¿Me corresponde finiquito por mi baja voluntaria?

En España, cualquier trabajador tiene derecho a solicitar una baja voluntaria en la empresa que esté desempeñando sus funciones laborales.

Ahora bien, este derecho debe ejercerse siguiendo una serie de requisitos formales y respetando una serie de plazos prestablecidos.

¿En qué consiste una baja voluntaria?

Esta supone el aviso del empleado a la empresa empleadora con el fin de rescindir la relación laboral que los une.

En nuestra legislación, el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, aunque de manera breve, menciona este tipo de baja.

Este preaviso constituye un requisito formal inherente a la baja voluntaria. El lapso de tiempo de 15 días constituye el plazo de preaviso generalizado y habitual (el Estatuto de los Trabajadores hace mención a la expresión “según la costumbre del lugar”).

Sin embargo, antes de tener en cuenta dicho plazo de tiempo habría que revisar si el convenio colectivo concreto establece otro plazo, pues en dicho caso prevalecería ese plazo al establecido de forma genérica.

Podemos afirmar que la baja voluntaria funciona siempre de la misma manera, siendo por lo tanto independiente el contrato laboral que se tenga (ya sea a jornada parcial o completa).

La única especialidad la encontraríamos si el sujeto se encuentra en el período de prueba puesto que éste no estaría obligado a preavisar.

¿Cuáles son las principales características de la baja voluntaria?

  1. Iniciativa de romper la relación laboral, por parte del empleado.
  2. Es un requisito formal la constancia de que se ha realizado un preaviso antes de abandonar la empresa.
  3. Podría ser reversible dicha decisión, pero siempre que no transcurran los días establecidos para el preaviso. Después de transcurrido dicho periodo de tiempo, el trabajador podría volver a la empresa siempre que esta quiera y llevando a cabo un contrato laboral nuevo.

¿Cómo debe formalizarse legalmente una baja voluntaria?

La mejor manera de llevar a cabo la comunicación, por parte del empleado de dejar su puesto de trabajo, sería realizarla tanto de manera oral como de forma escrita.

De esta forma, quedaría constancia y serviría de prueba que tanto la empresa como empleado se encuentran al corriente de esta situación y por ende son conocedores de la intención de abandonar la empresa por parte del trabajador.

¿Qué derechos tiene un trabajador en caso de solicitar la baja voluntaria?

Principalmente, el trabajador que cesa voluntariamente en su puesto de trabajo tendrá derecho a recibir el finiquito ya que dicha liquidación se debe abonar al asalariado en cualquier tipo de extinción de la relación laboral.

Encontraríamos un documento conocido como el documento de saldo y finiquito.

Además, el empleado tendrá derecho a permanecer en su puesto de trabajo y recibir el sueldo correspondiente hasta que finalice el periodo de preaviso.

Ahora bien, una vez haya cesado en su puesto laboral, este sujeto no tendrá derecho a recibir ninguna prestación por desempleo puesto que ha sido iniciativa suya el rescindir el contrato laboral que lo unía a la empresa donde desempeñaba sus funciones.

¿Qué cantidades deben de quedar liquidadas con el pago del finiquito?

  1. Parte proporcional de sueldo en función de los días trabajados y que se encuentran pendientes de cobro.
  2. El pago proporcional de pagas extras no prorrateadas, generadas, pero no percibidas en el momento del cese voluntario.
  3. Vacaciones no disfrutadas y pendientes de disfrutar, la empresa tiene la obligación de pagarlas.
  4. Horas extraordinarias que no hayan sido abonadas.
  5. Las dietas u otros extras que habitualmente se incluyan en la nómina y que no se hayan percibido en proporción a los días trabajados.

Posibles problemas relacionados con el finiquito:

A. La empresa no entrega o paga el finiquito.

En primer lugar, la vía adecuada sería la de realizar un requerimiento previo y directo a la empresa. Lo recomendable es hacerlo por escrito, con el fin de que sirva de quede constancia y prueba de esa reclamación.

