He consumido drogas: ¿puedo conducir?

¿Tiene consecuencias penales conducir un vehículo bajo los efectos de las drogas?

La ingesta de alcohol y drogas es uno de los principales problemas al volante. Ambos pueden provocar alteraciones psicofísicas notables al conducir.

El Estado somete a los conductores a controles aleatorios de drogas para prevenir accidentes y sancionar a aquéllos que no respeten la normativa.

¿Bastaría un resultado positivo en una prueba de drogas para ser autor de un delito de seguridad vial?

Nuestro Tribunal Supremo, el pasado 13 de julio de 2023, se ha pronunciado sobre ello.

La Guardia Civil, tras realizarle al acusado un test de drogas por provocar un accidente mortal, dio positivo en MDMA y cocaína.

El Juzgado de lo Penal lo condenó por un delito de homicidio imprudente. Sin embargo, la Audiencia Provincial consideró que también existía un delito de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas.

Pero, ¿ cuál es el criterio del Tribunal Supremo?

Nuestro Alto Tribunal considera que para acusar a una persona por un delito de conducción bajo influencia de las drogas, se debe:

  • Conocer el grado de impregnación alcohólica que presenta el sujeto en su organismo.
  • Ver cómo influye la cantidad consumida en su capacidad de conducción.

Si no se cumplen los requisitos indicados y se condena a una persona por este delito, se estaría vulnerando el principio de presunción de inocencia pues, la actividad delictiva no consiste únicamente en conocer la cantidad ingesta de alcohol o drogas en el cuerpo, sino que aquellas sustancias afecten directamente a la capacidad de conducción del individuo.

Es decir, una persona puede haber consumido sustancias, dar positivo en un test aleatorio de drogas, pero, sin embargo, no mostrar ningún signo que afecte a su conducción negativamente.

Por ello, dar únicamente POSITIVO en un test de drogas, NO es motivo suficiente para ser condenado por este delito.

RECUERDA: «Si bebes o consumes, no conduzcas»

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