Autónomo societario vs persona física

La autonomía, es una figura legal, donde una persona realiza actividades económicas por cuenta propia, sin un patrón determinado y sin un horario necesariamente fijo y supervisado.

“En este sentido, la Constitución, sin hacer una referencia expresa al trabajo por cuenta propia, recoge en algunos de sus preceptos derechos aplicables a los trabajadores autónomos”

La ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, es el precepto legal que regula la autonomía.

Los trabajadores autónomos, se dividen en freelance o profesionales autónomos, autónomos societarios, autónomos económicamente dependientes o TRADE, y autónomos agrarios.

En el caso que nos ocupa, haremos una distinción entre lo que es un autónomo  Físico y uno jurídico o societario; es importante recalcar que aunque indiscutiblemente los trabajadores autónomos realizan el trabajo por sus propios medios y en búsqueda de un beneficio para sí mismo, no es menos cierto que no debe ser relajada bajo ninguna circunstancia la obligación de cumplir con los deberes formales de facturación, así como también, hacienda y seguridad social.

Autónomo físico

De acuerdo a la Ley de Estatuto de Trabajo autónomo, se define autónomo físico a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. Esta actividad autónoma o por cuenta propia podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial.

Los trabajadores autónomos tienen derecho al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución Española y en los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España sobre la materia

Autónomo societario

Un autónomo societario, es aquel que ha decidido o es participe de algún tipo de emprendimiento societario, participando en asociaciones de cualquier tipo estipuladas en la ley, a saber según especifica la ley: “Los socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias”.

Requisitos y supuestos necesarios para darse de alta como autónomo:

Es necesario encajar dentro de alguno de estos supuestos para que un autónomo físico pase a obtener el alta

  • Los autónomos societarios, deben emitir su facturación legal
  • Deben representar cargos directivos dentro de la empresa
  • Poseer como mínimo un capital accionario del 33% sobre el total del líquido accionario de la sociedad.

Así mismo, existe otro supuesto en el caso que no se posea el capital del 33% pero que conviva con un socio de la sociedad que posea el 50% del capital accionario.

Cuáles son los casos en los que los autónomos societarios deben pagar impuestos?

De acuerdo a las estipulaciones y aclaratorias posteriores realizadas por  La DGT, en sendas comunicaciones vinculantes (V1147-15 y V1148-15), estipula y deja claro que el autónomo societario debe emitir factura cuando realiza un trabajo independiente y, en consecuencia, debe realizar facturación con IVA.

La  semejanza entre ambos, viene dada por que ambos están obligados a cumplir con las obligaciones derivadas de los contratos por ellos celebrados, a tenor de los mismos, y con las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, a los usos y a la ley. Además deberán:

  • Cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud laborales que la ley o los contratos que tengan suscritos les impongan, así como seguir las normas de carácter colectivo derivadas del lugar de prestación de servicios.
  • Afiliarse, comunicar las altas y bajas y cotizar al régimen de la Seguridad Social en los términos previstos en la legislación correspondiente.
  • Cumplir con las obligaciones fiscales y tributarias establecidas legalmente.
  • Cumplir con cualesquiera otras obligaciones derivadas de la legislación aplicable.

Las diferencias entre ambas figuras radican, en el hecho de que en el aspecto  administrativo y contable, las personas físicas poseen un control mínimo en cuanto a obligaciones fiscales y mercantiles mucho menor que el societario, puesto que se encuentra excluida la obligación de llevar contabilidad con arreglo al Código de Comercio:

  • No presenta una conciliación bancaria.
  • No debe legalizar sus libros en ningún registro.
  • Se excluye la publicidad de resultados

En cualquier caso si te estas planteando ser autónomo independientemente del supuesto en el que te encuentres lo más importante es que te asesores, en Perea Abogados contamos con un equipo de expertos que estarán encantados de ayudarte paso a paso en tu proceso como autónomo.

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Como ser un nómada digital en España (Visado de trabajo por cuenta propia)

Desde hace varios años el fenómeno del trabajo a distancia, sin un contrato fijo y sin un jefe directo ha venido en crecimiento, personas de todas las edades, que desde su ordenador realizan innumerables actividades para clientes que se encuentran en diferentes geografías del mundo, conocidos popularmente como freelancers o “lanza libre”, son personas que han decidido ejercer su derecho al trabajo y no pertenecer al grupo clásico y formalmente concebido a través de los años de lo que sería ser un “trabajador”.

Los “freelancer”, como se autodenominan en el argot coloquial, quienes un día pueden estar realizando, por decir un ejemplo, toda una estrategia de marketing para una empresa en Inglaterra, desde su ordenador en una playa en Bali o bien sea, o dictando una teleconferencia para clientes en Japón, desde su casa en Barcelona, también se la has denominado nómadas digitales. Todos ellos,han conseguido en España un paraíso para el ejercicio de su trabajo, debido a su clima, modernidad, organización, calidad de servicios y sobre todo la amplia disponibilidad de conexión red de internet.

