Tarjetas Revolving ¿Por qué las consideran ilegales?

El crédito revolving son créditos que  ofrece al usuario dividir sus costes en cuotas, para luego ser devueltas en cómodos plazos. Se considera que las tarjetas que ofrecen se tipo de crédito son usureras ya que el nivel de interés que debe pagar al asumir este tipo de créditos, a supera el 27% TAE.

Por Sentencia del Supremo de fecha 4 de Marzo, este tipo de créditos están sometidos a una nueva regulación debiendo realizarse de manera más transparente ahora que el TC ha establecido un tipo de interés normal y con la obligación de regirse a un máximo de intereses y mostrar mayor transparencia en los contratos.

Las tarjetas Revolving son tarjetas que incurren en créditos excesivos que atentan contra el patrimonio del usuario posee unos intereses demasiado altos, que no permiten llegar a saldar la deuda: Supón que ya has devuelto el crédito que has solicitado, el problema que siguen acumulados años de intereses por pagar.

El pasado 4 de marzo se hace pública la resolución del Tribunal Supremo sobre la tarjeta revolving de Wizink, fallando a favor de los usuarios de las tarjetas y considerando usurario el interés que estaba aplicando la entidad financiera.

“El Pleno de la Sala considera que la referencia del ‘’interés normal del dinero’’ debe ser el interés medio aplicable, según cada categoría, publicado en las estadísticas oficiales del Banco de España. De esta forma, se concede a la demandante la nulidad del crédito debido al carácter usurario de éste”.

Así mismo, reacciona el juzgado de Oviedo, haciendo vinculante dicha Jurisprudencia  del Tribunal Supremo basado en y atendiendo el criterio de la sala y considerando nulo el contrato de crédito revolving basándose en la última sentencia a Wizink.

¿Qué implicaciones tiene la sentencia del tribunal sobre el revolving?

La Sentencia del banco implica la nulidad de los créditos revolving, ordena reintegrar los intereses cobrados en exceso al demandante.

¿Cómo se debe proceder?       

Si sientes que estas siendo víctima de un crédito usurero por parte de tu institución bancaria, de igual forma puedes apoyarte en la Jurisprudencia para hacer valer tu derecho legítimo, lo primero es dirigir comunicación al banco y esperar por una respuesta por parte de ellos, si verificas que cumplido con este paso sigues sin recibir respuesta de su parte, entonces es momento de acudir ante el juzgado a interponer formal reclamación a fin de que sea declarado nulo el crédito, a tal efecto la ley anti usura estipula: 

“Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso ó en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario á causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia ó de lo limitado de sus facultades mentales.”

Los Tribunales resolverán en cada caso, formando libremente su convicción en vista de las alegaciones de las partes. Declarada con arreglo á la ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado á entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.

Existe un tipo de tarjetas revolving también  que permiten al prestatario devolver la totalidad del crédito a mes vencido y en este caso funcionarían como una tarjeta de crédito normal. Lo que no resulta atractivo para los bancos es que este tipo de pago no devenga intereses, por lo que los bancos no suelen promocionarla e intentan de forma más o menos transparente que el pago se aplace para poder cobrar intereses, lo que pide el supremo en la sentencia es que las mismas sean más transparentes, con contratos que resulten más claros para los usuarios – evitando las llamadas “letras pequeñas”-

Analizando todo esto, debemos entender que las tarjetas revolving no son ilegales, que es muy importante que estudiemos las cláusulas del crédito, verificando que no se incurra en usura que pueda atentar contra nuestro patrimonio y previendo siempre que no existan otras aristas no observadas por el usuario a lo largo de la ejecución de dicho contrato de préstamo

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