que ha sido finalmente aprobada con los votos a favor de la mayoría de países europeos.

El siguiente paso para la reforma de la Ley del Copyright será la votación del 26 de febrero en el Comité de Asuntos Legales (JURI) y la posterior votación final del pleno del Parlamento Europeo, que todavía no tiene fecha cerrada. Italia, Polonia, Luxemburgo, Holanda y Finlandia han votado en contra, mientras que Bélgica y Eslovenia se han abstenido.

El proceso de la reforma de la Ley del Copyright sigue adelante y pasará a revisarse legalmente. En caso que la votación final del Parlamento dé su visto bueno, todos los países miembros de la Unión Europea tendrán hasta 24 meses para introducir en su legislación local una directiva que encaje con la nueva reforma.

Qué dicen los Artículos 11 y 13 aprobados

Con la votación, se resuelven los detalles sobre cómo queda la propuesta final de reforma de la ley sobre gestión de los derechos de autor. En anteriores votaciones, Francia y Alemania no se habían puesto de acuerdo sobre las plataformas comerciales que tendrán la obligación de implantar ciertos filtros, pero una vez han acercado posturas la votación sí ha logrado una mayoría cualificada.

El Artículo 13 de la reforma de los derechos de autor establece que los propietarios de sitios web deben hacer «todo lo posible» para comprar licencias, además deberán establecer filtros de subida y herramientas de control para detectar si el contenido posee derechos de autor para, en caso afirmativo, evitar que se suban a la web.

En concreto, todas las plataformas digitales deberán cumplir la nueva normativa salvo que se cumplan a la vez tres condiciones concretas:

  • Disponibles para el público desde hace menos de 3 años
  • Facturaciones anuales inferiores a 10 millones de euros
  • Menos de 5 millones de visitantes únicos al mes

Por su parte, el Artículo 11 está relacionado con los buscadores y los agregadores de noticia. Quienes reproduzcan pequeños fragmentos de texto de otros medios tendrán que tener autorización explícita para ello. Una medida que afectará a páginas como Google, quien según esta nueva reforma no podría ofrecer sus noticias ya que contienen pequeños fragmentos sin permiso.

Cuál es la postura de los países que han votado en contra

A través de un comunicado conjunto, los países que han votado en contra han publicado un manifiesto indicando su rechazo al texto aprobado.

«Los objetivos de esta Directiva son mejorar el buen funcionamiento del mercado interno y estimular la innovación, creatividad, inversiones y producción de nuevo contenido, también en el ecosistema digital. Las tecnologías digitales han cambiado radicalmente la manera de como el contenido se produce, distribuye y accede y este marco legislativo no refleja esos cambios.»

«Creemos que la Directiva en su forma final es un paso atrás para el Mercado Único Digital. Más notablemente, creemos que la Directiva no incide en el justo balance entre la protección de los derechos y los intereses de los ciudadanos europeos y las compañías. Incluso pone en riesgo la innovación más que promoverla y podría tener un efecto negativo. Además, creemos que la Directiva carece de claridad jurídica y dará lugar a una inseguridad jurídica para muchos interesados y puede llegar a invadir los derechos de los ciudadanos de la UE.»

Organizaciones en defensa de los derechos digitales han creado el hashtag #SaveYourInternet para mostrar su rechazo ante la nueva reforma de la Ley del Copyright que sigue avanzando en las sucesivas votaciones.

¿A quién pertenece una foto: a quién la toma o a quién sale en ella?

Fuente de los testimonios: El País/People/BBC

Un dilema que muchas veces termina en los tribunales se ha ido acrecentando con el ascenso de las redes sociales. Las disputas son muchas y variadas, agencias de fotógrafos reclaman cuantiosas sumas de dinero a famosos a los que han retratado después de usar las imágenes en sus propias redes sociales. Famosos e influencers de todos los tamaños también se han visto afectados. En palabras de Antonio Perea «los mid-influencers y los micro-influencers son los más desprotegidos en esta clase de reclamaciones. No suelen estar bien asesorados ni protegidos en materia de derechos de imagen. Lo peor es que no solo pierden rendimiento por su actividad empresarial, en muchos casos pueden ser demandados por cuantiosas sumas de dinero»

