Emprendedor, ¿sabes qué tipos de crowdfunding existen?

El crowdfunding se ha convertido en la fuente de financiación de muchos autónomos emprendedores que desean crear su propio negocio. Tal es así, que desde que surgió ha ido evolucionando y se han creado diferentes tipos de crowdfunding.

En primer lugar…

¿Qué es el crowdfunding?

El crowdfunding o micromecenazgo, en castellano, es una red de financiación colectiva que a través de aportaciones, normalmente económicas, consiguen financiar un determinado proyecto. Normalmente el mecenas recibe algún tipo de recompensa a cambio de su participación.

La financiación colectiva surgió a finales del siglo XX en forma de donaciones para hacer realidad ideas. Las bandas de música fueron pioneras en conseguir financiar sus discos o giras musicales con las aportaciones de sus fans.

Años más tarde, los emprendedores y el ecosistema start up se aprovecharon de esta idea para conseguir financiación a través de la cooperación. Así, estos pueden hacer realidad sus proyectos sin la necesidad de recurrir a préstamos bancarios.

La colecta, normalmente, se realiza a través de Internet en plataformas especializadas para ello.

Con el tiempo, el crowdfunding ha ido evolucionando y hoy en día existen cuatro tipos:

Crowdfunding de donación

Es habitual en proyectos solidarios en los que se hace una aportación desinteresada, por lo que las personas que participan no reciben nada a cambio.

Crowdfunding de recompensa

En este caso, el impulsor ofrece algo al mecenas: merchandising, maquetas… Esta es la fórmula más popular y la que ha hecho posibles muchos proyectos.

Equity Crowdfunding

Las personas que participan pasan a formar parte de la sociedad como contrapartida por su prestación. Sus derechos dependerán del dinero aportado, así como los beneficios recibidos en caso de haberlos.

Crowdfunding de préstamo

Como compensación, se ofrece un tipo de interés sobre el dinero recibido. Este conlleva un riesgo inferior, ya que el inversor recibirá el dinero en un tiempo establecido. Este modelo tiene ciertas similitudes con la financiación bancaria.

En todos los casos, tanto el emisor como el receptor, estarán obligados a declarar y tributar sobre la cantidad aportada en un proyecto de crowdfunding. Es importante, en estos casos, contar con un experto que te resuelva las dudas.

En Perea Abogados asesoramos a autónomos emprendedores para que puedan poner en marcha su proyecto y hacerlo realidad: desde la financiación, hasta el plan de negocio. Consúltanos para ayudarte a encontrar el camino hacia el éxito de tu idea.

¿Es mejor darse de alta como autónomo o facturar con una cooperativa?

Trabajar por cuenta propia, aunque sea puntualmente, es complicado sin estar dado de alta como autónomo. A veces el beneficio que obtenemos de estos trabajos es tan pequeño que no compensa pagar la cuota y los gastos asociados; por eso, muchas personas deciden facturar sin ser autónomos o recurrir a Cooperativas de Trabajo Asociado. ¿Son estas buenas alternativas?

Facturar sin ser autónomo

Facturar no solo está permitido a los autónomos; las personas físicas también pueden hacerlo pero están sujetas a una serie de condiciones. Si estas no se cumplen, y a veces son un poco subjetivas, pueden llegar los problemas.

Por eso, es importante entender cuándo es posible facturar sin ser autónomo y qué requisitos hay que cumplir con Hacienda. Estos son:

  1. Que la actividad por la que estamos haciendo la factura no sea la habitual.
  2. Ingresar una cantidad inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anualmente. Esta cifra es de 735,90€ (14 pagas) anuales en 2018.
  3. Estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  4. Cumplir con las obligaciones fiscales como cualquier autónomo: el IVA trimestral, los resúmenes anuales de IVA e IRPF, etc.

Con esta opción nos ahorraremos la cuota mensual como autónomos y poco más.

Facturar con Cooperativas de Trabajo Asociado

Optar por las Cooperativas de Trabajo Asociado para facturar puede convertirse en un problema. En los últimos años están se han multiplicado y ofrecen la posibilidad de unirse a ellas como socios para poder emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo.

Funcionan así: pagas una cuota para acceder y ellos emiten por ti las facturas dándote de alta como trabajador asociado en cada ocasión.

Sin embargo, en el último año el Ministerio de Empleo comenzó a investigar y ha tomado la decisión de disolver estas cooperativas por considerarlas fraudulentas. Su determinación es que los trabajadores son, en realidad, falsos autónomos que tratan de evitar el pago de impuestos.

Así, a muchos de los socios de estas cooperativas le han llegado cartas reclamando las cuotas correspondientes así como los intereses de demora.

Por lo tanto, esta es una opción que no recomendamos.

¿Qué puedes hacer?

En Perea Abogados te ofrecemos un servicio de consultoría especializado para trabajadores autónomos en el que resolvemos todas tus dudas relacionadas con el trabajo autónomo. Te asesoramos para encontrar la opción más adecuada para ti.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

Consulte la política de privacidad y nuestro aviso legal

ACEPTAR
Aviso de cookies
¿Hablamos?