¿Cómo realizar un contrato de arrendamiento?

Los arrendamientos están contemplados dentro del marco legal. Por lo tanto, una de las cosas que menos conviene hacer es bajarse un modelo de Internet para rellenarlo. Todo documento legal necesita cumplir con ciertos requisitos mínimos y esto solo se logra redactándolo desde cero. A continuación te asesoramos cómo realizarlo paso a paso y qué datos debe incluir.

Pautas de redacción del contrato de arrendamiento

Lo primero que debe hacerse es conseguir los datos registrales del inmueble a alquilarse, así como también su referencia catastral. Esto irá acompañado de la dirección de la finca y los metros cuadrados que la conforman. Una vez que se especifican estos datos, se pasa a redactar el contrato incluyendo lo siguiente:

Duración: de acuerdo a la ley el plazo mínimo de arrendamiento de una vivienda es de seis meses, mientras que su máximo es de tres años. La duración pactada entre ambas partes deberá quedar especificada en el contrato. Si ambos están de acuerdo, se especificará la renovación y las condiciones para que esta tenga lugar. 

Domicilio válido del arrendatario: además del domicilio que ahora va a arrendar y el cual es el motivo del presente contrato, quien alquila deberá proveer al arrendador de un domicilio válido. Su finalidad es poder ser encontrado en caso de abandono de la vivienda con deuda pendiente o habiendo producido daños en el inmueble.

Datos de renovación y de renuncia: si se quisiera llevar a cabo una renuncia, el plazo legal estipulado es de un mes. En el caso de la renovación, esta no tendrá una renuncia tácita al contrato y lo usual es que se renueve por plazos de un año.

Precio, qué incluye y forma de pago: el precio de arrendamiento mensual debe especificarse en el contrato para que este tenga validez legal y, principalmente, para que no existan confusiones al respecto si se llegara a tener que reclamar la falta de pago. Se especificará que los pagos se realizarán de forma mensual y se pondrá un día límite que se aplicará a todos los meses. Por otra parte, el importe pautado puede o no incluir los siguientes gastos y servicios:

  • Cuota de comunidad
  • Derramas
  • Luz
  • Agua
  • Gas

En términos generales, el arrendador se hace cargo de los gastos de la cuota de comunidad y de las derramas, mientras que el inquilino se hace responsable de pagar la luz, el agua y el gas. Sin embargo, la ley deja abierta la puerta para que entre ambos se pongan de acuerdo y lleven adelante el contrato de la forma en la que mejor les convenga. A los efectos de que quede clara la forma de pago, se incluirá el número de cuenta bancaria del arrendador en el contrato de arrendamiento.

El caso del agua puede ser especial, ya que es posible que se encuentre incluida en los gastos de la comunidad de propietarios. Si es así, este hecho deberá constar en el contrato de arrendamiento.

Revisión del precio: en la misma cláusula del precio, se señalará la revisión, la cual suele tener lugar una vez al año en proporción directa del IPC.

Temas referentes a la ejecución de obras y averías

Es posible que el arrendador autorice a que el arrendatario lleve a cabo obras dentro del inmueble. Tanto si esto se permite como si no, deberá especificarse en el contrato. 

Debido a que el uso del inmueble en sí mismo genera deterioros, es necesario que en el contrato se aclare quién pagará por ellos cuando el arrendamiento llegue a su fin.

Consideraciones a tener en cuenta

El arrendatario tendrá que guardar el comprobante de pago cada vez que abone el arrendamiento. Este será el recibo y el justificante de la transferencia bancaria o del depósito. Conservarlo es de suma importancia en el caso de que se genere un reclamo, ya que será la única forma de comprobar que se ha efectuado el pago.

Se recomienda que el contrato de arrendamiento esté acompañado de un apartado que incluya fotos del inmueble. Esta es la prueba fehaciente del estado en el que se encontraba la finca al momento de su arrendamiento. De esta forma será posible hacer los reclamos correspondientes, si correspondiere, ante los daños producidos o las modificaciones no autorizadas que se llevaron a cabo.