El problema, convertido ahora en cuestión legal, está en la utilización de una foto por parte de la persona que ha sido retratada. Algunos famosos se enfrentan ahora a demandas millonarias por parte de paparazis que les retratan y venden sus fotos a medios. Luego ellas, o sus clubs de fans, reutilizan esas fotos —a menudo sin saber de quién son exactamente—, y la réplica de esa foto queda al margen de la legalidad. Algo en lo que apenas se ha indagado y de lo que no hay casos conocidos en España, pero que en EE UU les ha ocurrido a modelos, cantantes como Jennifer Lopez o a algunas de las hermanas Kardashian, como Khloé, que fue de las primeras en hacerlo saber.

Uno de los casos más flagrantes es el de la top model Gigi Hadid, uno de los rostros más importantes de pasarelas y campañas de publicidad de los últimos años. Tal y como recogía la revista People a finales de enero, Hadid ha sido denunciada por un fotógrafo por infringir la ley de derechos de autor. En octubre, la modelo de 23 años publicó una imagen de un fotógrafo profesional en su cuenta de Instagram —con más de 45 millones de seguidores— sin pedir permiso al autor. Una foto que habría recibido más de 1,6 millones de Me gusta hasta que la modelo la retiró. Aunque, según los documentos legales obtenidos por la publicación, esa imagen no era una excepción: «En la fecha de esta demanda, el Instagram de Hadid incluye al menos 50 ejemplos de fotografías sin acreditar de Hadid en público, en eventos, presentaciones o sobre la pasarela».

Esta es la segunda vez que la modelo recibe una denuncia similar; ya le pasó en 2017 con una imagen tomada por el fotógrafo Peter Cepeda. Entonces fue cuando salió a la luz la versión de la modelo, tanto la suya como la de muchas otras, en su propia voz. En una larga publicación de Instagram, en octubre de 2018, la modelo contó que sabe que su trabajo es sonreír y posar ante los paparazis. «Pero esa gente hace dinero gracias a nosotros día tras día, acosándonos legalmente por andar seis pasos hasta el coche y otros seis al trabajo», rebate. «Conducen demasiado cerca y de forma imprudente, ponen a la gente en peligro por una foto y nunca parecen tener suficiente. Y todo ello sin hablar del peaje mental y emocional que esa presión hace en la gente, de los días que yo (y tantos otros) he decidido no salir porque no quería que me sacaran una foto y me prestaran atención cuando trato de llevar una vida normal […] ¡¡¡y ahora me denuncian por una foto que he encontrado en Twitter, sin nombre del fotógrafo, que un medio ya ha pagado para subir online!!!»

«Es absurdo», se justificaba Hadid. «No tengo forma de saber cual de los más de 15 fotógrafos que tenía fuera ese día sacó esa foto exacta, si simplemente me hubiera hecho un comentario en la foto le habría acreditado sin problema. […] Le están haciendo esto a mucha gente que conozco y, lo más triste, a muchos fans cariñosos de todo el mundo».

Kim Kardashian está tan harta del tema que ha decidido ponerle una solución. El jueves noche, la estrella de la telerrealidad explicaba a sus 60 millones de seguidores de Twitter que había contratado a su propio fotógrafo para que sus seguidores pudieran usar esas fotos. «Por cierto, desde que las agencias de paparazis no permiten a los fans reutilizar las fotos, todas mis fotos has sacará mi propio fotógrafo y vosotros, chicos, podéis reutilizarlas siempre que queráis. Si cuelgo una foto de una agencia la etiquetaré y yo tendré permiso para usarla. Así que por favor, ¡no uséis esas!».

Kim Kardashian está tan harta del tema que ha decidido ponerle una solución. El jueves noche, la estrella de la telerrealidad explicaba a sus 60 millones de seguidores de Twitter que había contratado a su propio fotógrafo para que sus seguidores pudieran usar esas fotos. «Por cierto, desde que las agencias de paparazis no permiten a los fans reutilizar las fotos, todas mis fotos has sacará mi propio fotógrafo y vosotros, chicos, podéis reutilizarlas siempre que queráis. Si cuelgo una foto de una agencia la etiquetaré y yo tendré permiso para usarla. Así que por favor, ¡no uséis esas!».

