El ‘Monitorio’: reclama lo que te deben

Cuando ya no quedan otras vías y queremos cobrar a un moroso, podemos recurrir a lo que se conoce como proceso monitorio. Esta es una forma rápida y sencilla de reclamar el dinero de facturas pendientes.

El procedimiento monitorio surgió, precisamente, para combatir problemas de impago y ofrecer una alternativa eficaz para reclamar el cobro de deudas.

Está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil y se tramita a través de los Juzgados de Primera Instancia.

Para cobrar deuda a morosos a través del proceso monitorio no hay un límite de reclamación; aunque si la cantidad es inferior a 2.000€ no es obligatorio, aunque sí recomendable, contar con la presencia de un abogado y un procurador.

Si tienes facturas pendientes de cobro y quieres reclamarlas a través de este procedimiento has de cumplir antes con una serie de requisitos mínimos.

Estos son que la deuda sea:

  • Dineraria.
  • Vencida.
  • Exigible (que no esté sujeta a condiciones).
  • Determinada (una suma de dinero en concreto).

Además de esto, para iniciar el proceso debes presentar una serie de documentos ante el juez que prueben que existe una deuda pendiente y que las partes habéis mantenido una relación comercial.

Será imprescindible que cuentes con:

  • Documentos, sin importar cuál sea su forma o soporte, en el que aparezcan firmados o con cualquier otra señal, física o electrónica, de la persona deudora.
  • Facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, telefax o cualquier otra documento que acredite los créditos y deudas dinerarias.
  • Documentos comerciales que demuestren una relación anterior duradera junto al documento en el que conste la deuda.

En este caso, es muy recomendable contar con la ayuda de un profesional que te ayude a recopilar toda la información y a presentar tu petición en el juzgado.

Una vez efectuado este trámite, el moroso recibirá un requerimiento para pagar la deuda. A partir de ahí, se pueden dar tres escenarios diferentes:

  • El deudor paga y se archiva el procedimiento.
  • El deudor no paga en el plazo de veinte días ni comparece dando razones por escrito para no pagar. En cualquiera de los dos casos, se declarará terminado el proceso y el acreedor podrá iniciar la ejecución de esa cantidad. Esto podrá suponer el embargo de bienes, nóminas, etc. del deudor. Así, si la deuda es superior a 2.000€ será obligatorio contar con un abogado y un procurador que se encarguen de los trámites de la ejecución.
  • El deudor se opone por escrito al pago. Si la cantidad reclamada es inferior a los 6.000€ se cierra el proceso monitorio y se acuerda seguir los trámites del juicio verbal. Si es superior, se dispone de un plazo de un mes para presentar una demanda de Juicio Ordinario en reclamación de la deuda. En este caso, también es obligatorio estar asistido por un abogado y un procurador.

Esperamos haberte ayudado. Si necesitas ayuda para reclamar a los morosos, escríbenos.

Para cualquier consulta adicional sobre reclamaciones de cantidad, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Cártel de los camiones: La primera sentencia favorable en Alemania allana el camino a los afectados en España

El Tribunal Regional de Hannover en Alemania ha dictado la primera sentencia que condena a la empresa MAN, uno de los fabricantes de camiones que entre 1997 y 2011 actuó como cártel, pactando y encareciendo los precios a los clientes, a indemnizar al ayuntamiento de Gottingenal por la compra de camiones que realizó en el periodo que operó el cártel. Se trata de una noticia esperanzadora para todos aquellos afectados que compraron en España un camión de éste fabricante en éste periodo.

La primera sentencia favorable a los transportistas afectados por el denominado cártel de fabricantes de camiones ha llegado. La sentencia, que ha sido dictada por el Tribunal Regional de Hannover, condena a la empresa MAN Truck & Bus Deutschland GmbH a indemnizar a la ciudad alemana de Gottingenal por la compra que ésta hizo de siete camiones entre los años 2004 y 2010.

«Esta sentencia aumenta la probabilidad de éxito de nuevas sentencias favorables a los afectados del cártel de los camiones en España»

Se trata de una sentencia que ha sido dictada en Alemania y, por tanto, no resulta vinculante en España, pero ésta se acoge a las normativas internas de la Unión Europea, que sí afectan a todos los países miembros. Por lo tanto, como Alemania y España están amparadas dentro del mismo marco regulatorio las expectativas de nuevas sentencias favorables para aquellos afectados que reclamaron en nuestro país son muy altas. De modo que, las indemnizaciones serán también muy similares en España.

«El plazo para reclamar los sobrecostes que el cártel de los camiones provocó a los afectados finaliza el 8 de abril de 2018»

Una noticia que da esperanzas a los miles de transportistas afectados en España que han presentado una reclamación de daños y perjuicios contra el cártel de fabricantes de camiones. Se calcula que sólo en España existen más de 2.000 vehículos afectados por el sobrecoste de este cártel. Para todos aquellos que todavía no lo han hecho aún están a tiempo, el plazo de reclamación finaliza el próximo 8 de abril de 2018.

Perea abogados, abogados especialistas en reclamaciones

Desde Perea Abogados, abogados especialistas en reclamaciones, gestionamos reclamaciones de indemnizaciones de diferentes ámbitos. Si usted es uno de los miles de afectados por el cártel de los fabricantes de camiones y, todavía no ha presentado su reclamación, póngase en contacto con nosotros y agilizaremos todos los trámites para que recupere el dinero invertido en su camión o flota de camiones.

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