Esperamos haberte ayudado. Si quieres arrendar tu vivienda, ponte en contacto con nosotros.

Para cualquier consulta adicional sobre derecho inmobiliario, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

También puedes seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte informado!

Leer más...

Contrato de arras ¡Respondemos a todas tus preguntas!

¿Qué es un contrato de arras?

También denominado como señal, no es más que un compromiso que asumen las partes en el cual se comprometen a comprar y vender el inmueble objeto de compraventa. Es un documento privado que funge como un pacto, y que es previo al contrato formal de compraventa, el cual se realiza con el fin de reservar el piso a comprar por parte del vendedor y a mantenerse el precio de la venta. No obstante,  los pactos de arras no son todos iguales ni tienen las mismas consecuencias en caso de cumplimiento o no del mismo

¿Cuántos contratos de arras existen?

Existen tres formas de arras o contratos de señal, que dependerán del tipo de negociación que se realizará, los cuales son:

1.- Pacto de Arras Confirmatorias: se trata del acuerdo que realizan las partes donde el comprador entrega una cantidad de dinero como anticipo al monto total del bien que va a adquirir, en señal de que pagará la totalidad de su precio en el tiempo y forma convenidos. Importante señalar que las partes no podrán disolver este convenimiento, so pena de ser considerad como incumplimiento del contrato, en cuyo caso la parte que decide no continuar con la negociación pactada tendrá que indemnizar por los daños y perjuicios causados a la otra parte.

2.- Pacto de Arras Penales: en este tipo de acuerdos las partes entregan una cantidad de dinero como garantía al cumplimiento de la voluntad de adquirir el bien objeto de la negociación en las condicione establecidas. A diferencia de las arras confirmatorias, el incumplimiento de este tipo de convenios, tiene la consecuencia de recibir el vendedor el dinero que se entregó en garantía, si fuere el caso de que el comprador no desea continuar con la compra; en el caso que fuere el vendedor quien ya no quiere vender, entonces deberá entregar de forma duplicada la cantidad de dinero que recibió en arras.

3.- Pacto de Arras Penitenciales: están establecidas en el ordenamiento jurídico español y suelen establecerse como cláusula dentro del contrato de compra venta, esta modalidad consiste en poder desistir de continuar con la negociación y en consecuencia resolver el contrato con la pérdida o devolución duplicada, según corresponda. Importante a tener en cuenta que, si no se establece dentro del contrato, se entenderán que estas arras son confirmatorias, por lo cual su incumplimiento tendrá los efectos ya anteriormente descritos.

¿Qué elementos debe tener el contrato de arras?

1- Datos personales de la parte vendedora y compradora

2- Descripción e identificación del inmueble

3- Precio final de la compra y forma de pago

4- Cantidad de dinero de la señal o anticipo que se descontara del precio final

5- Tiempo máximo para la formalización del contrato de compraventa 

6- Compromiso de firma del contrato mediante escritura pública

7- Distribución de los posibles gastos de la compraventa

8- Firma del comprador y el vendedor.

En dicho contrato debe figurar el más mínimo detalle de cada punto acordado entre el vendedor y el comprador.

¿Qué ocurre si no se cumple con el contrato de arras?

La ley establece en estos casos que cuando la venta no se lleva a cabo dentro del plazo estipulado, en el contrato de forma automática se liberan ambas partes de cualquier compromiso contraído, además  que el responsable de la demora pierde el importe de la señal  (las arras), sin que sean relevantes las circunstancias que hayan impedido que se llevara a cabo la operación.

¿Cuáles son las penalizaciones que impone la ley?

Conforme a lo establecido en el artículo 1454 del Código Civil español, la ley penaliza a quien incumpla con el pacto de arras o señal resolviendo el contrato. En este caso, si fue a voluntad del comprador perderá las arras que haya dado en garantía, y si es motivado al vendedor tendrá que devolverlas duplicadas considerada como una indemnización.

¿Es obligatoria la firma de un contrato de arras?

