Los derechos de los atletas, más allá del deporte

El año pasado, ya en temporada primaveral, cuando florecen los castaños, las principales asociaciones de deportistas del mundo hicieron pública la Declaración Universal de Derechos del Jugador. No solo una declaración de intenciones, una guía para entender tan compleja dimensión, una salvaguarda para profesionales que sufren violaciones sistemáticas de sus derechos en el deporte mundial. Podrá sorprender esta necesidad a los aficionados al deporte pues muchas veces relacionamos a estos profesionales con la riqueza, y seamos francos, cuando hay riqueza hay mayor poder de defensa. No obstante, las palabras de Minky Worden, Directora de iniciativas globales de Human Rights Watch, dejan bien claro el asunto.

«Los derechos de los atletas son derechos humanos. Ni siquiera tendríamos que decirlo, pero los jugadores son trabajadores y con demasiada frecuencia se enfrentan a condiciones de abuso y discriminación»

¿Por qué resulta necesaria esta declaración?, son muchas las razones, sin duda, pero la principal es la consideración histórica del deporte como una burbuja en la que el poder de regulación estaba en las propias organizaciones deportivas o federaciones del deporte. Se presupone que estas organizaciones satisfacen mejor las necesidades de estos profesionales aunque en ocasiones, puede implicar un tratamiento discriminatorio o paternalista injustificado. Como apuntan desde la Asociación Mundial de Deportistas, las normativas de organizaciones o federaciones pueden suponer obligaciones onerosas a los deportistas, sin que exista mención a sus derechos. Esto, parece que va por el camino del cambio, aunque hasta entonces hay que proteger los intereses económicos o personales de los profesionales del deporte. Siempre desde la óptica del profesional en derecho deportivo.

«Puedo relacionar muchas de las restricciones que padecen los deportistas federados, sin embargo, las principales son el acceso a los tribunales ordinarios en defensa de sus intereses, su restringido ámbito de libertad de expresión, la menor protección de la integridad física, el cercenamiento de la privacidad en aras de los controles antidopaje o el deficiente tratamiento que reciben los menores deportistas y las mujeres» Aclara Antonio Perea, socio de la firma Perea Abogados.

En opinión de Brendan Schwab, Director ejecutivo de la Asociación Mundial de Jugadores. “El resultado es un sistema deportivo injusto, que carece de legitimidad y no protege a las propias personas que constituyen el eje del deporte. Queremos dejar claro que los derechos de los atletas no pueden seguir ignorándose. Los atletas deben poder tener un acceso rápido a la justicia”

Existen muchos derechos que se reclaman, depende del país, también de la organización a la que se dirigen. En el plano económico hay innumerables reclamaciones «el mayor número de reclamaciones o recursos están basados en la protección de los derechos de los deportistas, a nivel económico sin duda son reclamaciones derivadas del derecho a la protección de su nombre e imagen. Los derechos de imagen de un deportista que no tenga una protección profesional sólida son violados constantemente» Apunta Perea.

En la Declaración Universal de Derechos del Jugador los derechos que se reclaman son diversos:

• Todo deportista tiene derecho a la igualdad de oportunidades en la consecución de su carrera deportiva, sin distinción de ningún tipo y libre de discriminación, intimidación y violencia.

• Todo deportista tiene el derecho a la libre opinión y expresión.

• Los derechos de los deportistas menores de edad deben ser protegidos.

• Todo atleta infantil debe recibir protección de sus derechos.

• Todo deportista tiene derecho a una parte justa de la actividad económica y a los beneficios que haya contribuido a generar en su deporte, amparado por condiciones laborales justas y un salario digno.

• Todo deportista tiene derecho a la organización y a la negociación colectiva.

• Todo deportista tiene derecho a la protección de su nombre, imagen los cuales podrán utilizarse de forma comercial únicamente con su consentimiento, otorgado de forma voluntaria.

• Todo deportista tiene derecho a una vida privada, a la intimidad y a la protección de sus datos personales.

• Todo deportista deberá ser compensado cuando sus derechos humanos no se respeten ni defiendan. Esto es particularmente crucial, dada la naturaleza de la carrera deportiva, altamente especializada aunque precaria y de corta duración.

