Arraigo de Segunda Oportunidad: Recupera tu residencia

Desde el 20 mayo de 2025, el ordenamiento jurídico español incorpora una nueva figura pensada para personas extranjeras que, por causas ajenas a su voluntad, perdieron su permiso de residencia: el arraigo de segunda oportunidad.

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite regularizar la situación legal de muchas personas que han quedado fuera del sistema sin haber cometido infracción alguna.

¿Quién puede beneficiarse del arraigo de segunda oportunidad?

Esta figura está dirigida a personas extranjeras que:

  • Hayan sido titulares de una autorización de residencia (no por circunstancias excepcionales) en los dos años previos a la solicitud.
  • No hayan podido renovar dicha autorización por causas distintas a sanciones o antecedentes relacionados con el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • Hayan permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años, sin computar el tiempo tramitado como solicitantes de asilo, hasta que exista resolución firme.
  • No se encuentren dentro de un compromiso de no retorno ni figuren como rechazables en el espacio Schengen.

¿Qué beneficios ofrece esta autorización?

  • Permite residir legalmente en España por un año.
  • Lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena y propia, sin limitación geográfica ni por ocupación.
  • A su finalización, puede transformarse en una autorización de residencia y trabajo ordinaria o prorrogarse anualmente, siempre que se acredite búsqueda activa de empleo.

¿Qué documentación se necesita?

Para presentar tu solicitud, deberás aportar:

  • Copia completa del pasaporte o documento de identidad.
  • Pruebas de permanencia continuada en España durante al menos dos años (empadronamiento, citas médicas, facturas, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales de los países donde hayas residido en los últimos cinco años.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.
  • Si procede, documentación que acredite la pérdida del permiso anterior por causas justificadas.

Todos los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y traducidos por traductor jurado si están en otro idioma.

Una vez admitida a trámite la solicitud, tienes diez días hábiles para abonar la tasa. El plazo de resolución es de tres meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Tras la concesión, deberás solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en el plazo de un mes.

¿Necesitas ayuda para solicitar el arraigo de segunda oportunidad?

En Perea Abogados contamos con un equipo experto en Derecho de Extranjería que puede ayudarte a:

✅ Evaluar si cumples los requisitos.
✅ Reunir la documentación necesaria.
✅ Presentar la solicitud y hacer seguimiento de todo el procedimiento.
✅ Asesorarte sobre la prórroga o modificación de la autorización tras el primer año.

No estás solo. Podemos ayudarte a recuperar tu residencia legal en España.

Para cualquier consulta adicional de inmigración, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Regulariza tu situación en España a partir de Mayo 2025

A partir del 20 de mayo de 2025, entra en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería.

Si eres extranjero o migrante, te explicamos de manera clara los nuevos permisos de residencia para obtener tu residencia legal en España.

1. Arraigo de Segunda Oportunidad: Recupera tu Tarjeta de Residencia

El arraigo de segunda oportunidad es una medida muy útil para aquellos que ya vivían en España con una tarjeta de residencia, pero que por alguna razón, se han quedado sin ella.

Si este es tu caso, no te preocupes, ya que existe la posibilidad de recuperar tu residencia a través de este permiso.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Si has perdido tu tarjeta de residencia por no haberla renovado.
  • Si has estado en España durante al menos dos años, de manera continuada e ininterrumpida

Este arraigo te da una segunda oportunidad para regularizar tu situación y continuar viviendo y trabajando en España de forma legal.

2. Arraigo Sociolaboral: Para Quien Tiene una Oferta de Empleo

Si tienes una oferta de empleo en España, el arraigo sociolaboral es una opción excelente para ti. Este tipo de permiso te permite regularizar tu situación si ya tienes un contrato de trabajo o una oferta de empleo formalizada.

¿Qué necesitas para solicitarlo?

  • Tener una oferta de empleo en España.
  • Haber vivido en el país de manera irregular durante al menos dos años.
  • No tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen.
  • No ser solicitante de protección internacional ni tenerla concedida en el momento de la solicitud.

Este permiso te permitirá trabajar legalmente en España y te ofrece la oportunidad de quedarte a largo plazo, si continúas cumpliendo con los requisitos.