No, puedes acudir sin ningún problema ante el notario al momento de materializar la compraventa definitiva, el contrato de arras se firmará solamente para aquellos casos donde por las condiciones de la negociación, sea necesaria una garantía para preservar los acuerdos de la compra venta, como es el precio y la entrega del bien.

Leer más...

DESCUBRE AQUÍ QUE CAMBIOS SE AVECINAN PARA LOS ÁRBITROS DE FÚTBOL

Para la temporada 2020/2021, los árbitros pertenecientes a la Primera y Segunda División española pasarán a ser contratados de la RFEF (Real Federación Española de Fútbol).

Hasta el momento, los árbitros y la RFEF mantenían una clase de relación de no dependencia con la Federación. Si bien recibían una compensación por concepto de viáticos y estadías, el vínculo no era de dependencia.

No obstante, esto está a punto de cambiar, según lo anunció el mismo presidente de la RFEF, Luis Rubiales. Cuando la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social examinó la situación de los árbitros, halló un vacío legal en el que habían caído. Estos no eran trabajadores por cuenta ajena, ya que su relación con la RFEF no era de dependencia. De acuerdo a la legislación, deberían entonces haber sido calificados como autónomos, pero tampoco lo era. Por lo tanto, estas observaciones que la Dirección General destacó en el 2012, comenzarán a tomar un nuevo curso en el presente año.

Los cambios que experimentará la relación entre los árbitros de Primera y Segunda División y la RFEF marcarán un antes y un después en su relación. Estos consistirán en:

Contrato laboral: como cualquier otro trabajador por cuenta ajena, los árbitros de las mencionadas Divisiones firmarán un contrato laboral con la RFEF y pasarán a depender de la Federación.

Seguridad Social: lo que durante tantos años les fue ajeno, ahora pasará a ser parte de su vida laboral. Los árbitros gozarán del beneficio de estar incluidos en la Seguridad Social.

Esta nueva situación pretende dar respuesta a los reclamos que durante más de veinte años habían venido planteando los árbitros de fútbol.

¿Por qué los entrenadores sí y los árbitros no?

Bajo el argumento de que los entrenadores formaban parte del sistema laboral y, curiosamente, los árbitros no, Rubiales se mostró de acuerdo desde antes de asumir como presidente de la RFEF en que los árbitros pasaran a formar parte del plantel de trabajadores de la Federación. Fue así que en el año 2018, el gobierno recibió la solicitud por parte de esta para que esto fuera posible. Los deportistas profesionales son regulados laboralmente por el RD 1006/85. De modo que se apeló a este para hacer la solicitud.

De cara al anteproyecto correspondiente a la nueva ley del deporte, se intentó dar forma y regularizar la situación laboral de los árbitros, una asignatura pendiente durante tantos años. Después de que la ola de inestabilidad política amainara en el territorio español, el ahora presidente de la Federación ha tomado la decisión de finalmente darles a los árbitros lo que siempre consideró que reclamaban en su justo derecho.

El anteproyecto de ley

Rubiales ha tomado la decisión de incluir a los árbitros dentro del plantel con contrato firmado de la RFEF. Esta determinación es independiente de lo que ocurra en el transcurso del nuevo gobierno y de si la legislatura que asume aprobará la reforma inherente a la Ley del Deporte o no. Esta es una materia pendiente que consta de larga data. Por lo tanto, el nuevo presidente de la RFEF ha determinado que debe materializarse.

El anteproyecto de dicha ley expresa que la situación jurídica de los árbitros ha sido un tema de preocupación durante largos años. Por lo tanto, se pretende formalizar una situación cuya naturaleza del cargo es demasiado heterogénea. De acuerdo a lo en él expresado, se da la garantía para que el contrato laboral resulte formalizado en el marco de las alternativas que presenta la legislación que se encuentra vigente. El cometido es lograr adaptar la forma en la que los árbitros se vinculan con la RFEF de la manera en la que mejor se adapte al desempeño de su cargo. Lo que el anteproyecto deja muy en claro es que resulta imperante que dichos trabajadores sean incorporados al sistema de Seguridad Social.