Sin embargo, muchos de estos extranjeros, mientras que su trabajo es digitalmente nómada, desean asentarse de manera estable y sobre todo apegada a los derechos ciudadanos que deben acompañarle, para ellos existen ciertas maneras de regularizar su estadía en España:

Una buena opción, es la solicitud de un visado de trabajo por cuenta propia, la misma se perfila  de manera perfecta con los requerimientos y muy bien ajustada para el ejercicio de trabajo independiente, el visado de trabajo por cuenta propia autoriza a su titular para residir de forma temporal en España por un período inicial de un año, desde la entrada en territorio nacional y ejercer una actividad lucrativa laboral o profesional por cuenta propia.

Requisitos:

  • Ser mayor de 16 años.
  • Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, para lo cual el solicitante deberá presentarse en la Oficina Consular con su solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, cuya resolución corresponde a la Delegación o Subdelegación del Gobierno competente.
  • Una vez que haya sido dictada la autorización, el interesado debe presentar su solicitud de visado de residencia y trabajo por cuenta propia, acompañado de su pasaporte valido, certificado médico, certificación de no poseer antecedentes penales, títulos que demuestren la capacidad del solicitante para ejercer la profesión independiente.
  • Luego la delegación, si considera pertinente le llamará para una entrevista personal o presentación de documentación adicional.
  • El Consulado remitirá la documentación presentada a las autoridades competentes españolas para la consideración y estudios del expediente laboral presentado.

La aprobación de la solicitud de visado de trabajo por cuenta propia se notificará por escrito al interesado, en cuyo caso el solicitante debe comparecer en el plazo de un mes desde la notificación por parte del Consulado para iniciar la tramitación del visado.

Las personas que desean acogerse a este visado, deberán demostrar que poseen suficiente solvencia económica o en su defecto, que cuentan con el apoyo de una entidad bancaria para poder establecerse en España.

La petición de este trámite debe ser realizado tomando previsión del tiempo, puesto que la aprobación de la autorización inicial, puede demorar varios meses en hacerse efectiva.

Adicionalmente es necesario encontrarse preparado con la presentación de un proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.

Con la obtención de este visado el solicitante se encontrara debidamente autorizado por un año, prorrogable por un periodo igual, para residir en España y para crear o llevar a cabo una actividad laboral lucrativa por cuenta propia en territorio español.

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5 preguntas que debes hacerte antes de hacerte freelance

Cada vez más profesionales deciden convertirse en freelance para trabajar por su cuenta y ser sus propios jefes. Sin embargo, antes de dar el paso es necesario hacerse una serie de preguntas.

Y es que la vida freelance ofrece muchas ventajas como la libertad de horarios o trabajar desde cualquier lugar del mundo; pero también es muy exigente a otros niveles: conseguir clientes, tomar decisiones importantes, gestionar la liquidez adecuadamente…

Si te planteas seriamente dar este paso, hazte antes estas cinco preguntas para saber si estás preparado para ser freelance:

1. ¿Tienes alguna habilidad que sea “vendible”?

Es decir: ¿qué vas a hacer cómo freelance? ¿A qué te vas a dedicar?

Hoy en día muchas empresas contratan a autónomos para ciertos servicios, pero antes has de saber si tienes alguna habilidad que sea “vendible” e interesante.

Antes de dejar tu trabajo, prueba a vender tus servicios y a buscar clientes.

2. ¿Cuentas con una buena red de contactos?

Tu red de contactos será, seguramente, tu principal fuente de negocio. Piensa si tienes una buena agenda a la que acudir para que contraten tus servicios una vez te establezcas como freelance.

3. ¿Eres capaz de trabajar tú solo?

Al menos al principio, seguramente trabajes tú solo y por tu cuenta. Por lo tanto, la soledad puede ser un problema así que pregúntate qué tal se te da no estar rodeado de personas cada día.

Siempre puedes abrirte al mundo trabajando en un espacio de coworking o acudiendo a conferencias para hacer networking.

4. ¿Tienes un respaldo financiero?

Esta es, sin duda, una pregunta clave ya que sin un colchón financiero la situación se complica. Al principio te costará conseguir clientes, por lo que necesitarás tirar de tus ahorros para poder sobrevivir los primeros meses. Si no cuentas con ese dinero, ¿a qué esperas para empezar a ahorrar?

Una vez todo vaya rodado y empieces a facturar, los expertos recomiendan ahorrar el 40% de cada factura que cobres para posibles imprevistos.

5. ¿Eres una persona disciplinada?

Tú serás tu propio jefe como freelance, por lo tanto todo depende ti. Necesitas estar motivado, ser organizado y tener mucha fuerza de voluntad para sacar adelante tu trabajo cada día.

Si puedes responder afirmativamente a estas cinco preguntas es que estás preparado para iniciar tu andadura como freelance. Recuerda que el camino puede ser duro, pero a la vez muy gratificante.

Además, en Perea Abogados estamos a tu lado con nuestro departamento especializado en asesoramiento a autónomos. Nosotros te acompañaremos para que tu proyecto sea un éxito.

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