3. Arraigo Social: Para Quien Tiene Familia en España o Quiere Crear su Propio Negocio

El arraigo social es para aquellas personas que ya han vivido en España durante un tiempo y tienen vínculos familiares o desean emprender un negocio en el país. Si tienes familiares con recursos económicos en España, o si tienes planes de crear tu propia empresa, este permiso puede ser la opción más adecuada para ti.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Si tienes familiares directos en España (como hijos, padres o cónyuges) con recursos económicos.
  • Si tienes la intención de crear tu propio negocio en España, cumpliendo con ciertos requisitos.

Este tipo de arraigo está pensado para facilitar la integración de aquellos que tienen lazos familiares con ciudadanos españoles o de la UE, o que quieren contribuir al desarrollo económico del país a través de su propio negocio.

4. Arraigo Socioformativo: Si Quieres Estudiar en España

Si tu objetivo es estudiar en España, el arraigo socioformativo es el permiso que debes solicitar. Es ideal para aquellos que quieren venir a España para continuar su formación académica o profesional y mejorar sus oportunidades.

¿Qué necesitas para solicitarlo?

  • Haber residido en España durante al menos dos años.
  • Tener una oferta de estudios o formación en una institución educativa española.
  • No tener antecedentes penales.

Este tipo de arraigo te permite estudiar en España, lo que te abrirá muchas puertas en el futuro, tanto a nivel personal como profesional. Además, una vez finalices tus estudios, podrás acceder a otros tipos de permisos laborales si encuentras trabajo en tu campo.

5. Arraigo Familiar: Para Quienes Tienen Vínculos con Ciudadanos Comunitarios

El arraigo familiar está diseñado para personas que tienen ciertos vínculos con ciudadanos comunitarios. Es un permiso de residencia dirigido a aquellos que tienen familiares directos en España, especialmente si estos son ciudadanos de la Unión Europea o tienen una situación de residencia regular.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Si tienes un familiar directo (padres, hijos, pareja) que sea ciudadano de la Unión Europea o tiene residencia legal en España.
  • Si has estado residenciado en el país durante un periodo mínimo de tiempo.

Este permiso es perfecto para aquellos que desean reunirse con sus familiares y vivir juntos en España de manera legal. Es una forma de fomentar la integración familiar y garantizar que los vínculos familiares se respeten.

¿Cuál es el mejor tipo de arraigo para ti?

La mejor opción depende de tu situación personal. Cada tipo de arraigo tiene sus requisitos y condiciones. Es importante que te informes bien sobre lo que necesitas y cómo hacer la solicitud.

¿Necesitas ayuda para tramitar tu permiso?

Si te sientes abrumado por los trámites o no estás seguro de qué tipo de arraigo solicitar, no te preocupes. Un abogado especializado en inmigración puede ayudarte a entender cuál es la mejor opción para tu caso y guiarte a través de todo el proceso.

¡No dudes en contactar con nosotros! Estamos aquí para ayudarte a regularizar tu situación y asegurarte una vida más tranquila y segura en España.

¡Tu oportunidad para vivir y trabajar legalmente en España está al alcance de tu mano!

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Doble nacionalidad: Francia y España

¡Ya puedes tener doble nacionalidad francesa y española!

Esta medida entró en vigor el pasado abril de 2022 porque Francia y España firmaron un convenio bilateral de doble nacionalidad entre estos Estados.

¿De qué trata este convenio?

Lo que busca es que ni ciudadanos franceses ni ciudadanos españoles renuncien a su nacionalidad para poder conseguir la otra.

Es decir, a partir de ahora, los ciudadanos de ambos países pueden tener y mantener las dos nacionalidades a la vez.

Además, los franceses o españoles que antes de la entrada en vigor tuvieron que renunciar a un de las dos nacionalidades, también podrán acogerse al mismo y recuperar la nacionalidad a la que renunciaron.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Si eres francés y quieres solicitar la nacionalidad española, deberás:

  • Haber residido legalmente en España durante 10 años
  • Acreditar un A1 de español
  • Aprobar el examen CCSE
  • Carecer de antecedentes penales

Para los españoles que quieran solicitar la nacionalidad francesa, los requisitos son:

  • Residencia legal y continuada en Francia durante 5 años.
  • Acreditar un nivel B1 de francés
  • Demostrar la percepción de ingresos estables durante los 3 años anteriores a la fecha de la solicitud
  • Carecer de antecedentes penales

Esperamos haberte ayudado.

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