En base a los conceptos anteriormente expresados, el anteproyecto estipula lo siguiente:

Dado que los árbitros dejarán de percibir un mero reintegro correspondiente a los gastos de traslado y estancia para recibir una remuneración por sus tareas en la cancha, entonces será obligatorio que se los incorpore en la Seguridad Social.

¿Eres un árbitro o necesitas uno?

Si eres un árbitro o necesitas uno, puedes ponerte en contacto con Perea Abogados para que podamos asesorarte sobre cualquier eventualidad. En Perea Abogados somos especialistas en derecho deportivo y uno de los pocos bufetes de Madrid y de toda España que trabaja este tema de forma especializada.

Leer más...

Como deportista necesitas quien te asesore en tu carrera

Son únicamente noventa minutos los que tiene un jugador para pisar fuerte en el campo. La presión que requiere esa chilena que dará la vuelta al marcador, conseguir el tiro perfecto, los abucheos del público por un penalti no correspondido. Nadie puede hacerlo solo. Hablemos de fútbol, natación o el noble deporte del tenis, cada deportista profesional necesita un respaldo que vele por sus intereses, su rentabilidad…

Por este motivo, nació Smart Athlete. Un programa diseñado para favorecer el rendimiento de la carrera profesional de todo deportista. Dividido en tres paquetes de gestión y asesoría, garantiza la rentabilidad y la protección de todos los profesionales que desempeñan una carrera deportiva.

La Asesoría te acompaña desde que escogiste tus primeras botas, tu primera pala, raqueta, o incluso un coche… Es una vida muy corta en activo como para que te hagan ampollas, rozaduras, heridas; Pero su gran reto empieza a los 30: Saber gestionar y administrar las finanzas. mientras tanto, los deportistas deben gestionar bien sus contratos, los derechos de imagen o conflictos con las federaciones deportivas. Smart Athlete nace para proteger la carrera profesional de muchos.

Ser fiel a un equipo, requiere de una contratación y una planificación; Supone tener una información previa. Tu asesor se encargará a través del programa Smart Athlete de:

  • Redacción de contratos
  • Cómo tributar o pagar los impuestos
  • Dónde invertir sus ingresos
  • Conflictos con federaciones deportivas
  • Derechos de imagen y contratos de publicidad

La única manera de ver recompensado el sacrificio deportivo a un nivel superior es tener un buen equipo de gestión, más allá de los títulos, la autoestima, y las victorias

Antonio Perea Gala

Si observamos la pelota, cae dentro del agujero; Detrás de ella está Tiger Woods, que no sólo revolucionó el golf como deporte sino también en las cámaras; En estos últimos años se ha suscitado el interés por las deudas a la agencia tributaria, quien les reclama una cantidad de millones, por fraude fiscal, Pero ¿Qué tiene de especial la tributación de estos derechos? ¿Con qué motivo? La obtención de licencias y derechos de imagen es una fuente de ingresos muy llamativa, que oculta su lado más discreto, la contratación y sus condiciones. 

Nos vamos a pista batida, junto con sus manías nos encontramos a Rafal Nadal; Quién ha cogido las riendas, y se ha anticipado a su final de carrera profesional; Invertir en una escuela de tenis de alto rendimiento. Esta solución es bastante común para generar ingresos una vez que su temprana carrera profesional haya finalizado.

Desde Perea Abogados gestionamos todo un plan de carrera y ayudamos a mantener el estilo de vida de los Deportistas de Élite aunque seas un Rookie. Es necesario actuar correctamente con las finanzas personales y conseguir asesorar el futuro de estos profesionales. Confiar en un buen equipo financiero y contratar los servicios adecuados, permite tomar las decisiones más acertadas para un mejor futuro. Consiste en anticiparse como hizo Nadal planificando y preparando un futuro sólido y de confianza, manteniendo lejos los conflictos con federaciones o entidades privadas. Ésta es la única manera de que sacrificio deportivo se vea recompensado a un nivel superior, más allá de los títulos, la autoestima, y las victorias mientras se es deportista.

Contrato de franquicia: la base de la expansión de su negocio

¿Dispones de un establecimiento que funciona bien y has pensado en crecer ofreciéndole a alguien interesado adquirir una franquicia tuya?