La esencia que deriva de esta declaración se basa en proteger, respetar y garantizar los derechos fundamentales de los deportistas de todos los niveles. Y aunque carezca de valor normativo, sí debe considerarse un principio para que los intereses de los profesionales del deporte se protejan sin paliativos. «El mundo del deporte es complejo pero confío firmemente en la buena voluntad de todas las organizaciones e instituciones para hacer de la norma un documento justo con el que proteger a todas las partes» Termina Antonio Perea

Wanda: Una cuestión urbanística y deportiva

El TSJM dio la razón a Perea Abogados y a Señales de Humo en 6 de los 7 puntos en los que basó el recurso, y ha declarado nula la modificación puntual del plan, por lo que los terrenos donde se ha edificado el Metropolitano podrían volver a ser de uso deportivo público. Esto implicaría que el Atlético de Madrid ya no sería el propietario de unos terrenos por los cuales desembolsó una cifra cercana a los 70 millones de euros, sin contar otros costes derivados de la construcción de aparcamientos, zonas verdes y viales de acceso al recinto.

Así, se anula el planeamiento urbanístico del estadio de fútbol del Wanda Metropolitano, por el recurso presentado de PEREA ABOGADOS.

Perea Abogados en representación y defensa de la Asociación Señales de Humo, presentó un recurso contra el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid respectivamente ante la Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Una vez iniciado el procedimiento el Club atlético de Madrid se personó en el mismo como interesado, oponiéndose a la demanda planteada por Perea Abogados.

El 17 de julio de 2018, el TSJM dictó una sentencia declarando nulo el planeamiento urbanístico del Estadio Wanda Metropolitano al entender que el Ayuntamiento y la Comunidad actuaron con “desvío de poder» en la modificación puntual del plan general de ordenación urbana que atañe al ámbito del nuevo estadio.

El TSJM declaró nulo el plan de modificación de la parcela del Metropolitano por el cual los terrenos del recinto pasaron hace un año de ser de uso deportivo público a uso deportivo privado, para que de esta manera el Atlético de Madrid pudiera ser el propietario de los mismos. La sentencia podría afectar a la propiedad del suelo en el cual se ha edificado su estadio.

«Son todo ventajas para el Atlético, porque había unos incumplimientos por parte de las administraciones que a ellos les ponen en una situación de riesgo. Conseguir un mejor precio por el suelo y quedarse, o volver al Vicente Calderón. El suelo del Calderón va a revalorizarse y el del Wanda es un suelo deportivo que no va a revalorizarse», reseñaba el abogado Antonio Perea. «Con esta sentencia, el estadio es un estadio construido por una entidad privada sobre suelo público. La figura tendría que ser otra, la compraventa no tendría sentido, habría que ir a una cesión», añade.

Es un caso complejo relacionado con el derecho urbanístico en el que se asiste a una asociación relacionada con el deporte pero en este sentido hay mucho más que decir. Antonio Perea y su equipo es especialista en este campo tan complejo. La dilatada experiencia de este sólido conjunto asiste a entidades relacionadas con el deporte y a deportistas de todos los niveles. Muchas veces es difícil gestionar los derechos de imagen o las sanciones de las federaciones. Estar protegido entraña una gestión eficiente de los deportistas. El programa de Perea Abogados, muy centrado ahora en los eSports, hace una gestión integral de los intereses de los deportistas. Desde su fiscalidad hasta los derechos de imagen, así como la gestión eficiente de recursos o reclamaciones a las entidades deportivas a las que pertenecen.

Proteger a los deportistas y gestionar sus intereses es una de las grandes especialidades del equipo de Perea Abogados. Contacta con nosotros para recibir información sobre el programa Smart Athlete.

Las sombras del traslado al Wanda Metropolitano. Las claves de las irregularidades

El cambio de estadio del Atlético de Madrid para la próxima temporada incurre en una serie de supuestas irregularidades legales denunciadas por la asociación de aficionados Señales de Humo.