Si la vía anterior no es efectiva, el trabajador dispondrá del plazo de un año para reclamar a través de la vía judicial. Dicho plazo empezará a contar desde el día en que se debería haber liquidado.

Por lo tanto, el plan de actuación a seguir sería en primer lugar presentar una papeleta de conciliación y posteriormente, si es necesario, una demanda ante los Juzgados de los Social.

B. No se está de acuerdo con el finiquito.

En este caso, a la hora de proceder a firmarlo, junto a la rúbrica habría que añadir la expresión “No conforme”.

C. Existe indemnización, pero no finiquito.

La indemnización solamente procederá cuando haya acaecido un despido (siempre y cuando no se trate de un despido disciplinario procedente) o cuando acaban cierto tipo de contratos.

En estos casos, que acabamos de plantear, también deberá cobrarse el finiquito pudiendo aparecer o no en el mismo documento que la indemnización.

En resumen, cuando un sujeto cesa voluntariamente en el ejercicio de su puesto de trabajo no tendría el derecho de ser indemnizado, pero sí a recibir el finiquito que le corresponda.

La principal justificación de esto sería que existen importes que, aunque en ese momento aún no se hayan cobrado, la empresa debe pagarlos, y si esto no es así podrá reclamarse dicha cantidad.

Aquí puedes consultar nuestros consejos para dimitir en tu trabajo

Negligencia médica: ¿Cómo saber si se ha producido una?

Cada vez es más común leer en las noticias que ha tenido lugar algún tipo de negligencia médica, debido principalmente a la sobrecarga que sufren los sanitarios, todo ello acompañado de una falta de recursos materiales, lo que conjuntamente origina fallos a la hora de diagnosticar las diferentes patologías que puede presentar un paciente.

En consonancia, se ha producido un aumento de reclamaciones con respecto a años anteriores.

¿Qué es una negligencia médica?

Los profesionales sanitarios, entre ellos los médicos, deben ejercer su profesión bajo la denominada lex artis.

Esta podría definirse como aquellas reglas de carácter técnico que se fijan teniendo en cuenta los estándares aceptados por la comunidad científica, y a los que deben ajustarse los profesionales al llevar a cabo su profesión, teniendo en cuenta las condiciones y circunstancias en que hayan de desempeñarla y la situación del paciente en cada caso.

Representa la actuación diligente desde el punto de vista del caso específico y del estado de la técnica.

¿Cuándo podemos considerar que existe negligencia?

Para poder responder adecuadamente a esta pregunta hay que conocer la diferencia entre obligaciones de medios y obligaciones de resultado.

El Tribunal Supremo ha establecido que en los casos en los que acaece una negligencia médica, estaríamos ante una obligación de medios puesto que el médico tiene la obligación de ofrecer al paciente los medios adecuados y aplicar las técnicas correctas.

Además, tienen la obligación de poner en conocimiento del paciente la información necesaria que le permita consentir o rechazar una determinada intervención.

Debemos mencionar lo que la jurisprudencia ha fijado con el nombre de teoría de la oportunidad: los actos que realiza un profesional de la medicina y que han podido influir en el desarrollo de una enfermedad privando al paciente de oportunidad de curación.

El profesional médico responderá por sus actuaciones cuando éstas incidan de manera negativa en el paciente.

¿Cuáles son las negligencias médicas más frecuentes?

Podemos destacar las siguientes:

  1. Retrasos injustificados a la hora de aplicar al paciente el tratamiento que le corresponde
  2. Errores o dilaciones de tiempo a la hora de diagnosticar la enfermedad al paciente
  3. Falta de consentimiento informado

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la reparación del daño sufrido?

Los requisitos son:

  1. Que exista un daño en la integridad física o psíquica del paciente.
  2. La mala praxis, es decir, no actuar según protocolo sanitario.
  3. Nexo causal entre la lesión y el perjuicio causado así como la actuación sanitaria.