La franquicia es una fórmula idónea para expandir un negocio tanto a nivel nacional como internacional. Pero es necesario que tu negocio tenga experiencia y éxito y además facilites previamente al franquiciado por escrito información suficiente sobre el mismo. El franquiciado por su parte asume la inversión inicial para adecuar el local y debe abonar un canon periódico. Todo esto tiene que venir recogido detalladamente en un contrato de franquicia y para ello conviene que te asesores convenientemente. ¡Nosotros te ayudamos!

 

PREPARACIÓN DE NUESTRO MODELO DE FRANQUICIA

 

Hay una serie de pasos previos que deberemos llevar a cabo si queremos que nuestro modelo de franquicia resulte atractiva al franquiciado y tenga más probabilidades de éxito. Vamos a enunciar los más importantes a tener en cuenta:

 

Conceptualizar el modelo para tener claro que vamos a vender a nuestros futuros franquiciados. En esta fase es en la que definiremos tanto objetivos económicos como la forma de trabajar que habrá que seguir en los locales de nuestra marca. El modelo debe ser fácilmente reproducible a través de manuales de formación y operación.

 

-Crear una imagen de marca fuerte y atractiva. Deberemos crear un manual de la imagen y estilismo que deberán seguir nuestros franquiciados.

 

-Inscripción en el Registro de Franquiciadores

 

-Elaborar un modelo financiero donde definiremos la cuota inicial, royalties y objetivos económicos con los que convenceremos a los futuros franquiciados.

 

CONTRATO DE FRANQUICIA

Una vez que tenemos claro que nuestro negocio está preparado para iniciar su expansión mediante el modelo de franquicia y tenemos a franquiciados dispuestos a iniciar la aventura, llega el momento de redactar el contrato de franquicia.

Este contrato es el instrumento básico y principal para configurar los derechos y obligaciones del franquiciador y del franquiciado, estableciendo el contenido de la relación a todos los efectos.

Para hacernos una idea, la estructura y contenido de un contrato al uso sería la siguiente:

 

-El encabezamiento, donde encontramos los datos del franquiciador y el franquiciado. Es frecuente que al menos una de las partes sea una sociedad, debiendo prestarse especial atención a todos los datos de la misma.

 

-Los expositivos. Es la parte del contrato donde se hace constar la titularidad de la marca, el cumplimiento de los requisitos administrativos, la independencia empresarial de las partes, etc.

 

-Las estipulaciones. Aquí nos encontramos con la parte más extensa e importante del contrato, donde se detallan los compromisos y obligaciones de ambas partes. Para hacernos una idea de la complejidad e importancia del contenido de esta sección del contrato, vamos a enumerar los epígrafes más importantes que la componen:

 

  • La cesión del uso de las marcas y logotipos, tipografías, etc. y las normas para su uso.
  • Todo lo relativo al manual de operaciones y la formación inicial y continuada.
  • Requisitos que debe cumplir el local comercial
  • Condiciones del suministro y oferta del producto que deberá servir el franquiciado
  • La exclusividad territorial de la franquicia
  • El uso del software y resto de tecnología, así como la prestación de soporte técnico correspondiente
  • Las campañas publicitarias por ambas partes
  • Las condiciones económicas de la relación.
  • Garantías y seguros.
  • La duración del contrato de franquicia.
  • Causas de terminación de la relación

 

Como vemos, el contrato es la piedra angular que regirá la relación entre franquiciador y franquiciado, por lo que es fundamental realizar un análisis y una correcta redacción del contenido de todas y cada una de las cláusulas. Por ello es de vital importancia contar con el asesoramiento y trabajo de profesionales cualificados y experimentados en la redacción de este tipo de contratos. Todo el trabajo, esfuerzo, ilusión y dinero invertidos en el proyecto de expandir su negocio a través del modelo de franquicia no deben fracasar por culpa de un contrato mal redactado.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

Consulte la política de privacidad y nuestro aviso legal

ACEPTAR
Aviso de cookies
¿Hablamos?