Reconocimiento de paternidad en España: guía completa legal

El reconocimiento de paternidad es un procedimiento legal por el cual se declara oficialmente la relación de filiación entre un padre y su hijo, cuando esta no había sido reconocida previamente.

Este proceso tiene consecuencias importantes tanto para el progenitor como para el hijo, ya que establece obligaciones legales para el padre y otorga al hijo derechos fundamentales, como el acceso a la herencia, la nacionalidad o las prestaciones sociales.

En este artículo desde Perea Abogados te explicamos de forma clara qué es, quién puede solicitarlo, cómo se lleva a cabo y qué pruebas suelen utilizarse.

¿Qué es el reconocimiento de paternidad?

El reconocimiento de paternidad consiste en un procedimiento judicial mediante el cual un juez declara la existencia de una relación paterno-filial que antes no estaba reconocida.

De este modo, el padre pasa a tener la obligación legal de cuidar, mantener y asistir al hijo, y este último obtiene derechos en materia de:

  • Herencia y sucesiones
  • Nacionalidad y apellidos
  • Prestaciones sociales en casos de orfandad u otras circunstancias

¿Quién puede solicitar el reconocimiento de paternidad?

Según el artículo 133 del Código Civil, la legitimación para iniciar este procedimiento depende de cada caso:

  • La madre: puede presentar la demanda dentro del plazo de un año desde que conozca la relación de paternidad.
  • El hijo: si es mayor de edad, puede solicitarlo en cualquier momento, ya que esta acción no prescribe. Incluso puede interponerse tras el fallecimiento del padre, con efectos directos en materia de herencia.

¿Cómo se solicita el reconocimiento de paternidad?

El procedimiento se inicia con la interposición de una demanda civil en materia de filiación ante el juzgado de familia del domicilio del presunto progenitor o, en su defecto, ante el juzgado de primera instancia.

Será el juez quien, en aplicación del artículo 120 del Código Civil, declare de forma unilateral si existe o no la relación paterno-filial.

¿Qué pruebas se pueden aportar en un juicio de paternidad?

La prueba más utilizada y con mayor valor probatorio es la prueba de ADN, ya que ofrece resultados concluyentes. Sin embargo, no es la única. También pueden presentarse:

  • Declaraciones de testigos
  • Certificados médicos
  • Correspondencia u otras pruebas documentales

Aunque el juez no puede obligar al supuesto padre a realizarse la prueba de ADN, el Tribunal Supremo ha establecido que la negativa injustificada a someterse a dicha prueba puede ser interpretada como un indicio claro de paternidad.

¿Qué derechos obtiene el hijo tras el reconocimiento de paternidad?

Una vez declarada la filiación, el hijo adquiere derechos de gran relevancia:

  • Derecho a llevar los apellidos del padre
  • A obtener la nacionalidad
  • Derecho a recibir alimentos y pensión de manutención
  • Derecho a su parte en la herencia legítima
  • Acceso a prestaciones sociales en determinadas circunstancias

Conclusiones

El procedimiento de reclamación y reconocimiento de paternidad es un proceso judicial con importantes repercusiones familiares, sociales y legales.

En resumen:

  • Es necesario interponer una demanda de filiación ante el juzgado competente.
  • El hijo puede reclamar la paternidad en cualquier momento, incluso tras la muerte del padre.
  • La prueba de ADN es la más fiable, pero no es imprescindible.
  • La negativa del progenitor a realizarse la prueba puede ser interpretada como indicio de paternidad.

En Perea Abogados, especialistas en Derecho de Familia, podemos asesorarte y acompañarte en todo el procedimiento de reconocimiento de paternidad, defendiendo siempre los intereses de nuestros clientes con la máxima profesionalidad.

Para cualquier consulta adicional sobre divorcios, separaciones o menores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte informado!

0 Commentarios

Deja un respuesta

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

Consulte la política de privacidad y nuestro aviso legal

ACEPTAR
Aviso de cookies
¿Hablamos?