Al cantante Bruno Mars le ocurrió algo parecido en 2017 con una foto de su infancia que le había tomado una célebre retratista, y la intérprete Jessica Simpson también fue acusada hace un año de saltarse el copyright por subir a Instagram unas fotos que le tomaron saliendo de un hotel de Nueva York, según The Hollywood Reporter.

Algo similar le ocurrió a Khloé Kardashian, a quien una agencia de fotografías británica le llegó a reclamar más de 175.000 dólares (155.000 euros) en 2017, según explica la BBC, por una imagen que habían vendido en exclusiva al diario Daily Mail y que ella usó. La demanda llegó a un acuerdo por las dos partes cuando ella borró la foto. Un problema que le ha seguido persiguiendo, puesto que el pasado agosto, al ser preguntada por una fan sobre si colgaría unas fotos de ella con un look de Versace, explicaba en Twitter. «Tengo que pedir permiso sobre algunas de esas fotos antes. Un paparazi me demandó una vez por colgar una foto de MÍ MISMA. Así que ahora tardo un poquito más porque tengo que ir, pedir los permisos de las imágenes… para que no se queden con mi dinero. NO TIENE SENTIDO». Y en un tuit en el mismo hilo comentaba: «Me han demandado y he tenido que pagar un montón de dinero así que ¡vaya mierda!». Y también: «Pueden acosarme y perseguirme y después de todo no puedo ni usar una imagen de mí misma que ellos han sacado. Qué coño es esto».

Su hermana mayor, Kim Kardashian, elevaba también esa queja en sus redes, pero más que enfocada hacia ella, hacia las cuentas de fans. «Odio que las agencias de paparazis cierren todas las cuentas de fans. Tenemos que pensar en algo. ¿Quizá en montar nuestra propia agencia? ¡Y dejar que los fans cuelguen lo que quieran! ¡Dejadme pensarlo con mi familia!», escribía, encendida, el pasado agosto. En las respuestas, los usuarios le contaban que habían cerrado cuentas de fans de muchas de las Kardashians, pero también de seguidores de Beyoncé, Miley Cyrus, Selena Gomez o Dua Lipa.

La SGAE se ajustará a la Ley de Propiedad Intelectual

Fuente: La Vanguardia

La SGAE se ha “comprometido” a adaptarse a la Ley de Propiedad Intelectual, “sin la intermediación de los estatutos”, y propone actuar sobre los tres puntos en los que basa el apercibimiento del Ministerio de Cultura: adaptar sus estatutos a la normativa vigente, habilitar el voto electrónico y someterse a lo que dicten los tribunales de justicia en lo que respecta al reparto de derechos de 2018.

Así lo ha informado este viernes la Sociedad General de Autores y Editores en un comunicado en el que informan que esta semana se ha presentado ante el registro del Ministerio de Cultura un escrito de alegaciones, en respuesta al apercibimiento enviado por Cultura el pasado mes de junio que “amenaza con la intervención de la entidad”, en el que expresa su “firme compromiso de adaptación a la legalidad vigente”. Y para ello, añade la nota, la entidad de gestión presidida por José Ángel Hevia propone una actuación en los tres puntos en los que basa su apercibimiento el Ministerio de Cultura.

«La SGAE propone actuar sobre los tres puntos en los que basa el apercibimiento del Ministerio de Cultura»

En primer lugar, propone la aplicación directa de la Directiva de la UE y el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), “sin la intermediación de los estatutos”, para adecuar la entidad a la legalidad, “una vez que la Asamblea General de socios no ha aprobado la reforma de los estatutos presentada por la junta directiva”.

En segundo lugar, la SGAE modificará su reglamento interno para incluir el voto electrónico en los procedimientos electorales. Y, por último, se “someterá” a lo que dicten los tribunales de justicia en lo que respecta al reparto de derechos de 2018.

