Tarjetas revolving ¿Qué son y cómo funcionan?

¿Cuándo se considera usuraria una tarjeta ‘revolving’?

Tarjetas revolving ¿Qué son y cómo funcionan? Las “revolving” son tarjetas de crédito de las que dispone una persona con un límite monetario determinado, que puede devolver en cuotas o plazos, generando intereses. La problemática que surge con este tipo de “créditos” o “financiaciones a plazos” no es el método establecido, sino los altos porcentajes de intereses que se generan y que un usuario, tras haber firmado el contrato “revolving” junto con la tarjeta, años más tarde, se encuentre que deba efectuar el pago de una cantidad elevada y abusiva frente al límite económico que se estableció en el crédito “revolving”.

Tarjetas revolving ¿Qué son y cómo funcionan?

Tarjetas revolving

¿Qué son y cómo funcionan?

¿Y qué dice el Tribunal Supremo sobre las tarjetas revolving?

El Tribunal Supremo se ha tenido que pronunciar en varias ocasiones, tanto para establecer el porcentaje apropiado que se debe cobrar en estas líneas de crédito como para aclarar los conceptos de cada tipo de interés al consumo existente en la Tabla del Banco de España.

¿A partir de qué interés hay usura?

Hasta la fecha, nuestro Alto Tribunal venía indicando que el establecimiento de un interés frente a créditos al consumo superior al 20% era abusivo, sentando así jurisprudencia sobre este concepto. Pero, a día de hoy, ha afirmado que el rango de intereses entre el 23 y el 26% es un precio apropiado para este tipo de tarjetas y, por ende, no debe considerarse abusivo. De esta forma, viene a aclarar la diferencia entre el T.A.E (la Tasa Anual Equivalente) y el T.E.D.R. (que es el T.A.E. pero sin comisiones ni gastos).

¿A qué se debe este cambio de criterio? 

Pues, en las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en el pasado año 2022, venían a establecer porcentajes más altos como “normales” debido a que en vez de comparar las “revolving” con un crédito, las comparaba con tarjetas de pago aplazado, dado que el Supremo consideraba que así la comparativa era más precisa, fijándose en el T.A.E y no en el T.E.D.R.

No obstante, muchos tribunales siguen declarando usurarias tarjetas “revolving” con porcentajes de intereses a partir del 20% en adelante. A pesar de que el criterio jurisprudencial se haya visto modificado recientemente, este conflicto todavía encontrará debate para llegar a alcanzar la línea límite que puede considerar a usura o la “normalidad”.

Cuidado con el crédito revolving

Desde Perea Abogados te queremos recordar que utilizar el crédito revolving de la tarjeta es una opción muy cara: se debe evitar su uso en la medida de lo posible o limitarlo a situaciones excepcionales en la que tengamos que realizar un pago al que no podemos hacer frente y siempre que no podamos contar con otras alternativas sin coste o con un coste más reducido.

¿Afectado por las tarjetas revolving? ¿Te acosan las llamadas? Toma el control, contacta con nosotros y recupera tu dinero.

Para cualquier consulta adicional sobre tarjetas revolving, no dudes en ponerte en contacto con nosotros vía telefónica 915 748 139 o 626125 436 o por mail a madrid@perea-abogados.com 

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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD: Todo lo que debes saber

¿Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un actor relativamente nuevo en la legislación española, ya que fue aprobada en el año 2015 y su propósito es el de exonerar de sus deudas a las personas que se encuentran en una situación económica apremiante. La regula la Ley 25/2015, del 28 de julio. El proceso que propone es muy similar al que recurren las empresas cuando se declaran en bancarrota, con la ventaja de que pueden ampararse en él las personas particulares y los autónomos.

Veamos cómo funciona y cuáles son los requisitos para poder apelar a la Ley de Segunda Oportunidad.

Mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad

El propósito de La Ley de Segunda Oportunidad es el de poder aliviar económicamente a la persona que mantiene deudas, pero cuya situación financiera le hace prácticamente imposible afrontarlas. Se irá planteando una serie de negociaciones entre el deudor y el acreedor. Si no se llega a acuerdo alguno, el juez tiene la potestad de cancelar o de exonerar al deudor de su pago.

Con la finalidad de aligerar la carga financiera del deudor, la ley en cuestión habilita la renegociación de la deuda. Esto implica que el deudor y el acreedor lleguen a un nuevo acuerdo que estipule de qué forma se reintegrará el importe adeudado.

Dónde se renegocian las deudas bajo el amparo de la Ley de Segunda Oportunidad

Dependiendo de si es un particular o un empresario quien desee ampararse en esta ley, es el organismo al que le competerá llevarla adelante:

Juzgados de Primera Instancia: se encarga de llevar a cabo las solicitudes de los particulares.

Vía mercantil: es el camino para ampararse en esta ley si somos empresarios.

Requisitos para recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad

Los requisitos para beneficiarse de esta ley son dos:

1 – Acreditar la imposibilidad de hacerse cargo de la deuda

2 – Demostrar que se ha procedido de buena fe

Con respecto al primer requisito, es necesario probar que, a los efectos de cancelar la deuda frente a los acreedores, se ha recurrido a liquidar todo el patrimonio en el concurso y que se les ha pagado a los acreedores todo lo posible.

En lo referente a actuar de buena fe, existe un conjunto de preceptos en los que el juez se basará para decidir si la persona ha procedido de forma tal. Tales supuestos implican que el deudor ha hecho lo siguiente:

  • Intento de negociación: significa que ha hecho todo lo posible por llegar a un acuerdo con su acreedor en la etapa previa a dar inicio al concurso.
  • La insolvencia no ha sido provocada adrede: este es un punto muy importante, ya que el juez no le otorgará el amparo de la Ley de Segunda Oportunidad a aquel deudor que haya vendido o transferido a otra persona su patrimonio con el propósito de provocar su insolvencia y así recurrir a la protección de la ley.
  • No se ha amparado en esta ley en los diez años previos: no es posible recurrir al beneficio de esta ley dos veces en un período de diez años.
  • No ha rechazado un empleo: una estrategia a la que los deudores suelen apelar y acerca de la cual los jueces indagan, es el rechazo de un trabajo acorde a las capacidades del deudor. Si la persona rechazara un trabajo tal, se asumirá que lo hizo para no contar con los recursos necesarios para cancelar la deuda.
  • No haber cometido delitos económicos: no se admitirá que el deudor haya perpetrado delitos de índole económica de ningún tipo.

Deudas que se pueden cancelar de acuerdo a la ley

La Ley de Segunda Oportunidad no habilita la exoneración de toda clase de deudas. Para ampararte en ella, tus deudas deben estar incluidas dentro de los siguientes grupos:

  • Deuda pendiente después de una subasta
  • Deuda pendiente después de la ejecución de un inmueble

Si tomamos como ejemplo una hipoteca de ochenta mil euros y cuyo inmueble el banco subasta en cincuenta mil euros, la Ley de Segunda Oportunidad serviría para cancelar los treinta mil euros de diferencia que le queden al deudor.

Las deudas que no se pueden cancelar mediante esta ley son:

  • Las contraídas con la Seguridad Social.
  • Las contraídas con la Agencia Tributaria.

OPROLER, la constructora presenta concurso de acreedores

Hace unos días desayunamos con la noticia publicada en El Confidencial de que la empresa constructora OPROLER Obras y Proyectos, S.L.U., ha solicitado ante los juzgados de lo mercantil de Madrid el concurso de acreedores voluntario.

Según publica este diario la constructora OPROLER no puede hacer frente a los pagos a diversos contratistas, debido a la paralización de la obra pública en España por la ausencia de gobierno y al aumento de los costes en la construcción, sobre todo el aumento del precio de la mano de obra.

