En el artículo 1º del borrador de la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans, elaborado por el ministerio de Irene Montero, se establece que a partir de los 16 años cualquier persona podrá solicitar la “rectificación registral” de la mención relativa al sexo con “una declaración expresa” de la persona interesada. Se elimina cualquier requisito médico o psicológico, como sí establecía la ley del 2007.
En el texto, «se considera perjudicial para desarrollo social del menor, no respetar su identidad de género en lo que concierne al entorno familiar, por lo que en el caso de los menores de 16 años que no cuenten con el apoyo de sus progenitores, se procederá al nombramiento de un defensor judicial”, según lo establecido en el artículo 9 de esta ley.
Con respecto al cambio del sexo en el DNI, se establece que se podrá hacer sin tener que cambiar el nombre y para los menores de 16, se podrá cambiar el nombre sin necesidad de modificar el sexo previamente establecido.
El articulado del texto del Ministerio de Igualdad establece también que las personas que no se identifican con el sexo masculino ni femenino podrán dejar la casilla en blanco en el DNI y se establece en el borrador también que el Servicio Nacional de Salud incluirá asistencia sanitaria en los procesos de transito de sexo.
En cuanto al ámbito deportivo:
Con respecto al aérea de deportes, establece que las personas trans podrán participar en actividades deportivas en función del sexo que tenga registrado, y en caso de los menores será de acuerdo con su identidad de género. Es decir, por ejemplo, si eres una persona trans, y tu sexo registrado es el femenino, podrías participar en cualquier deporte realizado por mujeres, sin ningún tipo de discriminación por parte del colectivo.

En cuanto al ámbito educativo:
En relación con la educación, podrán elegir la indumentaria que ellos prefieran, para expresar su identidad. En el ámbito educativo se garantizará el derecho de los alumnos a expresar su identidad de género, la elección de la indumentaria y el acceso a las instalaciones conforme a la identidad elegida, aunque no haya cambio en el DNI. Los centros educativos adoptarán un procedimiento para que la persona interesada pueda comunicar el sexo y el nombre con los que debe ser tratada.
En cuanto al ámbito laboral:
Las empresas que contraten a personas trans, en una situación de vulnerabilidad, serán bonificadas.
En cuanto al ámbito de extranjería:
Por último, respecto a los extranjeros que tienen TIE, y viven en España, podrán gozar en este sentido de los mismos derechos que los nacionales con respecto a este borrador de ley. Eso sí, cualquier cambio de nombre no tendrá efectos sobre ninguna causa judicial que estuviese abierta.
El Gobierno ha querido dejar claro que el borrador de la Ley Trans elaborado por el Ministerio de Igualdad es la propuesta de este departamento, pero no la del Ejecutivo. Según fuentes gubernamentales, el texto solo recoge de momento los postulados de Unidas Podemos y todavía debe concluir su trámite y ser estudiado por el resto de los ministerios que tienen competencias en materias afectadas.
¿Y tú que opinas de esta ley?