El final de la pasada campaña del Atlético de Madrid estuvo marcado por la despedida del Vicente Calderón como estadio colchonero tras más de 50 años formando parte de la historia del club. Los diferentes actos que se sucedieron durante los últimos encuentros celebrados a orillas del Manzanares sirvieron para ensalzar el recuerdo de un estadio histórico, pero también para consolidar la campaña de marketing impulsada desde el club con el objetivo de difundir las bondades del nuevo Wanda Metropolitano, ocultando las muchas sombras que desde hace años acompañan al proyecto.
Tras el traslado a este nuevo estadio –con nombre de capital chino y apellido de historia atlética cogida con pinzas– subyace todo un opaco entramado de irregularidades legales, tras el que encontramos una vez más la labor al frente del club de los dueños y dirigentes del mismo, Miguel Ángel Gil Marín y Enrique Cerezo. Una gestión que en lo referente al traslado de estadio se ha demostrado desastrosa en lo económico –pasando de prever el pago de la histórica deuda del club a costar cerca de 200 millones–, y plagado de anomalías legales en cuanto al plan urbanístico proyectado para los terrenos del Vicente Calderón –recientemente revocado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid–. Un cúmulo de irregularidades que ponen de manifiesto la vinculación existente desde hace años entre la gestión del club y diferentes intereses de carácter político y económico, y que de nuevo vuelve a salpicar la planificación del traspaso y acondicionamiento urbanístico del nuevo Wanda Metropolitano.

Señales de Humo, plataforma de socios críticos con la administración actual del club, formuló el pasado 10 de julio una demanda contencioso administrativa contra la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, relativa a los trabajos de construcción y adecuación de los aledaños del Wanda Metropolitano. La demanda, presentada igualmente contra Ayuntamiento y Comunidad en función de sus respectivas responsabilidades, pide la nulidad total del planteamiento del proyecto tal y como se ha desarrollado hasta el momento. Y se basa en motivos que tienen que ver con la desviación de poder hasta la errónea clasificación del suelo, el incumplimiento de la Ley del Ruido o el insuficiente número de plazas de aparcamiento, entre otras supuestas irregularidades.
La historia del futuro Wanda Metropolitano comienza en 1993, cuando se dio por finalizada la obra primigenia del estadio –originalmente de atletismo–, y su por entonces única grada, con forma de peineta invertida, que le otorgó el nombre que hasta hace unos meses ha acompañado al proyecto. En 2002, la titularidad del estadio era transferida de Comunidad a Ayuntamiento, momento a partir del que el proyecto se vería metido de lleno en el “sueño olímpico” de la ciudad de Madrid. En 2008 –tras el primero de los fracasos olímpicos-, se materializaba el protocolo de intenciones firmado entre el Ayuntamiento y el Atlético de Madrid: el club se comprometía mediante la firma de un convenio de colaboración a dar uso a la instalación tras la hipotética celebración de unos Juegos en caso de que la candidatura tuviera éxito. El convenio formaba parte de los requisitos planteados por el COI a fin de evitar casos de abandono de las infraestructuras como ocurre en estos momentos en Río de Janeiro.
Las candidaturas se perdieron y Madrid no fue sede olímpica, pero el proyecto del nuevo estadio del Atleti siguió adelante. Es en este punto donde, según la denuncia, ocurre la irregularidad más flagrante y llamativa del caso, la desviación de poder: “Lo que nació siendo la destinación de un bien patrimonial público para que se le diera un uso privado, se ha convertido en el traspaso de un bien público a una entidad privada, con lo que el objetivo ha variado considerablemente”, afirma Antonio Perea, abogado de SdH, responsable del caso. “No supone dar uso, sino transmitir con un pago de por medio, comprando el suelo a través de la ejecución de la opción. Pero el objetivo del convenio no era ese. Se ha llegado a un punto diferente que incurre en desviación de poder”.

Es decir, mediante el cambio del uso de estas parcelas, unos terrenos de titularidad pública son transmitidos a un ente privado a través de lo que Perea señala como un “procedimiento administrativo incorrecto”. En él, según el abogado, intervinieron tanto la Comunidad –es su Consejo de Gobierno el que aprueba la modificación puntual del plan como parte de sus competencias– como el Ayuntamiento, quien tiene la tarea de elaborarlo y publicarlo finalmente en el boletín municipal.
Las supuestas irregularidades no acaban ahí. Según ha denunciado recientemente el actual delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, parte del pago estipulado en el convenio –algo más de 60 millones de euros en concepto de compra de terreno y obras de urbanización de accesos– fue abonado por el club en forma de entradas a los partidos del Atlético de Madrid entre 2010 y 2014.