Quiebra de Oproler, la constructora presenta Concurso de Acreedores
El delegado en Cataluña de la constructora Oproler, Josep Manel Bassols (i). (EFE)

La constructora estaba aplazando los pagos hasta a 120 días, incumplimiento claramente la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en la cual se establece un plazo de pago máximo de SESENTA DIAS desde la recepción de la mercancía o prestación del servicio.

OPROLER con un pasivo corriente de 63 millones de euros en 2017 (según el registro mercantil de Madrid), y unas deudas a proveedores de 46 millones euros en 2017, se ve obligada, en aplicación de la normativa concursal, a solicitar el concurso de acreedores.

Nuestra ley concursal obliga a solicitar el concurso de acreedores en el plazo de dos meses desde que el deudor conoció o debió conocer su estado de insolvencia.

Muchos son los proyectos y promociones afectados por el concurso de OPROLER, algunos de ellos son, por ejemplo, una promoción 147 viviendas públicas en El Rosón (Getafe), la reforma del polideportivo El Carrascal (Leganés) o la construcción de un aparcamiento en Mogán (Las Palmas de Gran Canaria).

Y bien, ¿ahora qué? ¿En qué situación quedan los proveedores, contratistas, empleados, compradores de viviendas, etc…?

Las personas afectadas deberán iniciar un camino judicial para poder recuperar su dinero y no verse gravemente perjudicados en sus patrimonios con el concurso de la compañía OPROLER.

¿Qué hacer ante un CONCURSO DE ACREEDORES?

?Lo primero es recopilar toda la documentación concerniente a sus relaciones comerciales con la constructora: contratos, albaranes, facturas, partes de obra, certificaciones, etc…

?En el caso de los compradores de viviendas deberán reunir los contratos, justificantes de cantidades entregadas para la compra de la vivienda, certificados, y muy importante, las pólizas del seguro de caución que hubieran suscrito OPROLER para garantizar la devolución de las cantidades entregadas a cuenta.

?A partir de aquí, hay que estar atentos a la publicación en el BOE de la declaración de concurso pues entonces comenzará el plazo de UN MES para que los acreedores comuniquen su crédito a la administración concursal.

?Transcurrido dicho plazo la administración elaborará un informe en el cual además de analizar las causas de la declaración de concurso, calificará los créditos según su naturaleza.

?A partir de entonces empezará la fase en la cual sabremos si es posible la elaboración de un convenio con los acreedores o se liquidará la compañía.

Para todo esto hay que estar personado en el procedimiento y en relación directa con el administrador concursal.

Por otro lado, los compradores de viviendas podrán reclamar directamente a la compañía aseguradora la indemnización de las cantidades entregada para la compra de las viviendas.

Esto se produciría en procedimientos ajenos al concurso.

?Si eres un AFECTADO por el concurso de acreedores de OPROLER podrás reclamar ante el juzgado de lo mercantil los créditos que tengas pendientes y si eres un comprador de viviendas además podrás reclamar frente a la aseguradora o la entidad financiera donde estén depositadas las cantidades entregadas.

En PEREA ABOGADOS somos especialistas en derecho concursal.

Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

Convertir su compañía en eficiente por medio de la reestructuración

Las asesorías para empresas en crisis ofrecen diferentes soluciones dependiendo de cuales sean las necesidades de tu empresa. Los cinco casos más comunes que se presentan a lo largo de la vida de las empresas son abordados por Perea Abogados con celeridad para atajar las deficiencias. Las empresas que se ponen en manos de la firma tienen la garantía de volver a poner su compañía en el lugar que se merece. Reestructuramos la arquitectura de su negocio hasta que se devuelve a la senda del crecimiento y la competitividad. Convertir a las empresas en crisis en empresas “felices” es nuestro principal objetivo.

-Caso 1. Tu empresa sufre una crisis de tesorería. La situación de insolvencia de tu compañía no te permiten pagar a los acreedores a tiempo. No tiene porque ser el fin, siempre que sepas cómo negociar.

