Ante las medidas gubernamentales dictadas por el gobierno español que incluye el confinamiento y cese de las actividades económicas empresariales, en su gran mayoría como consecuencia de la crisis por  COVID19; se han visto  lesionado de manera considerable el estado de solvencia de muchas de las personas que con anterioridad a esta situación o durante la misma, tuvieron la necesidad imperiosa de solicitar algún crédito o prestamos.

Ante esta problemática, la Ley de Segunda Oportunidad puede llegar a convertirse en la solución más adecuada para recuperar la capacidad de pago del deudor por falta de liquidez. Ahora bien, es importante resaltar que uno de los principales beneficios de esta ley es la posibilidad de continuar con la actividad económica y/o comercial que venía realizando el deudor mientras se llegaba a un acuerdo con sus acreedores para efectuar los pagos correspondientes.

No obstante es preciso realizar algunas consideraciones con respecto al procedimiento establecido en la Ley y su aplicación en el marco del COVID19.

Decrecimiento económico y la Segunda Oportunidad.

Uno de los componentes más importantes que se establecen en la Ley de Segunda Oportunidad es su objeto, el cual no es otro que flexibilizar los pagos de las deudas adquiridas por el deudor mientras continúe el desarrollo de su actividad comercial y así evitar su insolvencia total.

Desde la perspectiva más general,  con el inicio del estado de alarma la inactividad comercial ha ido cada vez causando estragos en el contexto económico de la sociedad, con lo cual muchas personas han tenido que acogerse al ERTE y otras han debido cerrar definitivamente sus negocios. Asimismo, los niveles de consumo han disminuido al igual que la inversión, aumentado de manera considerable el desempleo.

Es así como la Ley de Segunda Oportunidad promete ser la opción más adecuada para muchos que no pueden hacer frente a sus compromisos de pago y así evitar la ejecución de las distintas garantías a las que tienen derechos sus acreedores.

Es por lo anterior que sería de mucha importancia evaluar las condiciones y requisitos que deben darse para acogerse al procedimiento establecido en la referida ley, ya que no debemos olvidar que el mismo inicia con un acuerdo extrajudicial de pago al que arriben los acreedores y el deudor ante su falta de liquidez y así evitar la judicialización del proceso que culminaría con el embargo de sus bienes, y ejecución de otras garantías.

Dentro de esta perspectiva, no hay que olvidar que estamos ante la incertidumbre del período económico que se desarrollará tras la crisis del coronavirus, con lo cual se le otorga mayor importancia a las distintas formas que prevé el ordenamiento jurídico para superar el estado de insolvencia y reiniciar su actividad económica.

En este contexto, es menester que el Gobierno español adopte algunas medidas que permitan asimismo flexibilizar el pago correspondiente de los créditos públicos que en su mayoría son los que suelen agravar la situación económica y el nivel de endeudamiento del insolvente.

Aplicación de la Ley tras la Pandemia

Importa y por muchas razones, que las personas que tiene falta de liquidez conozcan sobre las distintas posibilidades que tiene para arribar a un convenio de pago con sus acreedores y que de fallar el mismo, puedan optar por el beneficio de la cancelación total de las deudas, cumpliendo previamente con los requisitos establecidos en la Ley de Segunda Oportunidad.

Ahora bien, las deudas que pueden llegar a exonerarse en líneas generales son: las deudas bancarias; los intereses, apremios y sanciones; las deudas contraídas con los particulares; aquellas concernientes a bienes y servicios; entre otras.

Es menester tener en cuenta los requisitos que se deben cumplir para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, los cuales se resumen en:

  • Demostrar que se carece del patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas;
  • La suma total de las deudas no deben sobrepasar los 5 millones de Euros.
  • Actuar de buena fe; es decir, no haber sido declarado previamente culpable en un concurso real de acreedores ni tampoco ser condenado por la comisión de ilícitos económicos o sociales. Que su situación de insolvencia sea real y no omita ninguna información que haga presumir lo contrario.
  • Procurar soluciones extrajudiciales que permitan u acuerdo entre el deudor y sus acreedores.

Es así como las Ley de Segunda Oportunidad se convierte en una de las soluciones más acertadas tras la crisis del coronavirus, ya que cualquier particular o trabajador autónomo puede negociar la forma en que hará frente a sus deudas con sus acreedores, permitiéndole asimismo al insolvente, cubrir los gastos necesarios para vivir y desarrollar su actividad económica.

Esperamos haberte ayudado.

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