El Gobierno del consistorio municipal, entonces liderado por el popular Alberto Ruiz-Gallardón, recibió durante ese período un total de 126.305 entradas a 40 euros la unidad, lo que suma un importe de 6,2 millones pagados al Ayuntamiento de forma irregular. A juicio del edil de Ahora Madrid, la situación plantea un “problema legal de difícil solución”, dado que el pago realizado por el club en este concepto ya ha sido gastado por el consistorio en forma de entradas, y “dado que no existe crédito para hacer frente a dichas facturas, hay que tramitar las correspondientes modificaciones de crédito para poder hacer el pago de las facturas que hay en los cajones”.
Además de esta situación, en la que aparecen vinculados intereses políticos relacionados con el fracaso del Madrid olímpico, la demanda recoge otro tipo de irregularidades que rodean la puesta en funcionamiento de una instalación destinada al espectáculo deportivo. El ratio de plazas de parking por metro cuadrado de infraestructura es menor que el estipulado en la normativa referente a este punto; y Señales de Humo cree que se ha vulnerado la legalidad en cuanto a la compensación de dotaciones, y destaca la ausencia del obligatorio informe de impacto de género y el incumplimiento de la Ley del Ruido. El problema parece tener difícil solución, ya que, tal y como apunta el abogado de SdH, “actualmente se superan los límites establecidos en la ley en alrededor de 30 decibelios durante los picos máximos”, es decir, cuando hay gol local. A expensas de buscar una solución técnica al problema del ruido, complicado teniendo en cuenta las características del estadio –muy abierto, descubierto y rodeado por viviendas-, Perea plantea la modificación de los horarios de los encuentros que se celebren en el Wanda Metropolitano, hipótesis remota dados los intereses de clubes y televisiones en este aspecto.
Señales de Humo plantea la nulidad del proyecto, un requerimiento que, en caso de ser aceptado –un escenario muy improbable dados los tiempos de la justicia y la incapacidad de la asociación para afrontar económicamente el depósito necesario para sacar adelante una medida cautelar mediante recursos–, provocaría que el Atlético de Madrid comenzara a jugar la próxima temporada en el Vicente Calderón. Una situación que supondría un importante perjuicio para el club tanto en su imagen pública como en términos económicos, ya que el convenio plantea sanciones si no se cumplen las fechas de inicio de la competición en el nuevo estadio.
No obstante, al margen de la vía legal, en el aspecto meramente técnico las cosas tampoco pintan mucho mejor. Las obras presentan aún un importante retraso con respecto a lo planificado, y a falta de una confirmación oficial del calendario de la próxima temporada, el inicio de Liga en el nuevo estadio enfrenta serias dudas. Determinado por el Mundial de Rusia 2018, que arrancará el 14 de junio de 2018, el comienzo de la campaña 2017/18 parece apuntar al 19 y 20 de agosto. Plazos muy ajustados con el actual transcurso de las obras. La solución podría pasar por un previsible retraso del estreno como local en Liga del equipo colchonero, que jugaría las dos primeras jornadas fuera de casa. Sin embargo, el club ha puesto ya en marcha las labores de acondicionamiento del césped del Vicente Calderón, lo que deja entrever las dudas existentes sobre la viabilidad del cumplimiento de los plazos del traslado impuesto y cocinado desde el palco con las altas instancias del poder político madrileño.

Publicado en Contexto

Del Calderón al Metropolitano: un traslado plagado de anomalías

Nuestro socio director Antonio Perea ha colaborado con el diario «contexto y acción», aportando su opinión al respecto del traslado del Club Atlético de Madrid al nuevo estadio Metropolitano, y los problemas jurídicos existentes.

Aquí os dejamos el enlace a la información del diario.

httpsssss://ctxt.es/es/20170614/Deportes/13262/Atleti-estadio-metropolitano-sentencia-traslado.htm

Aprobadas las cuentas del Club Atlético de Madrid, SAD de la temporada 2015/16

El pasado día 15 de noviembre el Club Atlético de Madrid, SAD, celebró Junta General Ordinaria en la sede del club. La junta aprobó la cuentas anuales de la temporada pasada, con un beneficio neto después de impuestos de 3,9 millones de euros.

Igualmente, y para la presente temporada 2016/17 se aprobó un presupuesto de 266,1 millones de euros de facturación.

Debido a su interés os dejamos los documentos relativos a las cuentas aprobadas.

Auditoria y cuentas 15-16

Informe de gestion y presupuesto 16-17

Memoria 15-16

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