Actualmente esta es una de las mayores preocupaciones de todos aquellos ciudadanos que ya cuentan con la concesión de su nacionalidad, puesto que desde que se notifica la resolución de concesión, el interesado habrá de pedir cita en el Registro Civil correspondiente a su domicilio para realizar los trámites de jura e inscripción, que deberán tener lugar en un plazo no superior a 180 días.
Sin embargo, nos encontramos con la cancelación de las citas de juras en los Registros Civiles con motivo de la crisis sanitaria y social provocada por el Covid-19 e incluso la falta de atención, tanto presencial como telefónica, en determinados registros civiles, ocasionando que resulte casi imposible cumplir con este requisito.
Si este es tu caso, ¡Mantén la calma!, vamos a explicarte como debes proceder para que esta situación ocasione el menor perjuicio posible a tu expediente de nacionalidad, toma nota y sigue los siguientes pasos:

1.- ACREDITA LA SITUACIÓN
Deberás poder demostrar que, a pesar de estar solicitando tu cita en el registro civil, no hay disponibilidad de estas a través de capturas de pantalla, o bien del registro telefónico donde se vean reflejados los diversos intentos y fechas en los que has intentado contactar con el registro civil.
De esta forma, tendremos justificantes que prueben que nosotros hemos intentado conseguir la cita de jura de nacionalidad dentro del plazo de los 180 días, sin éxito.
2.- ACUDE CON EL REGISTRO QUE HAYAS CREADO
Una vez tengas tu cita acude con todos tus requisitos y el registro que has creado siguiendo las indicaciones del punto anterior. Los propios Registros Civiles son conscientes de esta situación, por lo que entendemos que todos, antes o después, podrán terminar con el proceso de nacionalidad y hacer su jura sin problemas.
A raíz de esta situación también ha surgido la duda en nuestros clientes de, ¿Qué pasa si consigo mi cita de jura en el plazo de 180 días, pero es para dentro de un año?, a lo cual nos gustaría aclarar que en el momento en el que obtienes cita el plazo se paraliza automáticamente, sin importar la fecha para la cual la hayas obtenido. Con lo cual estarías en plazo y solo tendrías que esperar.
Recuerda, qué lo más importante es estar bien asesorado para poder dar una solución oportuna a todos aquellos posibles inconvenientes que nos puedan ir surgiendo en este tipo de gestiones, en Perea Abogados cuentas con un equipo de expertos en extranjería dispuestos a ayudarte en todo momento.
Esperamos haberte ayudado. Si necesitas ayuda con tu jura de nacionalidad, escríbenos.
Para cualquier consulta adicional sobre nacionalidad o residencia, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com
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