Solución. Reestructurar o refinanciar tus deudas. Una asesoría para empresas en crisis intentará negociar acuerdos de refinanciación con tu banco y buscar financiación por vías extraordinarias. Refinanciar las deudas de una empresa es un proceso complejo que se puede alargar más de lo esperado. Por eso, es aconsejable contar con el apoyo de profesionales (asesores legales, fiscales y financieros) que aporten experiencia y agilidad en este tipo de operaciones.

-Caso 2. Tu empresa está al borde del concurso de acreedores. Has barajado todas las posibilidades y la más adecuada es acogerse al preconcurso o concurso de acreedores. En este punto, una de tus prioridades es apostar por la continuidad de la compañía; la otra, proteger tu patrimonio personal.

Solución. Si se aborda a tiempo, el concurso de acreedores puede ser la salvación de tu compañía. El problema es que se suele ejecutar demasiado tarde. Por eso, una buena asesoría para empresas en crisis debe actuar de forma ágil y rápida. En un primer momento puede llegar a ser interesante solicitar primero el preconcurso (no siempre), en el que se concede  un “tiempo extra” para  la que la empresa mejore su situación. Agotada esta vía se presenta el concurso. Este servicio no es caro, si elegimos bien. En Perea Abogados tenemos tarifas que pueden llegar a ser hasta un 75% inferiores a los honorarios del colegio de abogados.

-Caso 3. Quieres vender tu empresa. La compra-venta de empresas en crisis es un negocio muy atractivo. Hay compañías especializadas en este tipo de traspasos, y a su vez emprendedores que querrán apostar por reflotar tu compañía, en lugar de empezar desde cero.

Solución. Necesitas una asesoría que actúe como un intermediario. Lo primordial es su red de contactos. Los compradores adecuados sólo se encuentran en canales específicos. Por eso, su asesoría valorará todas las posibilidades de compra. Tiene que trabajar en colaboración con inversores particulares, family office, capital riesgo y business angels.

-Caso 4. Tu empresa no cuenta con una estructura organizativa adecuada. Muchas pymes o startups de reciente creación no cuentan con los recursos suficientes como para contratar a directivos con experiencia. Esta puede ser una de las causas de sus problemas a nivel organizativo y ejecutivo.

Solución. Apuesta por el programa de directivos “inplacement”. Esto consiste en contratar a un directivo por un tiempo determinado para un proyecto concreto. Lo importante es que permite mejorar la capacidad directiva y estratégica de las pequeñas empresas que no pueden acceder por cuestiones de coste a ese talento. Eso sí, asegurate de que el experto -ya sea director financiero, de recursos humanos, marketing o compras, entre otros- cuente con una experiencia de más de diez años en su sector.

-Caso 5. Tu empresa tiene excesivos gastos. Las compañías que están atravesando dificultades económicas deben mirar con lupa sus gastos diarios, con los que están perdiendo dinero que podría invertirse en áreas estratégicas.

Solución. Optimizar costes puede ayudarte a mejorar los resultados de tu empresa y su posicionamiento frente a la competencia. Dependiendo de la estructura y tamaño de la empresa, estos costes pueden suponer hasta un 25% de su cuenta de resultados. Es clave analizar si el consumo de la compañía es eficiente y/o mejorable detectando las diferentes oportunidades de ahorro. En esto entran los gastos estratégicos, como gastos de personal o stocks pero también  los no estratégicos, como telecomunicaciones o energía.

En Perea Abogados ofrecemos todos y cada uno de estos servicios. Si tu empresa está en crisis, te acompañamos durante todo el camino, sean cuales sean tus necesidades. Lo particular de nuestro sistema es que combinamos el trabajo externo de consultoría con el interno de un miembro de nuestro equipo. A día de hoy, nuestro equipo ha tenido un éxito del 100% en todos los procesos de reestructuración y salvamento en los que hemos intervenido de inicio a fin.

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-Caso 1. Tu empresa sufre una crisis de tesorería. La situación de insolvencia de tu compañía no te permiten pagar a los acreedores a tiempo. No tiene porque ser el fin, siempre que sepas cómo negociar.