Aquellos daños que no pudieran prevenirse o evitarse no pueden conllevar una negligencia médica.

Si uno de estos tres requisitos no ocurre, no podríamos hablar de negligencia médica.

¿Cuáles son las vías para reclamar?

En Perea Abogados, lo primero que hacemos es un estudio de viabilidad, teniendo en cuenta la documentación relativa al asunto y remitimos los documentos clínicos a un perito médico.

Si esta negligencia ha tenido lugar en el ámbito de la sanidad pública, será necesario agotar previamente la vía administrativa antes de incoar la vía judicial.

Tanto el propio perjudicado como sus allegados (en caso de que el perjudicado haya fallecido) podrán reclamar ante el correspondiente Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma competente.

Si la negligencia médica se ha producido en el ámbito de la sanidad privada, se podrá reclamar directamente frente al hospital o aseguradora en vía civil.

En aquellos casos en los que se entienda que de la actuación de los profesionales sanitarios se incurre en un delito, se podrá acudir a la vía penal con el fin de conseguir la inhabilitación del facultativo, penas de multa o de prisión.

¿Hay algún plazo para exigir responsabilidades?

Sí, suele ser de un año, computado a partir del momento en que puede determinarse la totalidad del daño (secuelas) y no desde la fecha en la que se produjo el hecho.

Esperamos haberte ayudado.

Para cualquier consulta adicional sobre negligencias médicas y seguros, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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¿Cómo puedo donar en vida?

¿Quieres donar en vida pero no sabes cómo hacerlo o si existen limitaciones? En este artículo te lo explicamos.

¿Qué es la donación en vida?

Es una alternativa a la herencia. De esta forma, traspasas tus bienes a otra persona estando vivo.

¿Quiénes pueden recibir una donación?

Podrás donar tus bienes a:

  • Personas físicas. Pueden ser terceros ajenos a la familia
  • Personas jurídicas. Las ONGs o fundaciones, entre otros.

Pero es obligatorio que el donatario no se encuentre incapacitado legalmente, tal y como dispone nuestro Código Civil.

¿Qué bienes puedo donar en vida?

Podrás donar tanto bienes muebles como inmuebles, limitando el patrimonio para que el donante pueda vivir dignamente.

Resulta muy importante conocer las limitaciones de las donaciones pues:

  • No se puede donar más de lo que se puede dar o recibir por testamento.
  • No se pueden donar bienes futuros.

¿Qué impuesto debo pagar si dono?

Únicamente deberás dejar constancia de la donación que has realizado en tu Declaración de la Renta, pues no está exento de tributación.

¿Qué impuestos debo pagar si recibo una donación?

Tienes que pagar, con carácter general, dos impuestos:

  • Sucesiones y Donaciones. Dependerá del porcentaje bonificado de cada Comunidad Autónoma y el valor de los bienes donados.
  • Impuesto de Plusvalías (en caso de que sea un bien inmueble).

Esperamos haberte ayudado.

Para cualquier consulta adicional sobre divorcios, menores y herencias, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en nuestro teléfono 915 748 139 ó 626 125 436 o por email a madrid@perea-abogados.com

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Doble nacionalidad: Francia y España

¡Ya puedes tener doble nacionalidad francesa y española!

Esta medida entró en vigor el pasado abril de 2022 porque Francia y España firmaron un convenio bilateral de doble nacionalidad entre estos Estados.

¿De qué trata este convenio?

Lo que busca es que ni ciudadanos franceses ni ciudadanos españoles renuncien a su nacionalidad para poder conseguir la otra.

Es decir, a partir de ahora, los ciudadanos de ambos países pueden tener y mantener las dos nacionalidades a la vez.