“En virtud de ese triple compromiso, la SGAE ha solicitado al Ministerio de Cultura el archivo del expediente de apercibimiento iniciado el pasado 27 de septiembre de 2018. De forma paralela, la entidad de gestión se compromete a retirar el recurso contencioso-administrativo presentado contra el citado apercibimiento”, afirman desde la entidad de gestión.

«La entidad propone adaptar sus estatutos a la normativa vigente, habilitar el voto electrónico y someterse a lo que dicten los tribunales de justicia en el reparto de derechos de 2018»

Para la SGAE, después de que sus socios no aprobaran el pasado 26 de diciembre de la reforma estatutaria por la mayoría de 2/3 requerida, aplicar directamente sin la intermediación de los estatutos lo que establecen tanto la Ley de Propiedad Intelectual como la Directiva de la UE 2014/26, es “la única salida que resulta posible es “.

En el escrito de alegaciones, según detalla la nota, la SGAE presentará un informe sobre el método y plazos para la aplicación directa de la norma vigente y manifiesta su intención de volver a presentar dentro de “un tiempo prudencial” un nuevo proyecto de reforma de los estatutos.

No obstante, la entidad señala que la junta directiva “no tiene responsabilidad alguna sobre la decisión” tomada en la pasada asamblea general, ya que entiende que ha impulsado la modificación de los Estatutos “hasta donde alcanza su competencia”.

Respecto a la solicitud de implantación del voto electrónico para los procesos electorales, la entidad avanza a Cultura que procederá a realizar los desarrollos reglamentarios que permitan que en el futuro los procedimientos electorales contemplen dicha modalidad de sufragio.

Aprobada la nueva Ley de Propiedad Intelectual

La nueva Ley de Propiedad Intelectual ha quedado aprobada y lista para ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrar en vigor, una vez votados y aprobados los cambios realizados durante su tramitación en el Senado.

Tras casi un año de trabajo, el Congreso de los Diputados aprobó, este 21 de febrero, una nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que viene a reforzar la protección de los derechos de propiedad intelectual de autores y editores, especialmente, en el ámbito de las bibliotecas y del sector de la prensa. Esta modificación también facilita instrumentos para incrementar la transparencia de las entidades de gestión.

Vamos a enumerar los puntos principales que toca esta ley, que ya analizaremos más profundamente en otro artículo.


Derechos de autor en las bibliotecas

La reforma aprobada regula el pago de los derechos a los escritores y traductores, nacionales y extranjeros, por el préstamo de sus libros en bibliotecas. El objetivo de este cambio es evitar la fragmentación del pago de esta remuneración para los autores, en el caso de los préstamos que se llevan a cabo en bibliotecas de titularidad municipal. Esta fragmentación ha dado lugar a un incumplimiento de este derecho por parte de la mayoría de las instituciones afectadas. Ahora, la nueva norma traslada la responsabilidad de los ayuntamientos a las diputaciones provinciales o a las administraciones que cumplan sus funciones.

Con esta modificación se espera que los escritores y traductores puedan ser remunerados de manera justa, tal y como establece la normativa europea desde el año 1992.

Prensa

La ley también confirma que el uso no comercial de artículos de prensa dentro de las empresas e instituciones requiere de la autorización de los titulares de derechos o, en su caso, de CEDRO, como asociación mandatada para la gestión de estos derechos.

Piratería

Este texto, además, agiliza tanto la tramitación del procedimiento que se sigue ante la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual contra la lucha de las infracciones de derechos de autor en el entorno digital, como la ejecución de algunas de las medidas derivadas del mismo.

Pago a cuenta

Respecto a las tarifas de las entidades de gestión, la nueva ley establece que cualquier usuario que cuestione este pago deberá sufragar a cuenta el 100 % de la última tarifa acordada o, en el caso de que no haya acuerdo, el 50 % de la tarifa general. Esto permite que las negociaciones entre usuarios y titulares de derechos se lleven a cabo en una situación de mayor equilibrio.

Transparencia en la gestión

Finalmente, el nuevo texto ofrece a las entidades de gestión nuevos instrumentos que facilitan la transparencia y eficiencia en su actividad.

No dude en ponerse en contacto con Perea Abogados para cualquier duda.

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