Solución. Reestructurar o refinanciar tus deudas. Una asesoría para empresas en crisis intentará negociar acuerdos de refinanciación con tu banco y buscar financiación por vías extraordinarias. Refinanciar las deudas de una empresa es un proceso complejo que se puede alargar más de lo esperado. Por eso, es aconsejable contar con el apoyo de profesionales (asesores legales, fiscales y financieros) que aporten experiencia y agilidad en este tipo de operaciones.

-Caso 2. Tu empresa está al borde del concurso de acreedores. Has barajado todas las posibilidades y la más adecuada es acogerse al preconcurso o concurso de acreedores. En este punto, una de tus prioridades es apostar por la continuidad de la compañía; la otra, proteger tu patrimonio personal.

Solución. Si se aborda a tiempo, el concurso de acreedores puede ser la salvación de tu compañía. El problema es que se suele ejecutar demasiado tarde. Por eso, una buena asesoría para empresas en crisis debe actuar de forma ágil y rápida. En un primer momento puede llegar a ser interesante solicitar primero el preconcurso (no siempre), en el que se concede  un “tiempo extra” para  la que la empresa mejore su situación. Agotada esta vía se presenta el concurso. Este servicio no es caro, si elegimos bien. En Perea Abogados tenemos tarifas que pueden llegar a ser hasta un 75% inferiores a los honorarios del colegio de abogados.

-Caso 3. Quieres vender tu empresa. La compra-venta de empresas en crisis es un negocio muy atractivo. Hay compañías especializadas en este tipo de traspasos, y a su vez emprendedores que querrán apostar por reflotar tu compañía, en lugar de empezar desde cero.

Solución. Necesitas una asesoría que actúe como un intermediario. Lo primordial es su red de contactos. Los compradores adecuados sólo se encuentran en canales específicos. Por eso, su asesoría valorará todas las posibilidades de compra. Tiene que trabajar en colaboración con inversores particulares, family office, capital riesgo y business angels.

-Caso 4. Tu empresa no cuenta con una estructura organizativa adecuada. Muchas pymes o startups de reciente creación no cuentan con los recursos suficientes como para contratar a directivos con experiencia. Esta puede ser una de las causas de sus problemas a nivel organizativo y ejecutivo.

Solución. Apuesta por el programa de directivos “inplacement”. Esto consiste en contratar a un directivo por un tiempo determinado para un proyecto concreto. Lo importante es que permite mejorar la capacidad directiva y estratégica de las pequeñas empresas que no pueden acceder por cuestiones de coste a ese talento. Eso sí, asegurate de que el experto -ya sea director financiero, de recursos humanos, marketing o compras, entre otros- cuente con una experiencia de más de diez años en su sector.

-Caso 5. Tu empresa tiene excesivos gastos. Las compañías que están atravesando dificultades económicas deben mirar con lupa sus gastos diarios, con los que están perdiendo dinero que podría invertirse en áreas estratégicas.

Solución. Optimizar costes puede ayudarte a mejorar los resultados de tu empresa y su posicionamiento frente a la competencia. Dependiendo de la estructura y tamaño de la empresa, estos costes pueden suponer hasta un 25% de su cuenta de resultados. Es clave analizar si el consumo de la compañía es eficiente y/o mejorable detectando las diferentes oportunidades de ahorro. En esto entran los gastos estratégicos, como gastos de personal o stocks pero también  los no estratégicos, como telecomunicaciones o energía.

En Perea Abogados ofrecemos todos y cada uno de estos servicios. Si tu empresa está en crisis, te acompañamos durante todo el camino, sean cuales sean tus necesidades. Lo particular de nuestro sistema es que combinamos el trabajo externo de consultoría con el interno de un miembro de nuestro equipo. A día de hoy, nuestro equipo ha tenido un éxito del 100% en todos los procesos de reestructuración y salvamento en los que hemos intervenido de inicio a fin.

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