Además, los franceses o españoles que antes de la entrada en vigor tuvieron que renunciar a un de las dos nacionalidades, también podrán acogerse al mismo y recuperar la nacionalidad a la que renunciaron.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Si eres francés y quieres solicitar la nacionalidad española, deberás:

  • Haber residido legalmente en España durante 10 años
  • Acreditar un A1 de español
  • Aprobar el examen CCSE
  • Carecer de antecedentes penales

Para los españoles que quieran solicitar la nacionalidad francesa, los requisitos son:

  • Residencia legal y continuada en Francia durante 5 años.
  • Acreditar un nivel B1 de francés
  • Demostrar la percepción de ingresos estables durante los 3 años anteriores a la fecha de la solicitud
  • Carecer de antecedentes penales

Esperamos haberte ayudado.

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La pensión compensatoria: ¿qué es?

La pensión compensatoria es una prestación monetaria que puede recibir el cónyuge que empeora su situación económica tras separarse o divorciarse. Esta pensión busca compensar el desequilibrio pecuniario que puede darse por la ruptura sentimental.

¿Es lo mismo que la pensión de alimentos?

¡No! La pensión compensatoria se encuentra regulada en el art.97 y siguientes del Código Civil y nada tiene que ver con la pensión de alimentos de padres a hijos o de hijos a padres.

Y además, la podrá recibir tanto un cónyuge como una pareja de hecho debidamente registrada.

¿Cuál es el objetivo de esta pensión?

En todo momento busca resarcir al sujeto que resulte más perjudicado por la ruptura de la pareja. No busca igualar patrimonios.

Resulta más que evidente que un matrimonio o una pareja que comparten la vida juntos, suelen compartir gastos e ingresos y, en ocasiones, cuando ocurre la separación, los gastos e ingresos vuelven a ser unitarios.

¿Qué criterios hay que tener presentes para saber si me corresponde o no esta compensación?

Habrá que tener en cuenta diversos factores:

  • Si existe acuerdo entre las partes, nos remitiremos al mismo para fijarla.
  • La edad y el estado de salud.
  • La profesión y probabilidades de acceso a un empleo.
  • La dedicación a la familia.
  • La colaboración profesional con la otra parte.
  • La duración del matrimonio y convivencia.
  • La pérdida eventual de un derecho de pensión
  • El sustento y medios económicos así como las necesidades de cada uno de los cónyuges.

Es de vital importancia remarcar que la pensión compensatoria nunca se podrá establecer de oficio sino que debe solicitarla alguna de las partes en el litigio.

De todos los factores mencionados, los más relevantes son aquellos relacionados con el régimen económico matrimonial, la situación monetaria anterior al matrimonio así como la dedicación a la familia.

El Juez, en todo caso, tendrá que evitar que el peso de la ruptura recaíga en uno de los cónyuges.

¿Cuándo no me concederá la pensión?

Pues…depende.

En líneas generales, no corresponde esta prestación monetaria cuando:

  1. El divorcio perjudica económicamente a los dos.
  2. Ambas partes cuentan con bienes e ingresos propios que les permite mantener su nivel adquisitivo aún después de la disolución del régimen matrimonial.

¿Y tiene un límite de tiempo?

Conforme a nuestra normativa y a la doctrina jurisprudencial, podrá ser:

  1. Temporal. Se fija un periodo que se considera suficiente para que la otra parte rehaga su vida económica tras la separación
  2. Sin límite de tiempo y no sujeta a ningún tipo de condición. Es poco improbable que este tipo de prestación la concedan.

¿La recibo en varios o en un único pago?

Se podrá establecer una cantidad fija o un porcentaje, que se puede abonar periódicamente o en un único pago.

Para la pensión compensatoria temporal, la forma de pago suele ser mensual.

¿Se puede modificar o extinguir en algún momento?

Sí. La cuantía puede verse modificada:

  • de mutuo acuerdo
  • por cambios sustanciales en el patrimonio
  • por fallecimiento del obligado si los herederos de él no pueden hacerse cargo de ella.

Quedará extinguida por:

  • finalización del tiempo fijado.
  • cese de la causa que lo provocó.
  • si el beneficiario de la misma contrae nuevas nupcias.

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